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Obligaciones Fiscales De Los Contibuyentes


Enviado por   •  24 de Enero de 2013  •  1.643 Palabras (7 Páginas)  •  463 Visitas

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INTRODUCCION:

Artículo 32-A.- Las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales que se encuentran en alguno de los supuestos de las siguientes fracciones, están obligadas a dictaminar, en los términos del Artículo 52 del Código Fiscal de la Federación, sus estados financieros por contador público autorizado. Cada vez más la sociedad requiere de mejores profesionales en el área fiscal y contable, capaces de desempeñar su trabajo con alta calidad, así como ser capaces de manejar información financiera de manera responsable y objetiva. Factura electrónica La AFIP estableció un Régimen de emisión y almacenamiento electrónico de los comprobantes respaldatorios de las operaciones comerciales (Factura electrónica), efectuadas en el mercado interno, posibilitando el reemplazo del tradicional soporte papel. Este sistema que en principio se puso en práctica para los comprobantes duplicados, rige ahora para los originales (Factura electrónica). Firma electrónica: Es el conjunto de datos en forma electrónica que, ajenos a los datos a otros datos electrónicos o asociados funcionalmente con ellos, utilizados como medio para identificar formalmente el autor o a los autores del documento que la recoge. Firma electrónica avanzada: es la firma electrónica que permite la identificación del signatario y ha sido creada por medios que éste mantiene bajo su exclusivo control, de manera que está vinculada únicamente al mismo y a los datos a los que se refiere, lo que le permite que sea detectable cualquier modificación ulterior de los mismos. Bueno empezaremos con un poco más de información complementaria a los temas anteriores:

DESARROLLO:

• DICTAMEN FISCAL

El dictamen es el documento que suscribe el contador público conforme a las normas de su profesión, relativo a la naturaleza, alcance y resultado del examen realizado sobre los estados financieros de la entidad de que se trate. La importancia del dictamen en la práctica profesional es fundamental, ya que usualmente es lo único que el público conoce de su trabajo. Que tiene como objetivo de una auditoria de estados financieros es expresar una opinión respecto a si los estados financieros están razonablemente presentados de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados. Para satisfacer este objetivo general, se acostumbra identificar objetivos específicos para cada cuenta individual dentro de los estados financieros con la finalidad del examen de estados financieros, es expresar una opinión profesional independiente respecto a si dichos estados presentan la situación financiera, los resultados de las operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera de una empresa, de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados.

FACTURA ELECTRÓNICA:

La AFIP dispuso el carácter obligatorio de la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales (Factura electrónica) para aquellos casos en los que se utilizan facturas o documentos equivalentes, notas de crédito y notas de débito, la obligatoriedad de emisión de comprobantes originales (Factura electrónica) comenzará a regir, según las actividades que realicen los responsables, Contribuyentes y/o responsables inscriptos en el IVA. Notas de crédito y notas de débito “A”. Notas de crédito y notas de débito “B”. Comprobantes excluidos: Las facturas de exportación "E", que respaldan a las operaciones de exportación, incluyendo las que se realizan en el área aduanera especial. Las facturas o documentos equivalentes, notas de débito y notas de crédito clases “A”, “A” con la leyenda “PAGO EN C.B.U. INFORMADA”, facturas o documentos clase “M”. Las facturas “B” que respalden operaciones con consumidores finales en las que se haya entregado el bien o prestado el servicio en el local, oficina o establecimiento. Los comprobantes emitidos por agentes de bolsa y de mercado abierto, concesionarios del sistema nacional de aeropuertos, servicios prestados por el uso de aerostaciones correspondientes a vuelos de cabotaje e internacionales, distribuidores de diarios, revistas y afines, etc., cuyas operaciones requieren un tratamiento especial en la emisión de comprobantes.

REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES:

La ley fiscal reconoce que los contribuyentes tienen diferentes niveles de capacidad administrativa para cumplir con sus obligaciones fiscales y como tales, se les debe de proporcionar los elementos necesarios para que cumplan con oportunidad con el pago de sus impuestos.

Así, en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) se contiene un régimen opcional denominado Pequeños Contribuyentes (REPECOS), en el que pueden tributar las personas físicas que realicen ventas, y que únicamente vendan bienes o prestan servicios al público en general, y que sus ingresos anuales en el ejercicio inmediato anterior no excedan de $2’000,000.00.

A partir del 2003 y con la finalidad de fortalecer las Finanzas Públicas de las Entidades Federativas, se realizaron modificaciones fiscales en materia del ISR e IVA para 2004, con el fin de que la recaudación de dichos impuestos se efectuara por los Estados, siempre que firmaran el Convenio o Anexo respectivo.

Han tenido que cubrir el impuesto al valor agregado (IVA) generado por sus actividades, por lo que se contempló que a partir del 2004 se eliminara la exención para ellos, estableciendo la obligación de pago mediante estimativas de ingresos con coeficientes de valor agregado según el giro o actividad del contribuyente, permitiéndose además

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