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DESAPARICION FORZADA DE PERSONAS


Enviado por   •  8 de Junio de 2014  •  6.139 Palabras (25 Páginas)  •  383 Visitas

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1. Los delitos contra la libertad, son aquellos delitos que afectan a la capacidad de una persona para actuar y obrar con arreglo a sus deseos o con arreglo a las decisiones que ha tomado. En si estos delitos afectan a la voluntad de las personas, ya sea que se les obligué a una persona hacer algo que no quiere o también que se le puede estar impidiendo algo a una persona que quiere hacer. En el código penal venezolano vigente se encuentran ubicado En el libro segundo título II y los clasifica de la siguiente manera: Delitos Contra Las Libertades Políticas Delitos Contra La Libertad De Culto Delitos Contra La Libertad Individual

2. Delitos Contra La Libertad Individual Reducción o sometimiento a esclavitud Este delito se encuentra ubicado en el artículo 173 del Código Penal Venezolano. Elementos: Acción: estriba en reducir a esclavitud a alguna persona o en someterla a una condición análoga. Sujetos: tanto el activo como el pasivo son indiferentes. El sujeto pasivo es la persona reducida a esclavitud. Objeto material: es el mismo sujeto pasivo preindicado. Culpabilidad: el delito es doloso. Proceso ejecutivo: el lapso de consumación comienza con la reducción a esclavitud o el sometimiento a una condición análoga y persiste, sin solución de continuidad, mientras se prolongue el estado al que la victima fue sometida. Penalidad: presidio de seis a doce años. Naturaleza de la acción penal: es enjuiciable de oficio. Trata de esclavos: en el único aparte de el articulo 173 preceptúa: En igual pena

3. Delitos Contra La Libertad Individual Privación ilegitima de la libertad Este delito se encuentra ubicado en el artículo 174 del Código Penal Venezolano. La acción: consiste en privar ilegitímasete de libertad al sujeto pasivo. El objeto material; es la persona privada de su libertad, es decir el sujeto pasivo La Culpabilidad; este delito es doloso, el agente he de obrar con la voluntad consiente de privar ilegítimamente de su libertad al sujeto pasivo. Este delito se consuma con la privación ilegitima de la libertad del sujeto pasivo. La penalidad; la pena correspondiente es de prisión de quince días a treinta meses. Pero existen unos agravantes.

4. Delitos Contra La Libertad Individual Privación ilegitima de la libertad Agravantes: los agravantes previstos en estos delitos se pueden clasificar de la siguiente manera; -Según la amenazas -La sevicia -El engaño -El espíritu de venganza -El espíritu de lucro -Con fin o pretexto de religión -Privación de libertad de una persona para ponerla al servicio militar de país extranjero. Todos estos agravantes aumentara la pena de prisión de dos a cuatros años.

5. Delitos Contra La Libertad Individual Privación ilegitima de la libertad Pero existen otros agravantes que dan un mayor aumento a las penas y son; Cuando el delito es cometido contra un ascendiente. Contra el cónyuge. Contra un miembro de la asamblea nacional. O de los consejo legislativo, Contra un magistrado del tribunal supremo de justicia. O cualquier otro magistrado publico. Si el hecho ha resultado un perjuicio grave para la persona o a la salud del agraviado. Si el hecho ha causado un perjuicio grave para los bienes del agraviado. En todos estos casos la pena de prisión se aumentara de treinta meses a siete años. Pero existe un atenuante previsto en el último párrafo único del artículo. Que si el culpable espontáneamente ha puesto en liberta a la persona antes de toda diligencia de enjuiciamiento, sin haber conseguido el fin que se proponía sin haberle ocasionado daño alguno, la pena será de quince meses a tres y medio año.

6. Delitos Contra La Libertad Individual Violencia privada Este delito se encuentra ubicado en el artículo 175 del Código Penal Venezolano. Elementos: Acción: forzar a una persona por medio de amenazas, violencias u otros apremios ilegítimos, a ejecutar un acto que la ley no la obliga, o a tolerarlo. Sujeto activo: la violencia privada es un delito de sujeto activo indiferente. Sujeto pasivo: puede ser una persona dotada de capacidad volitiva, puesto que es esta la doblegada por el agente. Debe existir una cierta voluntad de querer, que también poseen algunos enfermos mentales. No pueden ser sujetos pasivos de este delito los idiotas, niños de muy corta edad y las personas en estado de inconsciencia. Este delito se consuma cuando el sujeto pasivo es forzado a ejecutar un acto que la ley no lo obliga, o a tolerarlo. Penalidad: prisión de quince días a treinta meses. Agravantes: Si el hecho ha sido con abuso de autoridad pública, o contra algún ascendiente o cónyuge, o contra algún funcionario público.

7. Delitos Contra La Libertad Individual Privación de libertad cometida por un funcionario público (abuso de autoridad) Este delito se encuentra ubicado en el artículo 176 del Código Penal Venezolano. Elementos: Acción: consiste en privar de su libertad al sujeto pasivo con abuso de las funciones de agente o quebrantando las condiciones o formalidades prescritas por la ley. Sujeto activo: el sujeto activo calificado (funcionario público). Culpabilidad: delito es doloso. Proceso ejecutivo: valgan a este respecto, mutatis mutandis, las condiciones hechas a propósito de la privación ilegitima de libertad perpetrada por un particular. E. Penalidad: prisión de cuarenta y cinco días a tres y medio año; y si el delito se ha cometido con alguna de las circunstancias indicadas en el primero y segundo apartes del artículo precedente, la prisión será de tres a cinco años. En el caso previsto en el último aparte del artículo 174, la pena será de diez meses a dos años y medio.

8. Delitos Contra La Libertad Individual Sustracción o retención de menores Este delito se encuentra ubicado en el artículo 177 del Código Penal Venezolano. El sujeto activo en este delito es indiferente y son responsables penalmente por sustraer al menor. Y el sujeto pasivo ha de ser una persona que no haya alcanzado la edad de quince años. Pero también son sujetos pasivos el padre, la madre y el tutor. El objeto material de este delito es el mismo sujeto pasivo. La culpabilidad en este delito es culposo porque el agente debe de obrar con un fin distinto de los de satisfacer sus propias pasiones, contraer matrimonio o realizar alguna ganancia. Este delito se consuma con la sustracción o la retención del sujeto pasivo. La pena de este delito corresponde de prisión de seis mese a dos años.

9. Delitos Contra La Libertad Individual Pesquisa personal arbitraría Este delito se encuentra ubicado en el artículo 178 del Código Penal Venezolano. La acción en este delito consiste en ordenar o ejecutar, con abuso de funciones, la pesquisa o registro del cuerpo del sujeto pasivo. El sujeto activo de este delito solo puede ser los funcionarios públicos, que hace uso ilegitimo de sus facultades y el sujeto pasivo puede ser cualquiera, es

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