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CODIGO DE ETICA PROFESIONAL


Enviado por   •  21 de Agosto de 2012  •  Tesinas  •  1.881 Palabras (8 Páginas)  •  465 Visitas

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CODIGO DE ETICA PROFESIONAL

PRINCIPIO I

OBLIGACIONES GENERALES

EL PRINCIPIO DE AO ARQUITECTOS ES QUE DEBEREMOS SOSTENER Y AVANZAR EN NUESTRO CONOCIMIENTO DEL ARTE Y LA CIENCIA DE LA ARQUITECTURA, RESPETAR TODO EL CUERPO DE LOGROS DE LA ARQUITECTURA Y SERVIREMOS CON NUESTRA PROFESIÓN A LA SOCIEDAD MEXICANA A LA QUE TENEMOS OBLIGACIÓN DE ATENDER.

DEBEREMOS RESPETAR Y HACER RESPETAR TODO LOGRO DE LA ARQUITECTURA EN CUALQUIERA QUE SEA SU MANIFESTACIÓN Y CONTRIBUIR A SU DESARROLLO.

POR LO TANTO SE DESARROLLO EL PRESENTE CODIGO DE ETICA

NORMAS ÉTICAS

N.E.1.1 Conocimiento y Habilidad: Debemos esforzarnos por mejorar nuetros conocimientos y habilidades profesionales.

N.E.I.2 Estándares de Excelencia: Debemos continuamente buscar elevar los estándares de excelencia, estética, estudio de la Arquitectura y el Urbanismo; investigación, entrenamiento y práctica.

N.E.1.3 Reconocimiento por parte de la comunidad: Debemos esforzarsarnos en mejorar el aprecio de la comunidad y de sus autoridades en el reconocimiento de la Arquitectura y de las funciones y responsabilidades de los Arquitectos.

N.E. 1.4 Artes afines: Debemos promover las artes afines (pintura, escultura, maquetismo, vitralismo, fotografía, etc.) y contribuir a su desarrollo.

REGLAS

R.1.1 En la práctica de la Arquitectura, debemos demostrar aptitud razonable y debemos aplicar los conocimientos y habilidades técnicas comúnmente aplicables a cada caso concreto. (Art. 33 Ley Reglamentaria del Art. 5 Constitucional y sus correlativos en las legislaciones de los Estados).

R.I.2 Tenemos deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella pueden desarrollar plenamente su personalidad. (Art. 29 Declaración Universal de los Derechos Humanos y sus correlativos en la legislación federal y de los Estados).

PRINCIPIO II

OBLIGACIONES HACIA LA SOCIEDAD

DEBEMOS ADOPTAR LA INTENCION Y EL CONTENIDO DE LAS LEYES, NORMAS Y REGLAMENTOS QUE SE RELACIONAN DIRECTAMENTE CON NUESTRA PRÁCTICA PROFESIONAL. DEBEMOS TENER EN CUENTA PREPONDERANTEMENTE EL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE A TRAVÉS DE SUS DISEÑOS, CONSIDERANDO EL IMPACTO SOCIAL QUE SE DERIVA DE NUESTRA ACTIVIDAD PROFESIONAL.

NORMAS ÉTICAS

N.E 2.1 Conducta: Debemos respetar y apoyar las Leyes, Normas y Reglamentos aplicables en sus actividades profesionales, con una conducta apropiada.

N.E. 2.2 Herencia natural y cultural: Debemos respetar el patrimonio histórico, cultura, natural y arquitectónico y ayudar a conservar la herencia natural y cultural de la nación; al mismo tiempo que nos esforzaremos en mejorar el medio ambiente y la calidad de vida. El respeto al medio ambiente natural, deber ser nuestra preocupación constante en términos de la conservación de los recursos naturales, el cuidado de la contaminación en el proceso de construcción y operación de los edificios, desarrollando técnicas de acondicionamiento naturales, buscando abatir el consumo de fluidos y energéticos, aplicando nuevas tecnologías para el ahorro de los mismos.

N.E. 2.3 Responsabilidad cívica: Debemos involucrarnos en actividades cívicas como ciudadanos y promover la concientización de la sociedad en el respeto de los temas inherentes a la Arquitectura, Urbanismo, Artes y Ciencias afines.

N.E. 2.4 Servicios sociales: Debemos prestar servicio social profesional de interés público.

N.E. 2.5 Derechos Humanos: Es nuetra obligacion defender los derechos humanos en todas las actividades profesionales.

REGLAS

R.2.1 No violaremos la Ley en el desempeño de su práctica profesional: Cualquier violación, está sujeta a las sanciones dispuestas en la propia Ley, para el caso concreto.

R.2.2 No promoveremos la conducta ¡lícita de un funcionario o servidor público, con la intención de influenciar una decisión o juicio relacionado con un proyecto. (Art. 221 Código Penal Federal y sus correlativos en la legislación de los Estados).

R.2.3 Si llegamos a desempeñarnos en la Administración Pública, no recibiremos pagos o dádivas con el propósito de hacer o dejar de hacer algo, justo o injusto, relacionado con sus funciones. (Art. 222, Código Penal Federal y sus correlativos en la legislación de los Estados).

R.2.4 Debemos restaurar y preservar el equilibrio ecológico y el medio ambiente en el que se desenvuelven. (Art. 1, 23, 24, 25, 26, 37 Ley General del Equilibrio y la Protección al ambiente).

R.2.5 Si tenemos conocimiento de una decisión unilateral de su cliente, que viole las leyes, normas o reglamentos aplicables, deber rehusarse a aprobar la misma, para no vernos involucrados en ilícitos tipificados.

R.2.6 No discriminaremos a ninguna persna de sus actividades profesionales, en base a raza, religión, sexo, filiación política, discapacidad. (Art. 2 Declaración Universal de los Derechos Humanos y demás correlativos en la legislaciones Estatales).

PRINCIPIO III

OBLIGACIONES HACIA EL CLIENTE

ACTUAREMOS SIEMPRE AJUSTÁNDONOS A LA VERDAD CON ABSOLUTA REALIDAD Y HONRADEZ, PONIENDO A DISPOSICIÓN DE NUESTROS CLIENTES TODOS NUESTROS CONOCIMIENTOS Y CAPACIDAD PROFESIONAL.

NORMAS ÉTICAS

N.E. 3.1 Aptitud: Debemos servir a los clientes de una manera oportuna y competente.

N E. 3.2 Actitud: NO comprometemos la calidad de los servicios profesionales que prestan estableciendo compensaciones.

N.E. 3.3 Capacidad: Limitaremos el número de encargos profesionales simultáneos, conforme a la capacidad de dedicar a cada uno, la atención que merecen.

N.E. 3.4 Confidencialidad: Respetaremos la confidencialidad con respecto a la información obtenida en el curso y con respecto a su cliente de sus actividades profesionales.

N.E. 3.5 Conflicto de intereses: Es nuetra obligacion revelar principalmente a sus clientes, circunstancias personales que pudieran crear un conflicto de intereses asegurándose que tales circunstancias no comprometan los legítimos intereses de los clientes, y que tampoco interfieran con el deber del Arquitecto de ser imparcial en el desempeño de sus servicios profesionales y el de terceros.

N.E. 3.6 Omisión y Veracidad: Debemos ser veraces en sus comunicaciones profesionales y nos preocuparse de no omitir comentarios a circunstancias que pudieran afectar los intereses legítimos de los clientes.

REGLAS

R.3.1 Al desempeñar servicios

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