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CONCEPTO, ORIGEN Y NACIMIENTO DEL DERECHO MERCANTIL


Enviado por   •  12 de Febrero de 2014  •  3.851 Palabras (16 Páginas)  •  1.649 Visitas

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CONCEPTO, ORIGEN Y NACIMIENTO DEL DERECHO MERCANTIL

Conceptos:

DE PINA VARA RAFAEL:

El derecho mercantil nace precisamente para regular el comercio o mejor dicho los actos y relaciones de los comerciantes propios de la realización de sus autoridades mediadoras.

CALVO M. OCTAVIO

El derecho mercantil es la rama del derecho privado que regula las relaciones de los individuos que ejecutan actos de comercio o que tienen el carácter de comerciantes.

CERVANTES AHUMADA

El Derecho Mercantil, es también considerado como el conjunto de instrumentos que la norma establece, para lograr el intercambio comercial legitimado por el derecho.

RAFAEL DE PINA VARA

Sostiene que resulta muy difícil definir al Derecho Mercantil, toda vez que la ley mercantil establece supuestos de naturaleza comercial sin que estos sean ejecutados materialmente por comerciantes, por ello se determina que el derecho mercantil no regula las relaciones entre comerciantes, sino que se enfoca a la ejecución misma del acto de comercio.

SEGÚN LA LEY

El Derecho mercantil o Derecho comercial es aquella rama del Derecho privado que regula el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos. Esto es, en términos amplios, la rama del Derecho que regula el ejercicio del comercio por los distintos operadores económicos en el mercado. La progresiva internacionalización de los negocios y la necesidad de los poderes públicos de establecer un marco de protección de los consumidores y de mantenimiento de la estabilidad económica y financiera ha venido dando lugar a lo que se conoce como el fenómeno de la "publificación" del Derecho Mercantil, consistente en que son cada vez más y más normas de Derecho público las que se entremezclan con normativa puramente de Derecho privado para salvaguardar dichos intereses. Notable ejemplo lo constituye toda la normativa de supervisión y sanción en materia del sistema financiero, donde todas las sociedades operantes en él y las operaciones que en él se realizan están fuertemente vigiladas.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL DERECHO MERCANTIL

I. El comercio en la Edad Antigua

Si bien es cierto que el derecho mercantil tiene por objeto regular las relaciones comerciales, el comercio y el derecho mercantil no surgieron simultáneamente.

El comercio, entendido como el intercambio de bienes o servicios tiene su origen en el trueque. Una vez que las sociedades se organizaron de tal forma que pudieron satisfacer sus necesidades básicas, fue posible que los bienes y servicios producidos por una sociedad fueran intercambiados con otra. Este suceso fue resultado de la división del trabajo, pues cada individuo y sociedad pudo especializarse en la producción de determinados bienes, los cuales serían intercambiados posteriormente por otros no producidos por un individuo o al interior de una sociedad.

En un principio, el intercambio tenía por objeto el consumo, pero con el paso del tiempo, el truque se hizo más complejo de tal forma que el intercambio ya no sólo tenía por objeto satisfacer una necesidad básica de alimento o vestido, sino que además se podía realizar con el propósito de obtener una ganancia. Es en este momento en el que se hizo necesaria una unidad común de intercambio, dando como resultado a la moneda.

La introducción de la moneda en el comercio revolucionó la forma y el volumen de las transacciones comerciales. Esta transformación favoreció el desarrollo de las sociedades antiguas. No obstante, durante la Edad Antigua, aún en aquéllos casos en los que el comercio alcanzó un desarrollo importante, la actividad comercial no fue regulada por normas especializadas. Las actividades comerciales estuvieron reguladas por las mismas normas que regían a todos los contratos.

Por esta razón, el derecho mercantil tal como lo entendemos actualmente no existió durante la Edad Antigua, pues ninguna sociedad desarrolló un conjunto de normas sistematizadas con el propósito exclusivo de regular a las relaciones comerciales tal como sucede en la actualidad.

En Roma, a pesar de que es posible identificar algunas normas que regulaban ciertos aspectos muy específicos del comercio, se trataba de normas de derecho civil. Este sistema de normas regulaba a las relaciones jurídicas entre los ciudadanos sin hacer una distinción de los actos jurídicos basada en el comercio.

Los aspectos del comercio regulados por el derecho romano fueron:

A. Normas sustantivas

a. Echazón por avería

Éste era un instrumento jurídico regulado por la Lex Rhodia de Iactu. La echazón por avería consistía en repartir entre todas aquellas personas que tenían un interés en una embarcación que había sufrido un percance, la pérdida sufrida por los propietarios de las mercancías que habían sido arrojadas al mar para salvarlo; esta repartición se hacía en proporción a su interés.

b. Phoenus nauticum o préstamo a la gruesa

Al igual que la echazón por avería, el préstamo a la gruesa también era un mecanismo jurídico para hacer frente a los riesgos que comúnmente se corrían

en el comercio marítimo. El préstamo a la gruesa consistía en un contrato por medio del cual una de las partes se obligaba a entregar una suma de dinero a otra, ésta última a su vez se obligaba a devolver el principal más intereses al finalizar el viaje, sólo si su regreso era exitoso. Si la embarcación no regresaba como consecuencia de una catástrofe, entonces la obligación de regresar el principal de la suma prestada más intereses quedaba extinguida.

El derecho romano regulaba al mandato como un contrato por medio del cual el mandatario actuaba en nombre del mandante por su propia cuenta, de tal forma que el mandatario quedaba obligado a responder con su patrimonio frente a terceros. Por medio de estas acciones, el derecho romano reconocía una relación jurídica entre el mandante y los terceros que hubieran contratado con el mandatario. La actio institoria era una acción en contra de los actos del administrador que actuaba en nombre del propietario de un negocio. Mientras que la actio excersitoria era una acción en contra de los actos del capitán

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