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Delito Fiscal


Enviado por   •  17 de Octubre de 2011  •  1.569 Palabras (7 Páginas)  •  1.042 Visitas

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Delito Fiscal.

Es aquel delito consistente en defraudar a la Hacienda Pública por un importe superior al fijado por la Ley. Se entiende que defrauda el que omite ingresos tributarios y dejar de ingresar la cuota correspondiente.

El incumplimiento de las obligaciones fiscales normalmente constituye una infracción administrativa, sancionada por la Administración Tributaria mediante multa que puede ser recurrida en distintos órdenes incluido el jurisdiccional. Pero junto a esta forma de sancionar las actuaciones ilícitas de carácter tributario, los ordenamientos jurídicos con un cierto grado de desarrollo, para una mayor protección de la Hacienda Pública, consideran delitos y no meras infracciones administrativas los incumplimientos fiscales de mayor gravedad, correspondiéndole a los Juzgados penales instruir estos procedimientos y condenar, en su caso, estas actuaciones mediante las correspondientes penas. No hay diferencias sustanciales entre el delito fiscal y las infracciones tributarias, se diferencian básicamente por razones cuantitativas, por su mayor gravedad, por la cuantía del resultado.

El delito fiscal exige la existencia una conducta intencional y deliberadamente dirigida a defraudar el pago, es decir el autor tiene que tener conocimiento de la existencia de una deuda o deber de ingreso tributario, omitiendo el ingreso mediante la infracción de los deberes formales.

Penas

Para el delito de defraudación, se prevé una pena de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la cuantía dejada de ingresar. Las penas señaladas se aplicarán en su mitad superior cuando la defraudación se cometiere concurriendo alguna de las circunstancias siguientes:

• La utilización de persona o personas interpuestas de manera que quede oculta la identidad del verdadero obligado tributario.

• La especial trascendencia y gravedad de la defraudación atendiendo al importe de lo defraudado o a la existencia de una estructura organizativa que afecte o puede afectar a una pluralidad de obligados tributarios.

Aparte de la pena, la sentencia condenatoria debe contener la declaración de responsabilidad derivada del delito, ocasionando un cambio del título por el que la Administración tiene derecho al cobro.

Denuncia De Probables Delitos

La autoridad fiscal no sólo está facultada para denunciar por los delitos fiscales cuya comisión le conste, sino que cuando tenga conocimiento de la probable existencia de uno de los previstos en el Código Fiscal, que sea perseguible de oficio, lo deberá hacer del conocimiento del Ministerio Público en forma inmediata para que se proceda a su investigación, y persecución cuando proceda.

Clasificación de los delitos

1.- Delito de Evasión. -Como ejemplo tenemos el contrabando, la evasión fiscal y la sustracción de mercancías en recintos oficiales (fiscales)

2. Delito por Incumplimiento de los Deberes Fiscales

La omisión de la presentación de declaraciones, el referente ala contabilidad de los rompimientos de sellos y alteraciones de maquinas registradoras, la posesión ilegal de marbetes y el lavado del dinero.

3. Delito por apoyo al sujeto principal.- Tenemos entre otros al encubrimiento.

De forma general los delitos enunciados por el Código Fiscal de la Federación.

¿No hace sus declaraciones? ¿No paga sus impuestos?

Sepa que dependiendo de la infracción, as es la multa...

Lo que debe saber es que el Fisco tiene una figura para estas situaciones y que al que evade el pago de sus impuestos se le aplica el "DELITO FISCAL"

Con respecto a disposiciones de los Códigos Penal y Procesal Penal relacionadas con el Delito Fiscal.

De los delitos relativos a la Hacienda pública

Evasión de Impuestos

Art. 249.- El que defraude al Fisco evadiendo el pago de impuestos, será sancionado con prisión de uno a tres años si la evasión fuera de cinco mil a cien mil Colones, y prisión de tres a seis años si la evasión excediera de cien mil Colones.

Otras Defraudaciones

Art.250.- Para los efectos penales se consideraron también como defraudación al Fisco, los casos siguientes:

1. Cuando quien estando obligado por la ley a presentar declaración que arrojarse una cantidad de impuesto a pagar igual o superior a cinco mil Colones, no lo hiciere.

2. Cuando se presentare contradicción evidente y económicamente apreciable entre lo declarado y lo que conste en registros contables y documentos anexos a los mismos, que acreditaren el estado de los negocios de contribuyente; y

3. Cuando por la exclusión de algún bien, actividad u operación, a criterio de peritos, se ocasionare un perjuicio al Fisco.

La sugerencia es que si usted no desea que su empresa tenga este tipo de tropiezos, ORDÉNESE, ORGANÍCESE y pague lo que le corresponde.

Recordemos: El que no la debe... no la teme...

SAN SALVADOR - Leyes y códigos enmarañados difíciles de comprender para los no expertos, así como el silencio de las autoridades estatales y de la prensa local dominante, esconden las irregularidades y quizás graves delitos de

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