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Teoria Constitucional


Enviado por   •  10 de Abril de 2013  •  1.807 Palabras (8 Páginas)  •  446 Visitas

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2. Enumere tres ejemplos con los cuales se pueda constatar que la Corte Constitucional ha realizado el control previo de constitucionalidad.

• El control previo se presenta cuando la ley aún no existe, es decir, todavía reviste la forma de proyecto.

• Control por vía de excepción: Es una expresión del sistema de control previo de constitucionalidad

• El control previo se presenta cuando la ley aún no existe, es decir, todavía reviste la forma de proyecto.

• Control por vía de excepción: Es una expresión del sistema de control difuso. En Colombia la excepción de inconstitucionalidad fue introducida por el artículo 40 del Acto Legislativo 03 de 1910, norma que fue incluida en la codificación de 1936, de 1945 y que se mantuvo hasta la desaparición de la Constitución de 1886.

• Control concreto por vía de Tutela.

1. ¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE INEXEQUIBILIDAD E INCONSTITUCIONALIDAD?.

La diferencia radica en que la inconstitucionalidad de una norma esta basada en la premisa que son leyes que van en contra de la norma de normas, en este caso que van en contra de nuestra constitución, para tal efecto queda inmediatamente derogada, y puede ser aplicada hacia el futuro y retroactivo, mientras que la inexequibilidad hace referencia a la decisión judicial mediante la cual se declara que la norma acusada no podrá aplicarse más porque ha sido consideraba inejecutable; por tanto, los efectos de la decisión son necesariamente hacia el futuro.

2. ENUMERE LOS EFECTOS DE LA SENTENCIA DE CONSTITUCIONALIDAD Y EXPLIQUE EN QUÉ CONSISTE CADA UNO DE ELLOS.

1. Hace tránsito a cosa juzgada: en lo que se refiere a que luego de haber sido declarada inexequible por razones de fondo, no podrá ser nuevamente reproducida. aunque cuenta con excepciones, si es ajustada a la constitución, se puede volver a demandar, siempre que se demuestre que la corte no examino en forma expresa la demanda.

2. Produce efectos erga omnes: La sentencia que declara la inconstitucionalidad de una norma legal produce efectos derogatorios, es decir, desaparece del ordenamiento jurídico. Su fallo se extiende a todas las personas naturales y jurídicas sin importar si tenían o no interés directo en el proceso. Su contenido es de obligatoria observancia para todas las autoridades y para los particulares.

3. Efectos diferentes respecto del tiempo: Por regla general las sentencias que declaran la inconstitucionalidad de una norma producen efectos hacia el futuro. La Ley 270/96 estableció en su artículo 45 que las sentencias de control abstracto de constitucionalidad tienen efectos hacia el futuro, a menos que la Corte resuelva lo contrario. La Corte declaró inexequible la parte de la norma que limitaba a tres los casos en que podía fijar efectos retroactivos a sus sentencias, con el argumento que sólo la Corte podía definir los efectos de sus decisiones.

3. ¿CUÁLES SON LAS CLASES DE CONTROL JURISDICCIONAL DE LAS LEYES PREVISTOS POR LA CONSTITUCIÓN DE 1991?. EXPLÍQUELOS.

En Colombia existe un sistema mixto, el cual puede ser abstracto o concreto, el concreto es cuando los jueces ejercen control en casos donde se presente vulneración de los derechos constitucionales con acciones como la tutela, de cumplimiento, populares. y el abstracto es aquel mediante el cual la corte constitucional ejerce sobre la ley para salvaguardarla, haciéndolo en forma previa, que es antes de ser expedida por parte de quien tiene la facultad de hacerla, como lo es el congreso y posterior cuando una ley por vía de acción es impugnada por ir en contra de algún precepto constitucional

4. ¿QUÉ ES EL “CASO MARBURYVS. MADISON” Y CUÁL ES SU IMPORTANCIA PARA EL CONSTITUCIONALISMO?

Este caso de origen norteamericano, en el año 1803 fue presentado luego de un cambio de poder político en el ejecutivo, quienes no reconocieron algunos nombramientos pendientes por el gobierno antecesor, en el cual la corte reconoce algunos derechos por quienes iban a ser nombrados como jueces de paz, pero se aparta de la decisión por no ser de su competencia, explica en el falló, que la corte debía conocer en forma de apelación y no de primera mano como se presentó, así mismo se apartó por no existir norma que regulara este tipo de decisión, generando lo que hoy llamamos en nuestro constitucionalismo el control difuso, En este sistema todos los jueces tienen la oportunidad de acudir a la Constitución en forma directa y abstenerse de aplicar una norma legal cuando la consideran incompatible con aquélla, haciendo uso de la excepción de inconstitucionalidad. Opera cuando se resuelven casos judiciales concretos y produce efectos inter partes. En el sistema judicial norteamericano las posibles discrepancias de apreciación de los jueces se resuelven con la aplicación del principio staredecisis, mediante el cual el juez queda vinculado por su propio precedente y por el precedente contenido en los fallos de los jueces o tribunales superiores. Un juez o tribunal puede apartarse de un precedente pero deberá explicar de manera razonada y suficiente lo que lo lleva a tal determinación. Cuando la inconstitucionalidad es declarada por la Corte Suprema, los efectos jurídicos son erga omnes.

5. LEER LA SENTENCIA C-544/92 Y HACER UNA SÍNTESIS SOBRE LO QUE ARGUMENTA LA CORTE CONSTITUCIONAL SOBRE EL PODER CONSTITUYENTE Y EL CONSTITUYENTE PRIMARIO.

Esta sentencia es de clara interpretación para el constitucionalismo, por ser referida para salvaguardar la constitución política creada en el año 1991, quienes

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