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Activos Intangibles, una perspectiva de precios de transferencia


Enviado por   •  24 de Noviembre de 2016  •  Documentos de Investigación  •  2.801 Palabras (12 Páginas)  •  263 Visitas

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Activos Intangibles,

una perspectiva de precios de transferencia.

El presente artículo tiene como objetivo describir, desde el punto de vista de precios de transferencia, las generalidades de los principales métodos de valuación de activos intangibles, así como los conceptos que preocupan a las autoridades fiscales al analizar transacciones que involucran dichos activos entre partes relacionadas. No pretende, en ningún momento, evaluar dichos métodos en virtud de que ya existe extensa literatura sobre el particular.

1. Definición de Intangibles

1.1 En general

Para efectos de la regulación 482 del Internal Revenue Service Code, el término “intangible” se refiere a cualquier activo incluido en una de las seis categorías de propiedad que a continuación se mencionan:

  1. Patentes, inventos, fórmulas, procesos, diseños, patrones o know-how;
  2. Derechos de autor y composiciones literarias, musicales o artísticas;
  3. Marcas registradas, marcas o nombres comerciales;
  4. Franquicias, licencias o contratos;
  5. Métodos, programas, sistemas, procedimientos, campañas, encuestas, estudios, pronósticos, estimaciones, listas de clientes, datos técnicos; y
  6. Cualquier otro activo cuyo valor emane de su contenido intelectual más que de sus atributos físicos.

En general, los activos que entran dentro de estas categorías son identificables de forma independiente y sujetos a la protección legal del estado. Asimismo, tienen vida económica propia y son transferibles.

Las guías para empresas multinacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) distinguen entre “intangibles comerciales” e “intangibles de marketing”.

Los intangibles comerciales típicamente incluyen patentes, diseños y know-how empleados en la producción de bienes y la prestación de servicios, Son, por lo general, el resultado de actividades de investigación y desarrollo.

En particular, el término know-how incluye la información técnica, candidata o no, a ser patentada, que es necesaria para la producción industrial de un producto. Este debe ser secreto y no reproducible por un competidor a través de una simple inspección o “ingeniería inversa” del producto en sí.

Los intangibles de marketing incluyen logotipos y marcas registradas, así como listas de clientes, canales de información y características únicas de empaque que tengan valor promocional importante. Estos intangibles son producto de campañas publicitarias y otros esfuerzos para promover la venta de productos o servicios.

Para efectos de determinar una contraprestación de mercado apropiada por el uso o transferencia de un activo intangible entre partes relacionadas, las guías de la OCDE no hacen distinción entre intangibles comerciales e intangibles de marketing. De hecho, reconocen que, a menudo, es difícil atribuir valores distintos a cada clase de intangible.

2. Proporcionalidad al ingreso y contratos de participación de costos

En general, en materia de precios de transferencia no existen guías claras que permitan discernir entre la propiedad legal y económica de los activos intangibles de marketing, y el efecto que el tipo de propiedad debe tener sobre la asignación de ingresos atribuibles a un activo intangible entre los miembros de un mismo grupo. Asimismo, existen riesgos asociados que deben ser ponderados, al llevar acabo transacciones que involucran activos intangibles entre partes relacionadas. Ante esta problemática, es muy importante que cuando se lleva a cabo el análisis de una transacción de este tipo se tomen en cuenta los conceptos de proporcionalidad al ingreso, contratos de participación de costos y potencial de ganancia.

2.1 Proporcionalidad al ingreso

La proporcionalidad al ingreso es un concepto simple que parte de lo que una entidad recibe como contraprestación al enajenar la propiedad de un activo intangible, y lo compara con el monto que el activo en comento efectivamente generó en la vida real.

Si dicha propiedad, basada por ejemplo en ingresos reales, tiene un valor mayor al efectivamente erogado, el monto pagado no fue proporcional al ingreso que produjo en la realidad.

2.2 Contratos de participación de costos

Dentro de un contrato de participación de costos, una de las partes tiene la propiedad legal de los activos intangibles desarrollados bajo dicho contrato. No obstante, para efectos del párrafo 482, se considera que dentro del contrato, cada participante es “propietario” proporcional del activo intangible, en función de su aportación, por lo que dicho propietario no tiene la obligación de pagar una contraprestación al legítimo propietario por hacer uso del activo. Más aún, el ingreso derivado de esa participación en la propiedad del intangible debe ser proporcional a los costos económicos relativos y a los riesgos correspondientes que se asumen en la práctica.

2.3 Potencial de ganancia

El concepto detrás del uso del “potencial de ganancia” se basa en el hecho de que una regalía representa la participación continua de un licenciante en el flujo anticipado de ingresos (i.e. un potencial de ganancia) derivado del uso y explotación del activo intangible, por parte del licenciatario.

La tasa de regalías acordada se reduce a la convergencia o divergencia de las expectativas de cada parte sobre del flujo de ingresos esperados basados en los hechos y circunstancias observables al momento de la negociación.

Así, durante una auditoría en materia de precios de transferencia, las autoridades fiscales centrarán su análisis en verificar que fue correcto, preciso y razonable el análisis desarrollado por las partes relacionadas sobre los hechos y circunstancias observables al momento de la transferencia de un activo intangible. Asumiendo que dicha determinación depende, en algún grado, de las expectativas de las partes respecto al ingreso que sería generado (o costos ahorrados) por el uso del intangible, donde la exactitud de esta determinación inicial del precio de transferencia, depende considerablemente de la exactitud del pronóstico de ingresos (o ahorros).

Un contribuyente debe ser capaz de demostrar, con documentación contemporánea, que la transacción estaba a valor de mercado al momento de llevarla a cabo. Reflejando una relación razonable entre el beneficio esperado, determinado al inicio, y el beneficio real obtenido, derivado de la explotación del activo intangible.

Además, debe haber establecido los términos de la transacción en un contrato escrito, los términos y condiciones de dicho contrato deben ser sustancialmente los mismos que aquellos establecidos en un contrato de una transacción comparable no controlada.

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