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INSTALACIONES RESIDENCIALES CIRCUITOS RAMALES RESIDENCIALES


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2015  •  Documentos de Investigación  •  3.013 Palabras (13 Páginas)  •  231 Visitas

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INSTALACIONES RESIDENCIALES

CIRCUITOS RAMALES RESIDENCIALES

ING. VICTOR HERRERA C.

CEL. 8382-9384

vhasoc@gmail.com

Versión 1 9 Nov. 2015

ARTÍCULOS

Art. 210Circuitos Ramales

Art. 215Alimentadores

Art 220Cálculos de los circuitos ramales,

alimentadores y acometidas

Art. 100 Definiciones

Pag. 70.30 Circuito Ramal

Conductores de circuito entre el dispositivo final de

sobrecorrienteque protege el circuito y las salidas.

Mas adelante veremos en detalle los dispositivos de

sobrecorriente.

Por el momento diremos que son interruptores termomagnéticosque se abren en caso de corto circuito y los interruptores

portafusiblesque se funden en el mismo caso.

En ambos casos se interrumpe la corriente que pasa por ese

circuito

Art. 100 Definiciones

Pag. 70.30

Clases de circuitos ramales:

a.Uso General: dos o más receptáculos o

tomacorrientes para salidas para para alumbrado

y electrodomésticos.

b.Circuito Ramal Electrodomésticos: Suministra

energía a una o más salidas para

electrodomésticos, pero no alumbrado que no

forme parte de los electrodomésticos.

c.Circuito Ramal Individual: Alimenta a un solo

equipo de utilización.

Art. 210

Circuitos ramales

Limitaciones por razón de ocupación

210.6 (A) Pag. 70.55

En unidades de vivienda, casas de huéspedes de

hoteles, moteles y establecimientos similares entre los

conductores que alimenten luminarias y cargas

conectadas con cordón y clavija de 1440 VA

nominales o menos, o de menos de 1/4Hp, LA

TENSION NOMINAL NO DEBE SER SUPERIOR A

120 VOLTIOS.

Art. 210.8

Protección de personas mediante

interruptores de circuito por falla a

tierra.

En unidades de vivienda, todos los receptáculos monofásicos de

125 voltios de 15 y 20 amperios instalados en los lugares que a

continuación se indican deben tener protección para las personas

mediante un interruptor de circuito por falla a tierra.

1.Cuartos de baño

2.Garajes y edificios accesorios a nivel de suelo o inferior, no

previstas como zonas habitables y limitadas a áreas de

almacenamiento. Areasde trabajo o áreas de uso similar.

3.Areasexteriores

Art. 210.8

Protección de personas mediante

interruptores de circuito por falla a

tierra.

4.Espacios de poca altura (que exijan entrar agachado),

situados a nivel de suelo o por debajo de él.

5.Sótanos sin acabado, partes o áreas del sótano no

destinadas a habitaciones, limitadas como zonas de

almacenamiento de trabajo o similares. Excepción:

Alarmas de incendio y robo.

6.Tomas de cocina para servicio sobre las superficies de

muebles.

7.Lavandería, fregaderos y bares húmedos con sumidero. A

menos de 1.8 Mtsdel borde exterior del sumidero.

8.Cobertizos para botes

Art. 210.11 (C)

Protección de personas mediante

interruptores de circuito por falla a

tierra.

1.Además de otros circuitos ramales, se deben instalar dos

o más circuitos ramales de 20 amperios para

electrodomésticos pequeños. (Pequeños artefactos)

5.Al menos un circuito ramal de 20 amperios para las

salidas de receptáculos de la lavandería.

6.Al menos un circuito ramal de 20 amperios para alimentar

los receptáculos del cuarto de baño. No deben tener otras

salidas.

Art. 210.11 (C)

Protección de personas mediante

interruptores de circuito por falla a

tierra.

1.Además de otros circuitos ramales, se deben instalar dos

o más circuitos ramales de 20 amperios para

electrodomésticos pequeños. (Pequeños artefactos)

5.Al menos un circuito ramal de 20 amperios para las

salidas de receptáculos de la lavandería.

6.Al menos un circuito ramal de 20 amperios para alimentar

los receptáculos del cuarto de baño. No deben tener otras

salidas.

Art. 210.12 (B)

Protección con interruptor de circuito

de falla de arco.(AFCI) En unidades

de vivienda.

Todos los circuitos ramales con salidas monofásicas

de 120 voltios, de 15 y 20 amperios, instalados en:

1.Habitaciones familiares, alcobas

2.Comedores, pasillos o habitaciones

3.Salas de estar, Armarios

4.Salones, Bibliotecas, cuartos de estudio

5.Solarios

6.Salones para recreación

O áreas similares en unidades de vivienda, se deben

proteger con un interruptor listado de circuito por falla

de arco.

Art. 210.18

Habitaciones de huéspedes y suites

de huéspedes

Si tienen disposiciones permanentes para cocinar

entonces los circuitos ramales deben seguir cumplir

con las mismas reglas que las de las unidades de

vivienda.

Art. 310

Conductores para alambrado

general

Art 310.2 Conductores

Pág. 70-160

Los conductores deben ser aislados, salvo que

el NEC permita específicamente conductores

desnudos.

En cuanto a los materiales los conductores

deben ser cobre, aluminio o aluminio

recubierto.

Los conductores de calibres superiores al #8

deben estar conformados por hilos trenzados.

El Código permite conductores sólidos en

calibres inferiores.

Art 310.4 Conductores

Pág. 70-161

Se permite que los conductores de calibre #1/0

o mayor, que sean los de cada fase, polaridad,

del neutro o del conductor puesto a tierra de un

...

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