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Enviado por   •  23 de Agosto de 2011  •  2.071 Palabras (9 Páginas)  •  560 Visitas

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La costumbre como fuente del derecho

Artículo principal: Derecho consuetudinario

Usualmente las leyes son codificadas de manera que concuerden con las costumbres de las sociedades que rigen, y en defecto de ley, la costumbre puede constituir una fuente del derecho. Sin embargo en algunos lugares, como Navarra, o en otros países la costumbre es fuente de derecho primaria y como tal se aplica antes (o a la vez) que la ley. En el Derecho civil de Aragón la costumbre tiene fuerza de obligar cuando no es contraria a la Constitución o a las normas imperativas del Derecho aragonés (artículo 2º.1 de la Compilación del Derecho civil de Aragón), por lo que es fuente del derecho de preferente aplicación a las restantes normas legales (dispositivas

Doctrina (del latín doctrina) es un conjunto coherente de enseñanzas o instrucciones. Pueden estar basadas en un sistema de creencias sobre una rama de conocimiento, campo de estudio o ciencia concreta, especialmente al cuerpo del dogma de una religión, tal como es enseñado por las instituciones religiosas; ser los principios o posiciones que se mantienen respecto a una materia o cuestión determinadas; o un sistema de postulados, científicos o no (frecuentemente con la pretensión de validez general o universal).

1.

2. Costumbres

• Definición

1. "Regla de derecho refunda su valor en la tradición y no en la autoridad del legislador; practica, usos que figuran como normas incipientes"

2. Según Pedro Bracho Grand:

3. Du Pasquier expresa:

"Es un uso implantado en una colectividad y considerado por esta como jurídicamente obligatorio; es el derecho nacido consuetudinariamente"

• Características

Por el ambiento espacial de validez

• Locales

• Generales

o Elementos de la costumbre

1. interata consuetudo (objetivo)

• Actos unifórmales: que se repitan con las mismas características.

• Consecutivos: que se sucedan en forma interrumpida.

• Cierta duración: no pueden ser actos efímeros.

• Pacíficos: que no sean productos de la violencia.

1. Opinio Iuris necesitatis (subjetivo)

Es la convicción de la obligatoriedad jurídica de la actuación, su aceptación como "buena" en la comunidad.

3.1 Importancia de la costumbre como fuentes del Derecho Venezolano

En las sociedades modernas las costumbres como fuentes independiente del derecho, es fuente subsidiaria que solo regirá en defecto de Ley aplicable. Se trata de una costumbre imperativa que, sin ser criticable, no vincula necesariamente a los tribunales; costumbre praeter legem o extra legem: valida por completo, regula situaciones o asuntos no contemplados por la Ley, que en determinados supuestos remite de forma expresa a la costumbre para reglar una materia concreta.

1.

2. Jurisprudencia

• Definición

Pedro Bracho Grand expresa:

"Es el conjunto de sentencias y decisiones dictadas por los tribunales, principalmente por el juzgado jerárquicamente superior dentro de la organización judicial de un país. En nuestra tradición, no se considera vinculante, sin embargo, es innegable su importancia como Fuente del Derecho, por que en ella se da cabida a un principio de justicia formal: que los casos análogos reciban un tratamiento igual"

José Manuel Delgado:

"En una primera acepción es lo mismo que la ciencia del Derecho. En sentido más amplio, es el conjunto de principios y doctrinas contenidos en los fallos o en las decisiones de los tribunales. Igualmente se puede entender como la manera de crear la sentencia, la manera como los Tribunales resuelven los casos que se comenten a su consideración"

• Características

- Bases legal de la jurisprudencia en Venezuela

Artículo 4.- A la Ley debe atribuírsele el sentido que aparece evidente del significado propio de las palabras, según la conexión de ellas entre sí y la intención del legislador.

Cuando no hubiere disposición precisa de la Ley, se tendrán en consideración las disposiciones que regulan casos semejantes o materias análogas; y, si hubiere todavía dudas, se aplicarán los principios generales del derecho.

• ¿Por qué en Venezuela la jurisprudencia no es vinculante?

Nuestro país es de raíz Romancística, por lo tanto, nuestro sistema de Derecho es escrito y la Jurisprudencia tiene importancia relativa.

La Jurisprudencia tiene un valor "moral", es decir, que depende de la jerarquía del tribunal que pronuncia la sentencia de que se trata las sentencias emanadas en los tribunales, tiene un valor muy alto pero no son vinculantes.

El autor patrio Eloy Larez Martínez, al referirse al tema señala que "…no es vinculante ya que los jueces no están en el deber de acoger en sus decisiones los principios contenidos en fallos dictados por ellos mismo o por otros Tribunales en procesos anteriores…"

• Cambio de jurisprudencia

Kelsen sostuve la tesis de que toda Norma Jurídica es un de la posibilidades, cuya interpretación permite dos o mas soluciones, todas igualmente correctas desde el punto de vista racional – deductivo. Esta tesis permite explicar este fenómeno tan común en la experiencia jurídica, que es el cambio de Jurisprudencia. En efecto, siendo la Ley una marco de posibilidades, el Juez – por haberse operado un cambio valoraciones vigentes – puede legir otras de las posibilidades que la Ley permite, sin salir del marco legal.

1.

2. La Doctrina

• Definición y características

Eloy Lares Martínez

"Las Doctrina Jurídica esta constituida por la expociones por la expociones científicas, hecha por los jurisconsultos, la sistematización de las normas y la interpretación de las misma"

En el Derecho Romano, la opinión se los jurisconsultos ejerció una autoridad excepcional. En el Derecho Moderno, no tiene fuerza de Ley. La opinión de cada Jurista vale por la autoridad científica alcanzada por el autor, y en virtud de una consagración oficial

La Doctrina es aquel sistema de creencias que forma parte de cada religión. Aunque la palabra a veces se utiliza para nombrar y caracterizar cada sistema como un todo (por ejemplo la doctrina cristiana), se suele utilizar para hacer hincapié en aspectos particulares de la creencia (así la doctrina judeocristiana de la creación o la doctrina budista de la reencarnación). Las creencias particulares constituyen un conjunto más o menos coherente, y es en el contexto del todo donde cada doctrina habría de ser entendida y evaluada.

La palabra latina doctrina significa 'enseñanza'

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