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DERECHO COMERCIAL Y LABORAL ELEMENTOS QUE CONSTITUYEN LAS PRESTACIONES SOCIALES


Enviado por   •  18 de Octubre de 2015  •  Informes  •  1.702 Palabras (7 Páginas)  •  257 Visitas

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TERMINACION DE CONTRATO LABORAL  

SEGUNDA ENTREGA

TUTOR

ANDREA SASTRE GOMEZ

PRESENTADO POR:

JAIRO MORALES BENAVIDES (Código 1330650597)

ANGELA SALAZAR GÓMEZ (Código: 1221979019)

YURI CATERINE SUAREZ CHAPARRO (Código: 1331980608)

INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA POLITÉCNICO GRANCOLOMBIANO

Bogotá D.C

Septiembre 2015

TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCIÓN        

JUSTIFICACIÓN        

ELEMENTOS QUE CONSTITUYEN LAS PRESTACIONES SOCIALES        

PRIMA DE SERVICIOS        

AUXILIO DE CESANTÍAS        

INTERESES SOBRE LAS CESANTÍAS        

VACACIONES        

BIBLIOGRAFÍA        

ANEXOS        

 


INTRODUCCIÓN

        

Dentro de la normatividad colombiana, en lo referente al Derecho Laboral, establecemos como uno de sus aportes más valiosos lo que refiere el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo.

Nuestra segunda entrega, en la que generaremos la liquidación, explicaremos los conceptos a los cuales tiene derecho un trabajador en Colombia, por concepto de haber firmado un contrato laboral y quedar regido según lo que dictamine el Código Sustantivo de Trabajo.

Así mismo, dentro del proceso que se va a dar en este curso, cada argumento, posición y actuar determinado, serán los que se presenten en las siguientes entregas para garantizar que la definición real de dicha terminación sea lo suficientemente argumentada y justificada para su culminación en Derecho.


JUSTIFICACIÓN.

En este trabajo, ya entramos en materia relacionando los conceptos y elementos a los cuales tiene derecho un trabajador contratado en Colombia, al momento de dar por terminado el contrato laboral.

De la misma manera, identificaremos cuales son las características que cubren cada una de las prestaciones sociales y cuál es la influencia que tiene esta en el pago y cuáles son sus actuaciones según las características que lo cubren (como lo que refiere a las vacaciones colectivas).

Finalmente, al aprender a liquidar un trabajador, según lo que determina el Código Sustantivo del Trabajo, bajo los Lineamientos de la OIT.


ELEMENTOS QUE CONSTITUYEN LAS PRESTACIONES SOCIALES

“Prestación social es lo que debe el patrono al trabajador en dinero, especie, servicios u otros beneficios, por ministerio de la ley, o por haberse pactado en convenciones colectivas o en pactos colectivos, o en el contrato de trabajo, o establecida en el reglamento interno del trabajo, en fallos arbitrales o en cualquier acto unilateral del patrono, para cubrir los riesgos o necesidades del trabajador que se originan durante la relación de trabajo o con motivo de la misma. Se diferencia del salario en que no es retributiva de los servicios prestados y de las indemnizaciones laborales en que no reparan perjuicios causados por el patrono”. Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, Sentencia de julio 18 de 1985. (Ver Ítem http://www.escolme.edu.co/almacenamiento/tecnicos_oei/leg_laboral/contenido_u4.pdf)

Se ha de tener en cuenta que las prestaciones sociales, son provisiones que genera una organización para que todos los trabajadores cuenten con un beneficio que la Ley les obliga a generar para su bienestar, en retribución al servicio que realizan en la empresa donde trabajan.

Estas prestaciones que mencionan no hacen parte del salario, ni generan un ingreso adicional al colaborador, y por lo cual, eventos como las Cesantías y las Vacaciones no hacen parte de ni de la seguridad social ni de los ingresos que hacen parte de la retención en la fuente.

Se mira el evento de la Prima de Servicios, la cual si se puede incluir en la base de Retención, y por lo cual ella si es base de retención.

PRIMA DE SERVICIOS

Toda empresa debe pagar a sus empleados como prima de servicios, un salario mensual por cada año laborado, o si la vinculación es inferior a un año, el pago será proporcional al tiempo que el trabajador lleve vinculado, cualquiera que este sea. Quince días se deben pagar, por tardar el último día del mes de junio y los restantes quince días en los primeros 20 días del mes de diciembre.

Esta prestación es conceptualizada como la distribución de las ganancias que recibe la empresa durante su periodo fiscal, y la cual debe compartir con sus trabajadores, como participación de la riqueza de ésta.

La fórmula de esta es:

INGRESOS DURANTE EL PERIODO (salario, auxilio de transporte, comisiones, horas extras y recargo adicionales, todos constitutivos de salario) X NUMERO DE DIAS

360

Donde los ingresos, desde que sean salariales, hacen base, el Número de Días son los días que haya laborado el trabajador y los 360 es el total de días laborales del año, según lo estipula la Norma.

También se debe tener en cuenta que la distribución hace que el valor se pague, no es aplicable por promedios anteriores, sino por el promedio del periodo fiscal que lo ejecuta (01/01 – 30/06 y de 01/07 – 31/12 de cada año)


AUXILIO DE CESANTÍAS

Este beneficio tiene como fin brindarle al trabajador un medio de subsistencia a la terminación del contrato de trabajo. • Antes de la vigencia de la Ley 50 de 1990: Los trabajadores vinculados con anterioridad al primero de enero de 1991 están sujetos al régimen de retroactividad de las cesantías, de acuerdo con el cual éstas se liquidan en su totalidad a la terminación del contrato de trabajo.

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