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Derechos Humanos


Enviado por   •  21 de Septiembre de 2014  •  7.587 Palabras (31 Páginas)  •  216 Visitas

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Derechos Humanos

La definición de derechos humanos es una tarea bastante compleja ya que se trata de un tema que se puede abordar desde distintas disciplinas o teorías sociales, entre ellas el derecho, la sociología o la filosofía. En consecuencia, abundan las definiciones conceptuales sobre los derechos humanos; por ello es importante conocer las más relevantes. Existen dos corrientes del pensamiento totalmente opuestas, y que por lo tanto difieren en su concepción de los derechos humanos: la iusnaturalista y la iuspositivista.

A manera de resumen, para los iusnaturalista el fundamento de los derechos humanos está en la dignidad de la persona humana, en cambio para los iuspositivista en fundamento de los derechos fundamentales se encuentran exclusivamente en las normas de derecho positivo que lo reconocen.

Los derechos humanos pueden definirse como las perrogativas que, conforme al Derecho Internacional, tiene todo individuo frente a los órganos del poder para preservar su dignidad como ser humano, y cuya función es excluir la interferencia del Estado, para satisfacer las necesidades básicas, y que reflejan las exigencias fundamentales que cada ser humano puede formular a la sociedad de que forma parte.

El jurista venezolano Pedro Nikken plantea la siguiente interrogante: ¿Toda ofensa a la dignidad humana es una violación a los derechos humanos?; ¿Quién es el agente violador de los derechos humanos? Al realizar la interrogante, Nikken afirma: “La nota característica de las violaciones a los derechos humanos es que ellas se cometen desde el poder público o gracias a los medios que éste pone a disposición de quienes lo ejercen. No todo abuso contra la persona ni toda forma de violencia social son técnicamente atentados contra los derechos humanos. Pueden ser crímenes, incluso gravísimos, pero si es obra de particulares no será una violación a los derechos humanos.

Nacimiento

La creación de los derechos humanos va mas allá de lo que estamos acostumbrados a escuchar. En los años de Cristo no existían como tal los derechos humanos pero si hacían justicia, castigaban a las personas que maltrataban a la sociedad, pero, también estaba el poder de un líder que muchas veces mandaba a castigar a personas inocentes.

Grandes ilustraciones nos han servido para lograr la lucha para los derechos humanos. Con la declaración de los Derechos del Buen Pueblo de Virginia de 17776, La declaración de los Derechos del Hombre de 1789 en Francia, colaboraron de forma contundente las aspiraciones de justicia de la civilización occidental, ahora compartidas mundialmente gracias a los Tratados Internacionales de los Derechos Humanos.

Con la Declaración de los Derechos del Pueblo de Venezuela de 1811 (además de la Constitución de Venezuela de 1811, que fue la tercera del mundo y la primera en América Hispana), se configuran los grandes pilares de normas positivas constitucionalizadas de las grandes constituciones del derecho natural que ahora se ha convertido en norma de derecho positivo de Venezuela. Un aspecto de la mayor importancia es el relativo a la noción de igualdad de las razas, ya que es un aspecto que fue considerado por primera vez en la historia constitucional, así como la prohibición de comercio de los esclavos, temas ambos que no fueron alcanzados por el proceso independentista norteamericano y la Revolución Francesa.

Desarrollo y Movimientos Históricos

Al igual que el concepto de Derechos Humanos, existen diferentes criterios sobre cuando y donde comienza la historia de los derechos humanos. Mientras tanto asumiremos el siguiente punto de vista: “la historia de los derechos humanos está muy ligada a la historia misma de la humanidad, puesto que los hechos que dinamizan las diversas luchas sociales, políticas, económicas e, incluso, culturales, están inspiradas en los principios doctrinarios de estos derechos: la búsqueda de la dignidad, la igualdad, la libertad, la equidad y el bienestar.

En la edad antigua el concepto de personalidad y de los derechos que le son inherentes es desconocido. La libertad, e su concepción primitiva, “mágica”, era autoritaria: venia de los dioses y se dirigía a los hombres a través de otros hombres, pero desconociendo siempre el dialogo. Sin embargo puede afirmarse que hay algunos datos que permiten afirmar el comienzo, aun en grado muy incipiente, del reconocimiento de la dignidad de la persona humana.

Los derechos humanos en la edad media no estaban muy bien establecidos, también se puede decir que fue una época muy fragmentaria, aparecen recogidos una serie de derechos que pueden ser considerados antecedentes de los derechos fundamentales. Ese reconocimiento se realiza en los fueros, que son los que regulan la adquisición y garantía de los derechos.

Como caracteres comunes a los textos jurídicos normativos medievales, contemplados desde la perspectiva de la historia de los derechos humanos, se pueden señalar los siguientes:

• Se producen como consecuencia del paso del régimen feudal al régimen estamental

• Constituyen una garantía y un límite frente al poder real de unos derechos reconocidos

• Se constituyen en el punto de partida para el reconocimiento posterior de nuevas reivindicaciones extendidas o sectores cada vez más amplios de la población.

• Son un fenómeno común a todo el territorio europeo

Los siervos no tienen lo que hoy denominamos derechos civiles y políticos. Están siempre sujetos a toda suerte de contratación que sobre ellos hagan los dueños, como venta, donación, cambio, transacción, etc. Los siervos no pueden testar ni casarse sin previo acuerdo de su señor. Están sometidos a la justicia de su amo sin posibilidad de recurso alguno ante otro tribunal. Si la ley establece penas contra los dueños que dan muerte a mutilan a sus esclavos, no es porque se reconozca la personalidad jurídica de estas, sino porque la finalidad de la ley está en evitar que la sociedad quede privada de un instrumento productivo.

Aunque se trata del reconocimiento formal y escrito de derechos preexistentes de carácter consuetudinario, lo que se pretende es garantizarlos con vista al futuro, precisamente si formulación y reconocimiento solemne por parte del rey. Aquí podemos encontrar un precedente fundamental de la idea claramente reflejada posteriormente por el iluminismo francés de la escrituralidad y publicidad como garantía de los derechos individuales reconocidos en la ley, frente al sistema absolutista, partidario de órdenes e instituciones reservadas.

Se produce un pequeño reconocimiento de los derechos colectivos, en la medida en

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