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OBLIGACION DAR SUMAS DE DINERO


Enviado por   •  11 de Enero de 2014  •  713 Palabras (3 Páginas)  •  683 Visitas

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Sec. :

Esc. : 01

DEMANDA OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE TURNO DE BARRANCO

Milagros Isabel Rodríguez Rebaza, identificada con DNI. Nº XXXXXXXX, con domicilio real en la Urbanización Jardín Mza. B, Lote X y con domicilio procesal en la Avenida José Gálvez Nº XXXX, ambos en esta ciudad, y El señor Segundo Higinio Luján, con domicilio real av. El ejercito 326. Trujillo y con domicilio procesal en la Av. José Gálvez Nº XXXX ambos de esta misma ciudad con respeto, digo:

En Vía Ejecutiva interpongo Demanda de Obligación de Dar Suma de Dinero contra don INES CRUZ CONCEPCIÓN, con domicilio en la Avenida La Molina Nº 1XXX7, Departamento 108, CENTRO COMERCIAL "", distrito de LA MOLINA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA, para lo cual se deberá librar el exhorto pertinente y por lo que adjunto el arancel judicial a otro Distrito Judicial.

I.- PETITORIO:

1.1. Que, solicito que el Juzgado ordene que doña INES CRUZ CONCEPCIÓN, me pague la suma de CINCO MIL QUINIENTOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS ($ 5,500.00), contenido en el documento con que acredito la deuda, por la que protesto en esta demanda.

1.2. Que, solicito también se ordene que se me pague los intereses del dinero, desde las fecha en que se comprometió al pago que motiva la presente demanda, como también las Costas y Costos del presente proceso.

II.- HECHOS QUE AMPARAN EL PETITORIO:

2.1. Como consta del CONTRATO DE PRESTAMO DE DINERO, celebrado con la demandada, convenimos en que la suscrita le hacía el préstamo por la suma de $ 5,500.00 dólares americanos; cantidad que debió ser devuelta el ………………….

2.2. Como quiera que no me ha efectuado pago de la deuda de conocimiento del mismo demandado, le requerí del mismo mediante Carta Notarial de fecha 30 de junio del presente año 2008, donde precisamente le precisaba del pago que debía hacerme el ahora demandado.

2.3. Sin embargo, y a pesar de los requerimiento directos y el arriba aludido, no me hace pago alguno de la deuda que motiva mi concurrente a este Juzgado.

III.- FUNDAMENTACION JURÍDICA:

3.1. Amparo mi demanda en lo dispuesto por el artículo 1220 del Código civil, que establece que se entiende efectuado el pago, cuando se cancela toda la obligación y en el presente caso el demandado no ha pagado nada.

3.2. Constituyen títulos ejecutivos, los recibos puestos a consideración del Juzgado, en virtud del artículo 693, inciso 8, del Código Procesal Civil.

IV.-

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