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Redes internas de telecomunicaciones


Enviado por   •  27 de Mayo de 2021  •  Trabajo  •  1.062 Palabras (5 Páginas)  •  50 Visitas

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3.2.1. Marco Constitucional

3.2.1.2.  Art 58 C.P: Se garantiza la propiedad privada.

3.2.1.3. Art 78 C.P: el control de calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad.

3.2.1.4. Art 333 C.P:  Derecho a la libre competencia y actividad económica

3.2.1.5. Art 333 C.P: Intervención del Estado en los servicios públicos.

3.2.1.6. Art 365 C.P: Los servicios públicos cumplen una función social.

3.2.2. Marco Legal

3.2.2.1. Resolución CRC 4262 de 2013 Reglamento técnico para redes internas de telecomunicaciones.

Este reglamento busca que las redes internas instauren una estructura, para garantizar el acceso y cobertura de todos los servicios de telecomunicaciones a los usuarios del territorio Nacional, y a la vez se tenga la disponibilidad para que todos los operadores puedan acceder a cada una de las viviendas u oficinas que componen la copropiedad.

El reglamento será aplicado para todos aquellos inmuebles que soliciten licencia de construcción como obra nueva a partir de la entrada en vigencia del mismo. A los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones, los operadores de televisión, las empresas constructoras de los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal. A los fabricantes, distribuidores y comercializadores de los elementos utilizados en la construcción de las redes internas de telecomunicaciones de tales inmuebles.

3.2.2.2. Resolución 5050 de 2016 Comisión de regulación de Comunicaciones.

Es una recopilación de las resoluciones de carácter general vigentes expedidas por la Comisión de Regulación Comunicación temas como definiciones, medidas para la protección de los usuarios, mercados relevantes, acceso e interconexión de redes de telecomunicaciones, régimen de calidad, reglas para la gestión uso, asignación de numeración, homologación de equipos terminales, condiciones para acceso a redes internas de telecomunicaciones, separación contable, criterios de eficiencia sector Tics y medición de indicadores sectoriales, excepciones de publicidad de los proyectos regulatorios y se dictan otras disposiciones.

3.2.2.3. Resolución CRC 5161 de 2017.

Por la cual se establecen las definiciones y condiciones regulatorias de banda ancha en el país. “Banda ancha” es la capacidad de transmisión cuyo ancho de banda es suficiente para permitir, de manera combinada, la provisión de voz, datos y video, ya sea de manera alámbrica o inalámbrica. (25Mbps - 5 Mbps).

3.2.2.4. Resolución CRC 5405 de 2018, Reglamento para redes de telecomunicaciones RITEL.

Por la cual se modifica la sección 1 del capítulo 2 del título Vll y el anexo 8.1 del título de anexos de la resolución CRC 5050 de 2016. Que entró en vigencia el 1 de Julio de 2019. Esta Resolución se estipulan condiciones y características de la infraestructura soporte de la red de telecomunicaciones en una vivienda que corresponda al régimen de copropiedad horizontal. Esta resolución es aplicada a los inmuebles sometidos al régimen de copropiedad o propiedad horizontal a que la fecha entrada en vigencia no cuente con licencia de construcción como obra nueva. Los que decidan aplicar el reglamento bajo estudio de factibilidad técnicas y arquitectónicos. A los proveedores de servicios, las empresas constructoras de los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal de la ley 675 de 2001.

Con este Reglamento se garantiza la calidad de los servicios, proteger los derechos a los usuarios, promover la sana competencia del sector, para cumplir con esta labor se necesita un equipo de profesionales expertos en temas técnicos, económicos, jurídicos enfocados en el sector de telecomunicaciones y maximizar el beneficio de todos los usuarios.

3.2.2.5 Circular 123 de 2019.

El 1 de julio de 2019, se evidenció que el sector con mayor impacto sería el sector de construcción y vivienda, La Comisión de Regulación de Comunicaciones recalco a RITEL lo cual establece las medidas mínimas al diseño, construcción y puesta en servicio de las redes internas de telecomunicaciones en el país, resaltó que la infraestructura interna de redes que soportan el acceso a los servicios de telecomunicaciones en un inmueble de propiedad horizontal, desde una libre competencia, se permite el acceso plural de oferentes de servicios, dotar a los inmuebles de la infraestructura adecuada que soporten el acceso a servicios modernos de comunicaciones.

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