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DERECHO ROMANO TEMA I


Enviado por   •  5 de Abril de 2012  •  5.971 Palabras (24 Páginas)  •  831 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR

PARA LA EDUCACION SUPERIOR

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL

DE LOS LLANOS OCCIDENTALES

UNELLEZ – BARINAS

DERECHO ROMANO I

IMPORTANCIA Y UTILIDAD DEL DERECHO ROMANO.

FUENTES DEL DERECHO ROMANO.

INTEGRANTES

Azis Oped Aiman 9.382.518

Jaimes F. Wilmer A. 10.148.729

López Julio 24.601.902

Morales Prieto José Alberto 8.087.641

Valencia C. Joselyn B. 23.025.746

García Danny 17.204.687

Álvarez Jesús 18.117.132

Sandoval Raúl 18.883.987

Tovar Brizna 13.490.169

Pérez Aida C. 18.224.600

Barinas, Marzo de 2012.

IMPORTANCIA DEL DERECHO ROMANO

El estudio del Derecho Romano reviste particular importancia debido a:

a) Es el más conocido de los Derechos de los pueblos de la antigüedad; esto es debido a que se conocen más fuentes de conocimiento, tanto literarias como jurídicas a las que se puede recurrir (obras de escritores con referencias a materias de derecho y documentos en general: contratos, testamentos, entre otros).

b) Porque es el derecho antiguo cuyo desenvolvimiento resulta más interesante, ya que comenzó por ser el derecho de un pequeño pueblo, de una ciudad, para transformarse luego en derecho de toda una región, mas tarde de toda la península itálica (como consecuencia de las conquistas), y por ultimo de todo un imperio.

c) Porque es el que describe una trayectoria más completa y el que comprende el periodo más extenso en la historia del derecho. Abarca catorce siglos: del VIII a.C. hasta mediados del siglo VI de nuestra era, hasta el año 565 de la era cristina, fecha de muerte de Justiniano.

d) Porque alcanzó a regir en el más vasto imperio de los tiempos antiguos, ya que rigió además de Europa, en el Norte de África y en buena parte de Asia; y debió transformarse también como consecuencia del contacto con los derechos locales especialmente con el derecho egipcio, el sirio-babilónico y el griego, del cual sufre su influencia a partir de la época imperial.

UTILIDAD DEL ESTUDIO DEL DERECHO ROMANO

Reviste también actualmente gran utilidad el estudio del derecho romano, desde un doble punto de vista: desde el punto de vista histórico y filosófico, y también desde el punto de vista jurídico y práctico.

Desde el punto de vista histórico y filosófico, porque el desenvolvimiento del derecho romano a través de los siglos nos muestra la relatividad de las reglas jurídicas. Sabemos que estas tienden hacia un ideal: el ideal de justicia, que los romanos identificaban con la noción del derecho natural. Pero tales reglas jurídicas no consiguen realizar plenamente esa idea de la justicia, debiendo adaptarse a las circunstancias de tiempo y lugar, sufren variantes. Lo que es justo de un lado de los Pirineos puede no serlo del otro. Lo que es tenido hoy por verdad, es posible que no lo fuera ayer o que no lo sea mañana. Esto nos lo enseña particularmente el estudio del derecho romano, del conocimiento de cuya historia se desprende como en el desarrollo del derecho intervinieron factores de diverso carácter: económicos, sociales, ideológicos, religiosos técnicos- jurídicos propiamente dichos y hasta factores de carácter personal. Tal es el interés que ofrece el estudio del derecho romano desde el punto de vista histórico y filosófico.

El interés jurídico deriva de las cualidades técnicas propias del derecho romano. Siempre se ha considerado, aun en nuestros días, a las obras de los jurisconsultos romanos como la mejor escuela para la formación del criterio jurídico y para la preparación de los juristas modernos.

Los jurisconsultos romanos, en especial los de la época clásica, que fue la de mayor aporte en cuanto a la elaboración y desarrollo de la jurisprudencia, han sido considerados como fecundos maestros de la ciencia del derecho. Sobre todo, el aporte realizado por los juristas del último siglo de la República, en particular Quinto Mucio Scaévola y Servio Sulpicio; luego se pueden mencionar los del primer siglo del Imperio, como Labeón y su rival Capitón, en la época de Augusto; igualmente los juristas de los siglos II y III, que ascendieron a lo que se conoce como la cúspide de la ciencia jurídica romana, en especial Gayo, Papiniano, Ulpiano y Paulo. Todos los anteriormente nombrados manejaron con destreza extraordinaria el arte, y más que el arte, la ciencia del derecho. Posteriormente, Justiniano, recogió la opinión de todos ellos, plasmándola, especialmente en el Digesto o Pandectas, la cual se tiene, según algunos autores, como la razón traducida en palabras: la “razón escrita”.

Por otra parte, podemos decir que representa un interés práctico, que también justifica el estudio del Derecho Romano. Es conocido que el Derecho Romano, no concluye con la caída del Imperio Romano de Occidente, a fines del siglo V der nuestra era, e inclusive, tampoco, con la caída del Imperio Romano de Oriente en el siglo XV. En Italia, por razones obvias, el Derecho Romano no dejo nunca de ser derecho vigente; y en el resto de Europa, se aplicó desde fines del siglo V y comienzos del VI hasta el siglo XI, lo que se llamó Derecho Romano vulgar, que se formó de recopilaciones de Derecho Romano prejustinianeo ordenadas por los reyes bárbaros a fin de aplicarlo a los pueblos vencidos en sus relaciones reciprocas.

A partir del siglo XII, se produce un renacimiento del Derecho Romano, por la obra de los juristas de la Escuela de Bolonia, la cual tomó como objeto de estudio el Derecho Romano denominado sabio, contenido en las compilaciones de Justiniano, y no del vulgar que hasta entonces se aplicaba. En primer lugar lo estudiaron los glosadores, quienes basaban su tarea en la glosa, es decir, en el comentario y la interpretación de los textos contenidos

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