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LOS SUPUESTOS JURÍDICOS Y LAS CONSECUENCIAS DE DERECHO


Enviado por   •  20 de Diciembre de 2012  •  1.905 Palabras (8 Páginas)  •  32.139 Visitas

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LOS SUPUESTOS JURÍDICOS Y LAS CONSECUENCIAS DE DERECHO

¿Que se entiende por supuesto jurídico?

Cuando decimos:

"Quien falte al cumplimiento de una obligación será responsable del pago de daños y perjuicios"

Claramente advertimos en esta oración compuesta que hay dos juicios normativos: uno principal y otro accesorio, que recíprocamente se complementan, a saber:

1º La hipótesis de una persona que deje de cumplir con una obligación legal Impuesta a su cargo.

2º La consecuencia de que, dado el incumplimiento de una persona a un deber jurídico impuesto a su cargo, tenga la obligación accesoria de pagar daños y perjuicios, la que no existiría si la obligación principal fuere cumplida.

Supuesto jurídico es por tanto, “la hipótesis de cuya realización dependen las consecuencias establecidas por la norma“.

La diferencia fundamental entre una y otra, está en que, mientras en las leyes físicas el efecto se produce fatalmente al ocurrir la causa, en los juicios normativos existe la contingencia de que pueda o no realizarse la hipótesis y, aun realizada la hipótesis o supuesto jurídico, la consecuencia de Derecho pueda ser o no cumplida.

La consecuencia de Derecho es que el incumplidor deba pagar daños y perjuicios por el Incumplimiento de su obligación.

Esta obligación es contingente por cuanto el deudor Incumplido, si bien tiene el deber jurídico, puede o no realizarlo o cumplirlo.

Es evidente que, como dice Fritz Scheler, no hay consecuencia jurídica sin Supuesto de Derecho, pero el enlace jurídico y normativo debe expresarse de la siguiente manera:

1º El supuesto jurídico como simple hipótesis;

2º La realización de ésta;

3º Las consecuencias de Derecho;

4º La realización o no realización de las consecuencias de Derecho.

Hipótesis normativa de cuya realización depende que se actualicen las consecuencias de derecho

Ejemplos:

Todo contrato legalmente celebrado debe ser legalmente cumplido. Hipótesis: la existencia de un contrato celebrado conforme a le ley.

Todo aquel que falte al cumplimiento de una obligación será responsable del pago de daños y perjuicios.

Hipótesis de que una persona deje de cumplir con la obligación impuesta por la ley.

Comete el delito de homicidio el que priva de la vida a otro.

La hipótesis consiste en que una persona prive de la vida a otra.

CLASIFICACIÓN DE LOS SUPUESTOS JURÍDICOS:

Los supuestos jurídicos se dividen en:

SUPUESTOS JURÍDICOS SIMPLES que son los formados por una sola hipótesis y SUPUESTOS JURÍDICOS COMPLEJO, los que se forman por 2 ó más hipótesis.

COMPLEJOS:

Comete el delio de Robo, quien se apodere de cosa ajena mueble, sin derecho y sin el consentimiento del dueño.

Hipótesis:

- Apoderamiento

- Cosa ajena

- Mueble

- Sin derecho

- Sin consentimiento del dueño.

El supuesto jurídico y las consecuencias de los derechos son 7 conceptos jurídicos fundamentales

SUJETO DEL DERECHO:

Sujeto Activo: llamado también como facultado, acreedor, pretensor o derechohabiente; es el titular de los derechos subjetivos.

Sujeto Pasivo: llamado también como obligado o deudor es el sujeto del deber jurídico.

Sujeto Perjudicado: también podrá haber tres, diez o cien deudores y serán el sujeto pasivo. A cualquier persona que no sea sujeto activo ni sujeto pasivo, el derecho se llama simplemente tercer perjudicado ej. Aval (cuando se compra un vehículo y el que te l o vendió lo debía).

Objeto del derecho: es la conducta el comportamiento jurídico que el sujeto activo tiene el derecho de realizar (facultad de hacer o no hacer o de no exigir), (el deber de hacer, omitir y de dar)., es una conducta.

DERECHO SUBJETIVO: es la obligación de cumplir una prestación de hacer, de no hacer o de dar.

SUPUESTO JURIDICO: es la hipótesis de cuya realización depende el nacimiento del deber estatuido por la norma.

CONSECUENCIAS JURIDICAS: son los derechos subjetivos y deberes jurídicos que producen.

PRACTICA #3

1.- ¿Cómo se adquiere la nacionalidad de las personas físicas según el artículo 30 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos?

La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización

Los que nazcan en territorio de la republica, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres

Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre mexicano nacido en territorio nacional, o de madre mexicana nacida en territorio nacional

Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos por naturalización, de padre mexicano por naturalización, o de madre mexicana por naturalización, y la mujer o el varón extranjeros que contraigan matrimonio con varón o con mujer mexicanos, que tengan o establezcan su domicilio dentro del territorio nacional y cumplan con los demás requisitos que al efecto señale la ley

2.-

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