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Derecho sustantivo: Es el derecho de normas, principios


Enviado por   •  22 de Mayo de 2013  •  968 Palabras (4 Páginas)  •  570 Visitas

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Derecho sustantivo: Es el derecho de normas, principios.

Se da ventaja jurídica al trabajador para compensar la desigualdad del empleador

Los derechos irrenunciables son los que están en la constitución y las leyes.

Negociación colectiva: es un mecanismo de solución de conflictos laborales.

Conflicto surge de petición -> oposición

MECANISMOS PARA RESOLVER LOS CONFLICTOS

Mediación: interviene un tercero que propone formas de solución y si aceptan se da una convención colectiva.

Conciliación: participa un tercero que acercara a las partes y hallar el camino para que negocien las partes, es una forma de negociación colectiva.

Arbitraje: interviene un tercero que soluciona conflictos económicos. Para ser arbitro puede ser cualquier persona, el arbitro es de conciencia por que no se requiere saber.

Arbitraje de derecho: son jueces privados y sus decisiones son inapelables.

Auto tutela: es la solución del conflicto por sí mismo.

Conflictos de derechos: es cuando se encuentran en conflicto los derechos.

MECANISMOS PARA LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Conciliación, mediación, transacción, arbitraje, jurisdiccional, administrativo, autocomposición, autotutela.

Formas de solución de conflictos:

Heterocompuestos. Interviene un tercero.

Autocomposición: solo las partes.

ORIGEN DEL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO

Cuando el trabajador con la revolución industrial apareciendo la clase capitalista en la que se este produce trabajo y da trabajo a otro.

Derecho colectivo: surge cuando el trabajador comienza asociarse, unirse o agruparse.

Libertad, igualdad es lo máximo que expresan de la revolución francesa

En 1775 surge la revolución industrial

En 1884 se da en francia el derecho de los trabajadores de asociarse. En orígenes eran obreros y no trabajadores, el sindicalismo surgió con fines políticos, poder

A los trabajadores también se les llamo proletariados

En 1917 la revolución en la unión soviética surge el sindicalismo en América latina (cuba).

Etapas de la revolución del sindicalismo: represión, tolerancia, renocimiento y transformación.

Medio alternativo de solución de conflictos CMAR

Pliego de reclamos negociación colectiva -> huelga, arbitraje.

Arbitraje jurídico: resuelve problemas jurídicos

Arbitraje de conciencia: resuelve problemas económicos. Sus decisiones tienen fuerza obligatoria o vinculante.

El principio de la autonomía de la voluntad surge de la revolución industrial.

Mexico y Alemania fueron reconocidos a nivel de constitución de agrupaciones sindicales.

CONVENIOS:

• Convenio 87 de la OIT

• Convenio 98 de la OIT (1949) ratificado en perú el 13 de mayo de 1964

• Articulo 22 del pacto de san jose

• Convenio 151 de la OIT sector publico

• Pacto internacional de los derechos sociales, culturales y políticos. Ratificado en peru en 1966

• Tratado internacional de los derechos humanos 10 de diciembre de 1948

• Convención americana de los derechos humanos

• Pacto de san jose de costa rica (art: 16, Art 8 Inc. 1, 2,3).

El sindicalismo y la negociación colectiva son derechos sociales.

Los órganos legislativos se aprueban mediante una resolución legislativa “los tratados, convenios, etc.

FUENTES:

Es la génesis del derecho donde nace el derecho, donde nace el congreso y su origen es el legislador.

Solo es derecho el derecho escrito según kelsen

La norma nace de la misma sociedad por su característica dinámica de los seres humanos.

Sociedad -> Necesidad -> Estado -> Derecho

La fuente del derecho nace de la sociedad (fuentes reales y fuentes formales)

Ley, jurisprudencia, doctrina.

Ley formal por que este es el resultado de algo

El derecho es semiplano al avance social.

Trabajadores, empleadores y integrantes

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