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Origen Del Derecho Tributario En Venezuela


Enviado por   •  23 de Octubre de 2013  •  2.020 Palabras (9 Páginas)  •  687 Visitas

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El derecho tributario es el conjunto de normas que tienen por objeto el estudio y la regulación del nacimiento, modificación y extinción de las obligaciones tributarias. En esta definición se distinguen dos elementos:

Conjunto de normas: Disposiciones legales que conducen a calificarlo como de derecho positivo.

Obligaciones tributarias: La finalidad que persigue el Derecho Tributario es el estudio de las obligaciones tributarias, entendidas como el vínculo que une al estado con los sujetos.

En 1994, el Gobierno Nacional, después de haber acumulado las experiencias y los logros de las principales Administraciones Tributarias del continente y habida cuenta de la evolución alcanzada por nuestro propio Sistema Tributario, así como, la necesidad imperiosa que había de modernizar, tecnificar y ampliar nuestra Administración Tributaria; el Ejecutivo Nacional decide crear una nueva estructura tributaria mediante la función de las diversas Direcciones existentes hasta entonces: La Dirección General Sectorial de Rentas y la de Aduanas, para instituir lo que se denominó en su primera etapa, Servicio Nacional Integrando de Administración Tributaria. En efecto, mediante Decreto No 310.del 10-08-94, publicado en la Gaceta Oficial No 35.525 del 16-08-94, se creó esta organización.

El SENIAT es una institución autónoma, pero sin personalidad jurídica, dependiente directamente dependiente del Ministerio de Finanzas. Cuenta con autonomía funcional, que a su vez está dotado de un sistema profesional y de recursos humanos propios de la institución y cuyo propósito no es otro que Administrar Tributos internos y aduaneros.

Este instituto se encarga de poner en práctica las normas jurídicas que están establecidas en los artículos que regulan la practica tributaria, podríamos decir que tanto el Ministerio de Finanzas como el SENIAT, son la cara del Derecho Tributario en Venezuela.

ORIGEN DEL DERECHO TRIBUTARIO EN VENEZUELA.

Venezuela durante muchos años, se caracterizo por ser un país prácticamente dependiente de la renta petrolera, de los hidrocarburos y de la explotación de recursos no renovables, por lo que era considerado uno de los países con más baja carga impositiva. Desde hace algún tiempo estos ingresos se le hicieron insuficientes para cubrir los gastos públicos, lo que da pie, al surgimiento de un sistema tributario para generar mayores ingresos. Es importante conocer todo acerca de los tributos porque Venezuela desde hace algunos años ha aumentado de una forma considerable su carga impositiva para hacer frente a los gastos públicos que ocurren en el país, además hay que crear conciencia tributaria para disminuir significativamente la evasión fiscal que tanto afecta al país. Un sistema tributario esta formado y constituido por el conjunto de tributos que estén vigentes en un determinado país y en una época establecida. No hay un sistema tributario igual a otro, porque cada país adopta diferentes impuestos según la producción, forma política, necesidades, etc. En Venezuela se estableció que el sistema tributario establecerá la obligación de contribuir en atención a la capacidad económica del sujeto pasivo, por lo que los tributos no pueden ser calculados sobre una base proporcional sino atendiendo al principio de progresividad, el cual debe respetarse para que el estado pueda cumplir con la obligación de proteger la economía nacional y lograr un adecuado nivel de vida para la sociedad. El estado necesita de los tributos, para poder subsidiar los gastos públicos, pero esta claro que los distintos gobiernos a pesar de sus esfuerzos poco han logrado en su lucha contra la evasión fiscal. Es conveniente señalar que la evasión fiscal es un problema de cultura, y es responsabilidad fundamentalmente del gobierno crear esa cultura en los contribuyentes a través de programas de concientización ciudadana, donde se les explique te forma práctica y sencilla a las personas, la razón del pago, y el origen del tributo.

