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Diseño De Un Incinerador Para El Hospital Nacional Cayetano Heredia


Enviado por   •  29 de Mayo de 2014  •  2.974 Palabras (12 Páginas)  •  508 Visitas

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Índice

1. INTRODUCCION pág. 3

2. OBJETIVO GENERAL pág. 3

3. MARCO LEGAL pág. 3

4. INFORMACION GENERAL pág. 6

5. INCINERADORES pág. 10

6. DATOS RECOPILADOS pág. 13

7. CALCULOS PARA EL DISEÑO DEL INCINERADOR pág. 21

8. COSTOS PARA LA CONSTRUCCION DEL INCINERADOR pág. 24

9. CÁLCULOS DE CALOR DENTRO DEL INCINERADOR pág.

10. CONCLUSIONES pág.

DISEÑO DE UN INCINERADOR PARA EL HOSPITAL NACIONAL CAYETANO HEREDIA

INTRODUCCION

En este trabajo se diseñara un incinerador adecuándolo a la cantidad de residuos que genera un determinado hospital, ya que en los últimos tiempos los residuos generados en hospitales y centros sanitarios llamados “residuos hospitalarios” han sido motivo de preocupación.

También desde tiempos remotos, se ha asumido que la incineración es la manera más eficaz de librarse totalmente de cualquier riesgo de contagio.

Así que la preocupación por el destino de estos residuos y las nuevas legislaciones han establecido que “las más modernas tecnologías de incineración” sean instaladas en cada municipio o provincia.

OBJETIVO GENERAL

Diseñar un incinerador con las medidas adecuadas según el hospital con el cual se desea trabajar en este caso el ¨HOSPITAL CAYETANO HEREDIA¨.

MARCO LEGAL

Norma técnica de manejo de residuos sólidos hospitalarios

2.1.6.- Tratamiento de Residuos

El tratamiento de los residuos sólidos hospitalarios consiste en transformar las características físicas, químicas y biológicas de un residuo peligroso en un residuo no peligroso o bien menos peligroso a efectos de hacer más seguras las condiciones de almacenamiento, transporte o disposición final.

El método de tratamiento a aplicar será sin perjuicio a la población hospitalaria y al medio ambiente. Los métodos de tratamiento recomendados son:

Enterramiento Controlado

Esterilización por Autoclave

Incineración

Desinfección por Microondas

Requerimientos Generales

En caso del uso de equipos deben estar en buen estado y con capacidad suficiente para tratar los residuos generados en el establecimiento de salud.

Ambiente cerrado con sistema de ventilación (natural o mecanizada) para el caso de esterilización por autoclave o desinfección por microondas e incineración.

Personal entrenado y con el equipo de protección personal respectivo.

Contar con el Programa de Adecuación al Medio Ambiente (PAMA).

Procedimientos Generales

Para cada método de tratamiento contemplar los procedimientos establecidos por el proveedor del equipo (autoclave, horno microondas, incinerador). Para el caso de Enterramiento controlado, cumplir con las disposiciones emitidas por el MINSA y/o el Municipio correspondiente y el Ministerio de Transporte, Comunicaciones, Vivienda y Construcción.

El procedimiento escrito, del método de tratamiento empleado por el establecimiento de salud debe ubicarse en un lugar visible para el personal que ejecuta el tratamiento de los residuos.

El transporte de las bolsas de los residuos del almacenamiento final al área de tratamiento se debe realizar con coches de transporte a fin de evitar el contacto de las bolsas con el cuerpo así como arrastrarlas por el piso.

Verificar que los parámetros de tratamiento (temperatura, humedad, volumen de llenado, tiempo de tratamiento) para cualquier método empleado alcancen los niveles respectivos indicados por el proveedor del sistema de tratamiento y acordes con la legislación vigente.

Cualquier método de tratamiento de los residuos sólidos bio-contaminados será objeto de constante monitoreo y supervisión por el responsable designado por el establecimiento de salud para garantizar la inocuidad de los residuos post-tratamiento.

Ley general:

Ley 27314-Ley General de Residuos Sólidos, en su Art. 14º.-: Son residuos sólidos aquellas sustancias, productos o subproductos en estado sólido o semisólido de los que su generador dispone, o está obligado a disponer, en virtud de lo establecido en la normatividad nacional o de los riesgos que causan a la salud y el ambiente, para ser manejados a través de un sistema que incluya, según corresponda, las siguientes operaciones o procesos:

1. Minimización de residuos

2. Segregación en la fuente

3. Reaprovechamiento

4. Almacenamiento

5. Recolección

6. Comercialización

7. Transporte

8. Tratamiento

9. Transferencia

10. Disposición final

Esta definición incluye a los residuos generados por eventos naturales.

c) Ley 27314-Ley General de Residuos Sólidos, en el Art. 15º: los clasifica de acuerdo a su origen en:

1. Residuo domiciliario

2. Residuo comercial

3. Residuo de limpieza de espacios públicos

4. Residuo de establecimiento de atención de salud

5. Residuo industrial

6. Residuo de las actividades de construcción

7. Residuo agropecuario

8. Residuo de instalaciones o actividades especiales

d) Ley 27314-Ley General de Residuos Sólidos, en el Art.22:

Son residuos sólidos peligrosos aquéllos que por sus características o el manejo al que son o van a ser sometidos representan un riesgo significativo para la salud o el ambiente.

Sin perjuicio de lo establecido en las normas internacionales vigentes para el país o las reglamentaciones nacionales específicas, se considerarán peligrosos los que presenten por lo menos una de las siguientes características: corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad, radiactividad o patogenicidad (biocontaminación).

Dichas características de peligrosidad se resumen en las siglas CRETIB.

e) Ley 27314-Ley General de Residuos Sólidos, en el Artículo 23.- Responsabilidad por residuos sólidos peligrosos frente a daños

El que causa un daño durante el manejo de residuos sólidos peligrosos está obligado a repararlo, de conformidad con el Artículo 1970 del Código Civil.

Los generadores de residuos sólidos peligrosos podrán contratar una empresa prestadora de servicios de residuos sólidos debidamente registrada ante el Ministerio de Salud, la misma que, a partir del recojo, asumirá la responsabilidad por las consecuencias derivadas del manejo de dichos residuos.

El generador será considerado responsable cuando se demuestre

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