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Contrato De Local Comercial


Enviado por   •  23 de Septiembre de 2013  •  1.198 Palabras (5 Páginas)  •  379 Visitas

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

PARA EL ESTADO DE TABASCO.

Contrato de Arrendamiento que se celebra al tenor de los siguientes datos, declaraciones y cláusulas que a continuación se describen y señalan:

D A T O S:

Fecha:

ARRENDADOR:

INQUILINO (ARRENDATARIO):

CON DOMICILIO EN:

TERMINO Y / O VIGENCIA DEL ARRENDAMIENTO 24 MESES FORZOSOS.

PRECIO DE LA RENTA: $ (PESOS 00/100 M.N.)

INMUEBLE A ARRENDAR:

USO DEL INMUEBLE ARRENDADO:

Quienes en lo sucesivo será denominados como arrendador e inquilino o arrendatario indistintamente. Contrato que celebran al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas.

D E C L A R A C I O N E S

DEL ARRENDADOR.

1.- Tener las facultades necesarias que la ley exige para otorgar el arrendamiento del inmueble señalado.

2.- Tener la capacidad necesaria que la ley exige para obligarse en términos del presente contrato.

DEL INQUILINO.

1.- Que es su deseo y voluntad recibir el arrendamiento señalado anteriormente.

2.- Que no tiene limitación legal alguna para obligarse en términos del presente contrato; es decir que tiene la capacidad necesaria que la ley exige.

3.- Que reconoce expresamente por medio de este instrumento la personalidad de el arrendador y que por ello, desde este momento renuncia a cualquier impugnación procesal.

C L A U S U L A S

PRIMERA: El arrendador se obliga a dar, y da en arrendamiento al inquilino el local descrito en la “sección de datos” del presente instrumento, bien inmueble perfectamente precisado y conocido físicamente por las partes. Así mismo el arrendatario recibe en arrendamiento dicho inmueble.

SEGUNDA: Inquilino se obliga a pagar al arrendador o a quien sus derechos represente la cantidad señalada y aceptada por ambas partes, en la carátula de datos del presente, constante en la foja No. 1; por concepto de pago de renta mensual, cantidad que deberá entregar al arrendador en el domicilio del inmueble mencionado Pago que deberá realizar en los primeros cinco días de cada mes; y por mensualidades adelantadas.

El arrendador se obliga a dar por cada pago que reciba, el correspondiente "Recibo de renta".

TERCERA: El término del arrendamiento es el señalado en la carátula del presente contrato en la “sección de datos”.

Obligándose el inquilino a desocupar el inmueble arrendado a más tardar treinta días después de vencido dicho término. Salvo, la excepción de que las partes lleguen a diverso acuerdo de voluntades y celebren convenio o nuevo contrato al respecto. Y para el caso de que no exista la excepción aquí mencionada, el inquilino se obliga a pagar la renta estipulada en las mismas condiciones, más un incremento de lo que haya sido la inflación durante 2 años de vigencia del contrato. Para ello se estará al informe anual que rinda el Banco de México.

CUARTA: El inquilino se obliga a que el uso que dará al local en arrendamiento será exclusivamente el de Local comercial con la modalidad descrita en la carátula del presente instrumento.

Y que para variar el giro de su negocio deberá contar con autorización expresa y por escrito del arrendador y de no llenarse este requisito se tendrá por rescindido el presente contrato.

QUINTA: El inquilino manifiesta que ha recibido el local en perfectas y adecuadas condiciones para el uso a que el inquilino lo destinará y se obliga a devolverlo en el mismo estado, a satisfacción por escrito del arrendador entendiéndose

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