En el año de 1830, nace el Ministerio de Hacienda, entidad encargada de la administración de la Hacienda Publica Nacional, el 30 de agosto de 1999, mediante decreto presidencial con Fuerza y Rango de Ley Orgánica publicado en la Gaceta Oficial, se reforma la Ley Orgánica de la Administración Central y se le cambia el nombre por el de Ministerio de Finanzas.

La historia ubica el inicio de la actividad de Hacienda Pública en el año 1776 con la Real Cédula de Carlos IV el cual crea la Intendencia de Guerra y Hacienda. En 1829 el General José Antonio Páez proyecta constituir una organización denominada: "Sociedad Económica Amigos del País". En 1830 Páez, encomendó la creación del despacho de los negocios públicos a tres Secretarías de Estado: una del Interior, Justicia y Policía; la de Hacienda y Relaciones Exteriores y la de Guerra y Marina.

Disuelta la Gran Colombia y asumida por Venezuela su autonomía plena nacional, nace el Ministerio de Hacienda y evoluciona como tal hasta hoy. La primera Memoria y Cuenta de Hacienda data del 24 de Abril de 1830. Relaciones Exteriores siguió incorporado al Despacho de Hacienda hasta el año 1846, y volvió nuevamente a Hacienda en 1856.

Por Ley del 9 de Marzo se estableció el Ministerio de Crédito Público y desde el 15 de Junio de 1915 hasta la fecha, todo lo concerniente a esta materia está a cargo del Ministerio de Finanzas.

"Corresponde al Ministerio de Finanzas la regulación, formulación y seguimiento de políticas, la planificación y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia financiera y fiscal, la participación en la formulación y aplicación de la política económica y monetaria; lo relativo al crédito público, interno y externo; el régimen presupuestario; la regulación, organización, fiscalización y control de la política bancaria y crediticia del Estado; la intervención y control de las actividades aseguradoras; la regulación y control de mercado de capitales; el régimen de registro, inspección y vigilancia de las cajas de ahorros, fondos de empleados y similares; la Tesorería Nacional; la recaudación, control y administración de todos los tributos nacionales y aduaneros; la política arancelaria; la contabilidad pública; así como las demás competencias que le atribuyan las Leyes.

El Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (Seniat) fue creado por decreto Nro. 310 del 10-08-94 (Gaceta Oficial Nro. 35.525 del 16-08-98 como "Servicio Autónomo sin personalidad jurídica con autonomía funcional y financiera, el cual se organizará como una entidad de carácter técnico, dependiente del Ministerio de Hacienda, cuyo objeto es la administración del sistema de los ingresos tributarios nacionales y "...será dirigido y administrado por un Superintendente Nacional Tributario designado por el Ministro de Finanzas, cuyos valores fundamentales son:

Lealtad Asumir el trabajo con fidelidad ante la institución y a los principios que ella representa. Vocación de servicio Actitud particular y especial ante lo público, asumir el compromiso de ayuda y apoyo a la organización y al país. Integridad Obrar con estima y respeto por uno mismo y los demás, con apego a las normas sociales y morales. Honestidad Integridad de la persona ante la defensa de los intereses institucionales, respeto de los valores del hombre y fortalecimiento de su conducta moral y social ante lo público. Respeto Consideración y buen trato hacia los demás como imperativos fundamentales en las relaciones de trabajo. Responsabilidad Asumir el cumplimiento de las actividades inherentes a las distintas funciones de manera eficaz y eficiente, como base para el compromiso cotidiano en el trabajo. Excelencia El trabajo realizado será reconocido por su calidad superior, como expresión de la exigencia institucional y el mérito de los funcionarios. Sentido de pertenencia Identificación plena con la filosofía y misión institucional, y con los valores de nuestra nación, convencidos de que la labor realizada forja a la institución como pilar básico de Venezuela, y refleja afecto de sus miembros hacia ella y el país.

La Estructura Tributaria ha sido directamente influida en los distintos países por el proceso de evolución histórica y económica.

A mediados del siglo XIX y bajo el imperio de las ideas liberales, los sistemas tributarios de los diversos países asumen determinadas características con predominio de los impuestos de tipo objetivo; dichos impuestos de tipo objetivo no consultan la capacidad tributaria.

