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Derecho Administrativo Guia de examen


Enviado por   •  21 de Mayo de 2018  •  Exámen  •  1.219 Palabras (5 Páginas)  •  105 Visitas

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1. ¿Qué es un trámite?
2. ¿Cuáles son los tipos de trámite?
3. ¿Cuál es la formalidad exigida por la ley para la petición de un particular?
4. ¿Cuánto es el tiempo de respuesta para el trámite?
5. ¿Cuánto es el tiempo para que la autoridad ejecute la resolución?
6. ¿Cómo se lleva a cabo la comparecencia personal?
7. ¿Qué tipos de ratificación existen?
8. Menciona conforme la ley qué es el impacto regulatorio
9. Menciona las dos formas de impugnar el proceso de selección respecto del servicio profesional de carrera y  donde se publican las convocatorias, menciona el fundamento.
10. ¿Cómo es el método de operación de la mejora regulatoria?
11.-Define que es un procedimiento administrativo.
12. ¿Qué es el servicio profesional de carrera?
13. ¿Cuántos servicios profesionales de carrera hay?
14. ¿Para qué sirve el servicio profesional de carrera?
15.-¿Cuál es el fin de la mejora regulatoria?

1 Las peticiones que haga el particular ante la autoridad se llamará trámite

2 a) Los que tienen la finalidad de reconocer un derecho

b) Los que refieren el cumplimiento de una obligación

c) Los que tienen como finalidad la actuación de la autoridad

d) Los que persiguen una resolución

e) Los que refieren el resguardo de documentación de acuerdo a la Ley específica

3 Artículo 15-A.- Salvo que en otra disposición legal o administrativa de carácter general se disponga otra cosa respecto de algún trámite:  

I. Los trámites deberán presentarse solamente en original, y sus anexos, en copia simple, en un tanto. Si el interesado requiere que se le acuse recibo, deberá adjuntar una copia para ese efecto;  

II. Todo documento original puede presentarse en copia certificada y éstos podrán acompañarse de copia simple, para cotejo, caso en el que se regresará al interesado el documento cotejado;  

III. En vez de entregar copia de los permisos, registros, licencias y, en general, de cualquier documento expedido por la dependencia u organismo descentralizado de la administración pública federal ante la que realicen el trámite, los interesados podrán señalar los datos de identificación de dichos documentos, y  

IV. Excepto cuando un procedimiento se tenga que dar vista a terceros, los interesados no estarán obligados a proporcionar datos o entregar juegos adicionales de documentos entregados previamente a la dependencia u organismo descentralizado de la administración pública federal ante la que realicen el trámite correspondiente, siempre y cuando señalen los datos de identificación del escrito en el que se citaron o con el que se acompañaron y el nuevo trámite lo realicen ante la propia dependencia u organismo descentralizado, aun y cuando lo hagan ante una unidad administrativa diversa, incluso si se trata de un órgano administrativo desconcentrado.

4 Salvo que en otra disposición legal o administrativa de carácter general se establezca otro plazo, no podrá exceder de tres meses el tiempo para que la dependencia u organismo descentralizado resuelva lo que corresponda. Transcurrido el plazo aplicable, se entenderán las resoluciones en sentido negativo al promovente, a menos que en otra disposición legal o administrativa de carácter general se prevea lo contrario. A petición del interesado, se deberá expedir constancia de tal circunstancia dentro de los dos días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud respectiva ante quien deba resolver; igual constancia deberá expedirse cuando otras disposiciones prevean que transcurrido el plazo aplicable la resolución deba entenderse en sentido positivo.

5 Artículo 73.- La autoridad administrativa fundará y motivará su resolución, considerando:  

I. Los daños que se hubieren producido o puedan producirse;  

II. El carácter intencional o no de la acción u omisión constitutiva de la infracción;  

III. La gravedad de la infracción; y  

IV. La reincidencia del infractor.  

Artículo 74.- Una vez oído al infractor y desahogadas las pruebas ofrecidas y admitidas, se procederá, dentro de los diez días siguientes, a dictar por escrito la resolución que proceda, la cual será notificada en forma personal o por correo certificado.

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