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Análisis Critico de la Constitución de Venezuela


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2013  •  2.280 Palabras (10 Páginas)  •  612 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Defensa

Universidad Nacional Experimental Politécnica de las Fuerzas Armadas

Núcleo-Caracas

Asignatura: Lenguaje y Comunicación

Análisis Critico de la Constitución de Venezuela

Integrantes: Profesor:

_ Ivonne Sánchez Alirio Fuentes

_ Milagros Zamora

_ Franklyn Subero

Sección: CINU D11

07 de Noviembre del 2013

Aspectos económicos y sociales en la constitución de la República Bolivariana de Venezuela

El Estado promoverá la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral a fin de garantizar la seguridad alimentaria de la población; entendida como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos en el ámbito nacional y el acceso oportuno y permanente a éstos por parte del público consumidor. La seguridad alimentaria se alcanzará desarrollando y privilegiando la producción agropecuaria interna, entendiéndose como tal la proveniente de las actividades agrícola, pecuaria, pesquera y acuícola. La producción de alimentos es de interés nacional y fundamental para el desarrollo económico y social de la Nación. A tales fines, el Estado dictará las medidas de orden financiero, comercial, transferencia tecnológica, tenencia de la tierra, infraestructura, capacitación de mano de obra y otras que fueren necesarias para alcanzar niveles estratégicos de autoabastecimiento. Además, promoverá las acciones en el marco de la economía nacional e internacional para compensar las desventajas propias de la actividad agrícola.

El Estado protegerá los asentamientos y comunidades de pescadores o pescadoras artesanales, así como sus caladeros de pesca en aguas continentales y los próximos a la línea de costa definidos en la ley.

Artículo 300.

La ley nacional establecerá las condiciones para la creación de entidades funcionalmente descentralizadas para la realización de actividades sociales o empresariales, con el objeto de asegurar la razonable productividad económica y social de los recursos públicos que en ellas se invierta.

Análisis: La creación de entidades descentralizadas para la realización de actividades sociales empresariales, para asegurar la productividad económica de los recursos públicos.

Artículo 306.

El Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina un nivel adecuado de bienestar, así como su incorporación al desarrollo nacional. Igualmente fomentará la actividad agrícola y el uso óptimo de la tierra mediante la dotación de las obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica.

Análisis: Prácticamente a lo que se refiere este artículo es que el Estado promoverá la agricultura. Y esta deberá alcanzarse desarrollando y privilegiando la producción agropecuaria.

Artículo 307.

El régimen latifundista es contrario al interés social. La ley dispondrá lo conducente en materia tributaria para gravar las tierras ociosas y establecerá las medidas necesarias para su transformación en unidades económicas productivas, rescatando igualmente las tierras de vocación agrícola. Los campesinos o campesinas y demás productores agropecuarios y productoras agropecuarias tienen derecho a la propiedad de la tierra, en los casos y formas especificados en la ley respectiva. El Estado protegerá y promoverá las formas

Asociativas y particulares de propiedad para garantizar la producción agrícola. El Estado velará por la ordenación sustentable de las tierras de vocación agrícola para asegurar su potencial agroalimentario.

Excepcionalmente se crearán contribuciones parafiscales con el fin de facilitar fondos para financiamiento, investigación, asistencia técnica, transferencia tecnológica y otras actividades que promuevan la productividad y la competitividad del sector agrícola. La ley regulará lo conducente a esta materia.

Análisis: En este artículo la ley dispondrá lo conducente en materia tributaria para gravar las tierras ociosas y establecerá las medidas necesarias para su transformación en unidades económicas productivas, rescatando igualmente las tierras de vocación agrícola. Es en el gobierno del Presidente Hugo Chávez Frías donde los Campesinos y Campesinas tienen derecho a la propiedad de la tierra en los casos especificados en la ley, creando fondos para financiamiento que promuevan el sector agrícola.

Artículo 308.

El Estado protegerá y promoverá la pequeña y mediana industria, las cooperativas, las cajas de ahorro, así como también la empresa familiar, la microempresa y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el trabajo, el ahorro y el consumo, bajo régimen de propiedad colectiva, con el fin de fortalecer el desarrollo económico del país, sustentándolo en la iniciativa popular. Se asegurará la capacitación, la asistencia técnica y el financiamiento oportuno.

Análisis: Ante los cambios del siglo XXI, este tipo de acciones tiene mucho sentido, ya que se incluye a la pequeña y mediana industria al fortalecimiento del desarrollo económico del país.

Artículo 309.

La artesanía e industrias populares típicas de la Nación gozarán de protección especial del Estado, con el fin de preservar su autenticidad, y obtendrán facilidades crediticias para promover su producción y comercialización.

Análisis: La artesanía e industrias populares de la nación gozaran de protección especial del estado, es positivo ya que se preservara la autenticidad.

Artículo 310.

El turismo es una actividad económica de interés nacional, prioritario para el país en su estrategia

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