Al avanzar la industrialización y el Estado, el sistema tributario amplía su campo de acción, y debido a esto surgen una gran variedad de razones que van variando las características objetivas de los sistemas tributarios, así que comienza a desarrollarse el impuesto general y progresivo a la renta de tipo subjetivo, que es de gran eficiencia y rendimiento por lo que es considerado como un agente consultivo de la equidad, la capacidad constructiva y es inútil el instrumento de distribución de las riqueza, de aquí en adelante diversos países comienzan a adoptar estos impuestos de tipo subjetivo, basándose en la imposición que tiene por mira la persona y no los objetivos gravados.

Los sistemas tributarios en general, tienen como base fundamental el impuesto progresivo de las rentas de las personas físicas que asocia el patrimonio y la herencia como complemento se mantienen los impuestos a los consumos en general.

En la actualidad se comienza a pensar que dicho impuesto no alienta ni ayuda al bienestar de las inversiones, no ayuda a la mejora de la producción y es sumamente fácil d evadirlo, debido a esto, se cree que es dañino para el funcionamiento de los sistemas tributarios. La tendencia progresiva para los próximos años, es mantener y afianzar el impuesto a las ventas que es la forma del muy conocido Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Partiendo de que toda sociedad se constituye con el objetivo de lograr un fin común, se establecen las normas que han de regir su funcionamiento conjuntamente con los organismos que sean necesarios para la realización de este fin colectivo. La constitución de la República Bolivariana de Venezuela contiene los estatutos que rigen el funcionamiento del país, y el articulo 136 establece que: "toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos"

Para hacer efectiva esa contribución el estado recurre a los tributos (impuestos, tasas y contribuciones especiales)

El articulo 316 de la constitución Bolivariana de Venezuela expresa: "el sistema tributario procurara la justa distribución de las cargas públicas según la capacidad económica del o la contribuyente, atendiendo al principio de progresividad, así como la protección de la economía nacional y la elevación de la calidad de vida de la población y se sustentara para ello en un sistema eficiente para la recaudación de tributos"

En aplicación de esta disposición constitucional, el sistema tributario establecerá la obligación de contribuir en atención a la capacidad económica del sujeto pasivo por lo que los tributos no pueden ser calculados sobre una base proporcional sino atendiendo al principio de progresividad, mecanismo que debe respetarse para que el estado pueda cumplir con la obligación de proteger la economía nacional y lograr un adecuado nivel de vida para el pueblo.

Conclusión.

De esta forma se observa el amplio margen de importancia que representa el sistema Tributario que emplea el Estado, haciendo uso de las herramientas que les proporciona el Derecho Tributario, el cual, hoy más que nunca, cumple un rol fundamental, en la economía del país.

No cabe duda que los Tributos forman parte de la economía del país, ya que los mismos son prestaciones de dinero que el Estado exige en virtud de una ley, con el propósito de cubrir los gastos públicos o los gastos que realiza el Gobierno a través de inversiones públicas, por lo que aumento en el mismo producirá un incremento en el nivel de renta nacional y en caso de una reducción tendrá un efecto contrario. Permitiendo la participación de los impuestos, tasas y contribuciones especiales, que no son más que la esencia de la clasificación de los tributos, así como los caracteres, la unidad tributaria, la presión y la evasión fiscal. El objetivo de este trabajo es conocer acerca de los impuestos, los sistemas tributarios y la evasión fiscal.

Por otra parte, se destaca la importancia del Sistema Tributario ya que es el conjunto de tributos establecidos en un determinado Estado y en un determinado tiempo, que va a depender del tipo de sistema que se emplee, ya sea Racional el cual es creado por el legislador de manera libre, tomando en cuenta los objetivos que se siguen y los medios empleados, o el Histórico que a diferencia del Racional, se da de forma espontánea y de acuerdo a la evolución histórica, los cuales están basados en una serie de principios que serán explicados, así como los demás puntos en el desarrollo de ésta investigación.

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