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Testigos De Descargo


Enviado por   •  16 de Junio de 2014  •  487 Palabras (2 Páginas)  •  367 Visitas

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DIRECTORIO

Lic. Alfredo Castillo Cervantes

Procurador General de Justicia del Estado de México

Lic. Salvador José Neme Sastré

Subprocurador General

Lic. Alejandro Jaime Gómez Sánchez

Subprocurador Jurídico

Lic. Francisco Javier Hernández Colín

Director General del Instituto de

Formación Profesional y Capacitación

AUTORES:

Lic. Javier Alvarado Sosa

Lic. René Limón Monterosas

PRÓLOGO

A razón de la reforma en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada en el decreto de fecha 18 de junio de 2008 en el Diario Oficial de la Federación, se ha implantado el sistema oral y adversarial en el Estado de México de manera gradual y secuencial.

Es ante la necesidad de capacitar al personal de la Procuraduría General de Justicia de nuestro Estado, que surge este manual, que de manera introductoria es un primer paso didáctico para ingresar al nuevo sistema de justicia penal, adversarial y oral, facilitando la tarea diaria en el ejercicio de la procuración de justicia ante los tribunales, considerando este manual como el primero de una serie de varios textos encaminados hacia ese fin.

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INTRODUCCIÓN

La base de todo el sistema de justicia penal adversarial y oral (Código de Procedimientos Penales), funciona bajo los siguientes principios:

1. ORALIDAD, es la articulación de ideas en el pensamiento que se exterioriza con la palabra, siguiendo las reglas de la lingüística, por ello, es tan importante expresar correctamente el idioma, -consiguiéndolo con la práctica diaria-, para hacer posible una eficiente comunicación con cualquier persona. De manera concomitante cuando se escucha, y no se ha entendido lo escuchado, debemos pedir una repetición del mensaje, porque aunque esto parezca obvio, las personas suelen quedarse con aquello mal escuchado y con sus propias ideas sobre lo escuchado,

2. CONTRADICCIÓN: es el principio de refutar y no dar por hecho lo que se ha mencionado, debatir los hechos y argumentos jurídicos, normativos y jurisprudenciales de la contraparte así como controvertir cualquier medio de prueba, por ello se debe interrogar o, en su caso, contrainterrogar, a los testigos y peritos pertinentes.

3. PUBLICIDAD: Podrá entrar a las audiencias el público en general para con ello constatar la transparencia de los juicios al pueblo en general, salvo las excepciones para proteger la integridad física o psicológica de las personas que deban participar en la audiencia, o cuando se ponga en riesgo la revelación indebida de datos legalmente protegidos.

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