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Conceptualización Y Política De La Atención Educativa Integral De Las Personas Con Diversidad Funcional Visual,


Enviado por   •  20 de Marzo de 2013  •  3.048 Palabras (13 Páginas)  •  1.429 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El presente documento contentivo de la Conceptualización y Política de la atención Educativa Integral de las Personas con Diversidad Funcional Visual, desde edades tempranas a la adultez responde a los lineamientos establecidos en la normativa legal vigente en la modalidad de Educación Especial, teniendo en consideración las dos grandes líneas de acción que contempla el ámbito de la Educación Especial, tales son: La Atención Educativa Integral dentro de la modalidad de educación Especial y la Educación Educativa Integral de la población integrada a los niveles y modalidades del Sistema Educativo.

El modelo de Educación Integral considera tanto las interrelaciones de la Educación como otros sectores del acontecer nacional como son: salud, familia, trabajo, entre otros, a fin de garantizar la formación integral del individuo, además de lo anteriormente referido, este documento contempla los aspectos relativos a los lineamientos para la administración del Modelo Educativo de Atención Integral, tomando en cuenta los niveles de competencia en las distintas instancias involucradas.

1. Retrospectiva de la Atención Educativa con Deficiencia Funcional Visual.

En Venezuela para la década de los cuarenta, se inicia la atención educativa desde el nivel preescolar, aplicándose el mismo programa oficial establecido para la educación regular; sin embargo continúa prevaleciendo el enfoque médico-asistencial. El aprendizaje de los contenidos académicos era de tipo memorístico. El sistema Braille era obligatorio tanto para el ciego como para el deficiente visual.

Es importante señalar que al igual que en otros países latinoamericanos, la educación primaria impartida a los ciegos incluía clases de música, mimbrería, telares y afinación de pianos, por ser éstos oficios considerados tradicionalmente propios de las personas con diversidad funcional visual.

En 1965, el Ministerio de Educación crea la Escuela Nacional Luis Braille integrando las escuelas unitarias que funcionaban en la Sociedad Amigos de los Ciegos, Centro de Desarrollo Infantil en Caracas.

El modelo de atención educativa que se aplica en la educación de las personas con deficiencias visuales en Venezuela en la década de los 80 es escolarizante y se ejecuta a través de un equipo interdisciplinario.

2. Situación actual de la Atención Educativa con Deficiencia Funcional Visual.

La Atención Educativa de las personas ciegas y deficientes visuales, en la década de los 90, se lleva a cabo en Instituciones de Educación Especial (D.F.V) donde se brinda atención a la población en edad escolar en los niveles de preescolar y Básica, éstos se encuentran ubicados en Caracas, Barquisimeto, San Cristóbal, Mérida y Maracaibo; por otra parte, en la ciudad de Valencia, se cuenta con el Equipo Integrado Carabobo.

1995, se crean Centros de Atención Integral en los Estados: Trujillo, Portuguesa y Mérida, así como el Centro de Atención Integral al Sordociego en Caracas. En este mismo año, se retoman los lineamientos políticos en lo referente a la atención de la población de alto riesgo y con necesidades especiales.

Es así como la Unidad Programática de Deficiencias Visuales, conjuntamente con el Programa de Prevención e Intervención Temprana de la Dirección de Educación Especial, y el apoyo de Centro de Desarrollo Infantil, realiza Talleres de Educación Laboral y servicios propios del área de Deficiencias Visuales, con la finalidad de fortalecer los recursos profesionales, a objeto de poder garantizar a esta población la continuidad en el proceso educativo desde las edades tempranas hasta la adultez.

1996, a través de la resolución 2005, de fecha dos de diciembre, se establecen las normas que regulan la integración escolar de los alumnos con necesidades educativas especiales, cabe destacar que a pesar de los logros a nivel de Integración Educativa en el país, así como otros a nivel laboral, sin embargo, hay todavía muchas barreras por vencer.

Del análisis de la retrospectiva y situación actual de la atención educativa de las personas ciegas y deficientes visuales en Venezuela, se desprende que del modelo de atención segregacionista, eminentemente clínico con una concepción atomista del individuo, centrado más en el déficit que en la condición de persona se pasa a un modelo psicoeducativo, orientado hacia el trabajo interdisciplinario, que incorpora aspectos necesarios en la formación de la persona con Diversidad Funcional Visual, tales como actividades de la vida diaria y orientación y movilidad de manera asistemática, mas no integral. Así mismo, la orientación curricular está centrada en el contenido programático.

3. Marco Conceptual y Políticas.

El Modelo de Atención Educativa Integral, para las personas con Diversidad Funcional Visual, responde a una concepción de hombre, sociedad y de vida previamente establecidos, centrado en una concepción del hombre como integridad biopsicosocial que propicie la interacción armónica entre el hombre y su medio circundante.

Esta concepción del modelo, confiere un valor preponderante a la Educación en términos de su finalidad; la cual, se enmarca en un contexto de una sociedad de hoy y de mañana, en cuanto al desarrollo personal y social del hombre, los fines de la educación deberán perfilarse en lograr personas creativas, críticas, conocedoras y sensibles a la realidad, con una valoración de la responsabilidad social y una capacidad de comunicación y de relación con los demás.

De acuerdo con lo antes expuesto, la educación exige una concepción educativa distinta a la tradicional, que conduzca a cambios significativos donde el hombre recobre su valor y condición de persona, y la función de la educación es relevantemente social, cuyo propósito será entonces, formar al hombre, como sujeto cognoscente a intervenir en su realidad y transformarla. En tal sentido, la normativa legal vigente en Venezuela, con énfasis en la Constitución Nacional (1961), Ley Orgánica de Educación (1980) y su Reglamento (1986), así como la Ley Tutelar del Menor (1974), Ley del Trabajo (1990), entre otras, contemplan los derechos de los ciudadanos desde su nacimiento hasta la vida adulta en lo que respeta a educación, familia, salud, trabajo, con miras al pleno desarrollo integral del individuo, tomando en consideración sus necesidades e intereses y características particulares de cada quien, garantizando la formación

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