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Buena Fe Y Mala Fe


Enviado por   •  20 de Octubre de 2012  •  433 Palabras (2 Páginas)  •  1.899 Visitas

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POSESIÓN DE BUENA FE Y MALA FE

La buena fe1 actúa como principio rector de todos los actos jurídicos. Es poseedor de buena fe, aquél que mantiene la cosa en su poder como propietario de ella, esto es, con la absoluta creencia que el bien o derecho poseído, le pertenece sin objeción alguna conforme a derecho. Lo anterior, en razón de disponer de un JUSTO TÍTULO VÁLIDO, léase, un título o negocio jurídico válido o eficaz, apto y capaz de acreditar “según la Ley” reiteramos, el derecho a poseer el bien en virtud que dicho título es capaz de transferir el dominio o propiedad, aunque esté viciado, con tal que el vicio sea ignorado por el poseedor. La buena fe se presume; quien alegue la mala fe, tiene la carga de la prueba.

Por tanto, el “título”, no significa de forma necesaria, la presencia de un documento, instrumento o escrito; éste último, no es más que una de las formas de demostrar la existencia del negocio jurídico válido; ya que existen otros medios de prueba para alcanzar la tarea requerida, como lo son, la testimonial, la experticia, la inspección judicial, el juramento deferido (“diferido”), entre otros. La posesión de buena fe comprende el cumplimiento de dos elementos concurrentes, señalamos:

1.- El elemento objetivo. Lo que atañe al título justo capaz de transmitir el dominio o propiedad.

2.- El elemento subjetivo. Que significa, ignorar la presencia de los vicios o defectos del título. Observaciones legales, sobre la “creencia de que la cosa nos pertenece”. Al respecto es de subrayar que, el “justo título válido” equivale a la justa causa possessionis, por ello, no son ejemplos de justo título, aquellos títulos declarativos de derecho, p.ej., los “títulos supletorios”. Por último, la posesión de buena fe otorga al poseedor, el derecho de percibir los frutos naturales o civiles, que la cosa produzca; y, también lo dota del ius retentionis por las mejoras, lo que se materializa en el derecho de retener aquellas mejoras o bienhechurías sobre la cosa.

1 Art. 1.979 CCV “Quien adquiere de buena fe un inmueble o un derecho real sobre un inmueble, en virtud de un titulo debidamente registrado y que no sea nulo por defecto de forma, prescribe la propiedad o el derecho real por diez años, a contar de la fecha del registro del titulo.”

Art 788 CCV “Es poseedor de buena fe quien posee como propietario en fuerza de justo título, es decir, de un título capaz de transferir el dominio, aunque sea vicioso, con tal que el vicio sea ignorado por el poseedor.”

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