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La Huelga En Mexico


Enviado por   •  21 de Abril de 2013  •  613 Palabras (3 Páginas)  •  1.044 Visitas

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TERMINOLOGÍA DE LA HUELGA

Atendiendo a la tesis que ve en la huelga la realización de un contrato jurídico entendido de manera clásica, la ley menciona la siguiente terminología.

a) Huelga existente o inexistente:

Atendiendo a que si satisface los requisitos del artículo 450 de la ley federal del trabajo que son los siguientes; Articulo 450. La huelga deberá tener por objeto:

I. Conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital;

II. Obtener del patrón o patrones la celebración del contrato colectivo de trabajo y exigir su revisión al terminar el periodo de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el capitulo III del titulo séptimo;

III. Obtener de los patrones la celebración del contrato-ley y exigir su revisión al terminar el periodo de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el capitulo IV del titulo séptimo;

IV. Exigir el cumplimiento del contrato colectivo de trabajo o del contrato-ley en las empresas o establecimientos en que hubiese sido violado;

V. Exigir el cumplimiento de las disposiciones legales sobre participación de utilidades;

VI. Apoyar una huelga que tenga por objeto alguno de los enumerados en las fracciones anteriores; y

VII. Exigir la revisión de los salarios contractuales a que se refieren los artículos 399 bis y 419 bis.

b) Huelga lícita o ilícita:

Recordando que licitud, según el Código Civil, se refiere a lo que no es contrario a la ley o a las buenas costumbres y pues según el artículo 445 de la LFT dispone que la huelga es ilícita:

I.- Cuando la mayoría de los huelguistas ejecuten actos violentos contra las personas o las propiedades; y

II.- En caso de guerra, cuando los trabajadores pertenezcan a establecimientos o servicios que dependan del Gobierno.

De igual forma encontramos que en el artículo 123 de la Ley Suprema al referirse a la huelga en la fracción XVIII nos dice que: Las huelgas serán lícitas cuando tengan por objeto conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital.

Y en contra punto también la Ley Federal nos dice que:

Las huelgas serán consideradas como ilícitas únicamente cuando la mayoría de los huelguistas ejerciera actos violentos contra las personas o las propiedades, o en caso de guerra, cuando aquéllos pertenezcan a los establecimientos y servicios que dependan del Gobierno.

c) Huelga justificada o injustificada, imputable o inimputable al patrono:

La huelga justificada es aquella cuyos motivos son imputables al patrón.

Y en consecuencia,

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