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CONCEPTO DE DERECHO POSITIVO


Enviado por   •  19 de Abril de 2013  •  1.451 Palabras (6 Páginas)  •  1.196 Visitas

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CONCEPTO DE DERECHO POSITIVO.

El derecho positivo (escrito) proclama el cumplimiento de las normas jurídicas, sin tener en cuenta su contenido, para lograr, sobre todo, la seguridad colectiva

El conjunto de las manifestaciones presentes del Derecho constituye el Derecho positivo, formando por las normas jurídicas en vigor y que puede estimarse como el Derecho viviente.

Podemos decir entonces que el derecho positivo es el conjunto de normas jurídicas que tienen fuerza obligatoria en un momento y lugar determinados. Así que las leyes, reglamentos, códigos, etc., que están aplicándose en la actualidad en nuestra República, constituyen el Derecho positivo mexicano.

Es derecho positivo toda la creación jurídica que se ha elaborado tanto en el pasado como en el presente, o sea, todo la normativa que efectivamente comporta o ha comportado efectos en el comportamiento humano por aplicación de una efectiva voluntad coercitiva.

La locuciones derecho vigente y derecho positivo suelen ser empleadas como sinónimos, pero no todo derecho vigente es positivo, ni todo derecho positivo es vigente. Es decir, pueden existir normas vigentes cuyo cumplimiento no se vigile y, por otro lado, pueden existir normas no escritas, que no resulten de un acto legislativo.

Los procesos de formación del derecho positivo mexicano tradicionalmente se han considerado como fuentes formales del Derecho: la legislación, la costumbre y la jurisprudencia. A estas deben agregarse: los principios generales del Derecho y los tratados internacionales, no así la doctrina, por las razones que se expresaran oportunamente.

DERECHO OBJETIVO Y SUBJETIVO

El derecho es el conjunto de normas jurídicas que regulan la vida de los hombres en sociedad, pero aunque todo el orden jurídico compone el Derecho, éste se suele dividir para su estudio en Subjetivo y Objetivo.

El Derecho subjetivo es el conjunto de facultades que los individuos tienen frente a los demás individuos, o bien frente al Estado

El Derecho objetivo es el conjunto de normas jurídicas que en sí forman la maquinaria jurídica.

2.1 Derecho Objetivo y Derecho Subjetivo.

El Derecho se ha dividido en dos grandes ramas que son el Derecho Objetivo y el Derecho Subjetivo

El primero de ellos es el conjunto de ordenamientos imperativos y atributivos que regulan la conducta externa del individuo dentro de la sociedad; mientras que el segundo es la facultad que tiene un sujeto frente a otro u otros con la finalidad desarrollar su propia actividad.

El Derecho por su conceptualizacion se puede dividir en dos grandes grupos: Objetivo y Sujetivo

Derecho Objetivo :

Se puede definir como las normas que rigen el actuar del hombre dentro de la sociedad, y a ella misma; a su vez se divide en dos grupos: Público y Privado. A su vez tienen mucha vinculación con otras ciencias o profesiones del ser humano.

Derecho Publico :

Derecho Sujetivo :

Se puede definir como el conjunto de facultades, beneficios, privilegios, ventajas, inmunidades, libertades, que nos pertenecen y de las cuales disfrutamos de origen y de esencia. Se puede dividir en varios grupos partiendo desde diferentes puntos de vista

El derecho en su sentido objetivo es un conjunto de normas, se trata de preceptos imperativo-atributivas, es decir, imponen deberes, conceden derechos.

Derecho subjetivo: Permiso derivado de la norma (hacer o no hacer algo). El derecho subjetivo no puede ser opuesto al derecho objetivo, dado que solo existe porque ha sido creado por este.

Los dos conceptos se implican recíprocamente, no hay derecho objetivo que no conceda facultades ni derecho subjetivo que no dependa de una norma.

Derecho vigente: Conjunto de normas jurídicas que en un lugar y épocas determinadas el Estado impone como obligatorias.

La vigencia deriva siempre de una serie de supuestos, los cuales cambian con las diversas legislaciones.

De acuerdo con nuestra constitución, son preceptos jurídicos y por ende obligatorios los aprobados por ambas cámaras, sancionados por el ejecutivo y publicados por el diario oficial de la federación.

Derecho positivo: (consuetudinario) Conjunto de normas jurídicas imperativas-atributivas que en un lugar y épocas determinadas la sociedad acata como obligatorias. La diferencia entre el derecho vigente y el derecho positivo es: el Estado impone como obligatorias (vigente) y la sociedad las acata como obligatorias (positivo).

Las reglas del derecho positivo vienen de la costumbre, la cual no forma parte del derecho vigente sino cuando es expresamente reconocida.

Tal aceptación puede ser: expresa o tacita.

Expresa: Cuando aparece en los textos legales.

Tacita: Cuando los tribunales aplican la regla consuetudinaria a la solución de la controversia.

La positividad es un hecho que estriba en la observancia de cualquier precepto vigente o no vigente. La circunstancia de que una ley no sea obedecida, no quita a esta su vigencia. Ejemplo: si un esposo demanda ante un juez que prohíba

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