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CONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALES


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2013  •  468 Palabras (2 Páginas)  •  416 Visitas

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CONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALES:

¿Qué son?

Son aquellos elementos que de manera constante y necesaria en toda relación jurídica, es decir; en toda forma de conducta jurídica que se produce por la aplicación de la norma de derecho a los casos concretos.

SE DIVIDEN EN DOS: GENERALES Y PERSONALES.

GENERALES:

Aplica a todas las ramas del derecho, civil, penal, mercantil o a cualquier otra rama.

PERSONALES:

Aplican solo a determinadas divisiones del mismo, estos son, actos de comercio (mercantil), delito (penal) y huelga (laboral).

CONCEPTOS FORMALES:

(A) Supuestos jurídicos.

(B) Las Consecuencias del derecho.

SUPUESTOS JURIDICOS:

Hipótesis normativa de cuya realización que se produzcan las consecuencias del derecho.

CONSECUENCIAS DEL DERECHO:

Son aquellas situaciones jurídicas concretas que se presentan cuando se realizan uno o varios supuestos de derecho.

LEY DE CASUALIDAD JURIDICA:

No hay consecuencia jurídica sin supuesto de derecho, es decir, toda consecuencia jurídica se halla condicionada por determinados supuestos.

ENLACE JURIDICO Y NORMATIVO:

Supuesto jurídico como simple hipótesis.

Realización de ésta.

Consecuencias del derecho.

La realización o no realización de las consecuencias de derecho.

SUPUESTO JURIDICO, COMO SIMPLE HIPOTESIS:

En todas las normas existe la hipótesis de que puede o no realizarse. Cuando la hipótesis que contempla la norma no llega a realizarse en un tiempo mas o menos largo, tales normas reciben.

REALIZACION DE LA HIPOTESIS:

Si la hipótesis de la norma se realiza, como consecuencia necesaria surge el deber jurídico y el derecho subjetivo.

CONSECUENCIAS DE DERECHO:

Surgido el deber jurídico y creado el derecho y facultad, surge la relación contingente ya que el obligado puede cumplir o no su deber jurídico o el facultado puede exigir o no, su derecho.

ENLACE JURIDICO:

Surgida la realización de la hipótesis, el enlace jurídico se hace necesario en cuanto a la creación de derechos y deberes.

DEBER JURIDICO:

Según Kelsen, el deber jurídico es aquella conducta contraria o antijurídica.

Se determina realizando la conducta opuesta a lo que la ley toma en cuenta como condición de la consecuencia coactiva.

El fundamento del deber, radica en la necesidad misma del derecho.

DEBER JURIDICO:

El deber jurídico presupone siempre la existencia de una norma jurídica.

Deber de cumplir el mandato concretamente.

No obstaculizar el mismo.

Respetar las situaciones jurídicas creadas por el amparo de la norma.

Cooperar en la realización de la finalidad de la norma.

AXIOMA:

Principios o sentencia.

AXIOMA DE INCLUSION:

Todo lo

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