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Antecedentes De La Ley Del Estatuto De La Funcion Publica


Enviado por   •  9 de Julio de 2015  •  2.076 Palabras (9 Páginas)  •  231 Visitas

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Antes de iniciar el estudio acerca del presente temas es convenienteexplicara que la función pública en principio es ejercida por la Administración Pública; la cual es el contenido esencial de la actividad correspondiente al Poder Ejecutivo, y se refiere a las actividades de gestión, que el titular de la misma desempeña sobre los bienes del Estado para suministrarlos de forma inmediata y permanente, a la satisfacción de las necesidades públicas y lograr con ello el bien general; dicha atribución tiende a la realización de un servicio público, y se somete al marco jurídico especializado que norma su ejercicio y se concretiza mediante la emisión y realización del contenido de actos administrativos emitidos ex profeso

Previo a esta Ley de Estatuto existieron leyes similares que ayudaron a establecer el orden parcial de la actividad pública en el País igualmente promover que el funcionario público se identifique como servidor público, que actúa en función de la acción del Estado para llevar a cabo sus fines esenciales y forma parte de una Administración Pública al servicio de la ciudadanía. Se podrán destacar distintos aspectos fundamentales que ayudaron a implementar normas jurídicas para la regulación de la función pública, lo que nos hace ver que esta ley y la regulación que le antecedió cumplieron funciones similares.

La Función Pública es el conjunto de normas, cualquiera que sea su rango y naturaleza, que rigen los Derechos y Obligaciones de personas que prestan sus servicios para la administración pública. Considera que la Función Pública es un empleo definido como el conjunto de funcionesseñaladas por la Constitución, la Ley o el reglamento, que deben ser desempeñadas por una persona natural para atender necesidades permanentes de la administración pública.

Aquel conjunto de normas que constituyendo un todo armónico dentro del ordenamiento jurídico, tiene por objeto regular la relación de servicios para la administración pública. La Función Pública ha tenido su razón y su campo de actuación fundamental en aquellos regímenes cuyas leyes, normas, procedimientos y jurisdicciones diferencian el régimen laboral común y la relación de empleo público.

La Función Pública es una Institución que, como otras de Derecho Público, deben ser examinadas no solo por el ordenamiento jurídico general, es decir, el propio del Derecho Administrativo (en cuya órbita la función se desenvuelve casi íntegramente), y en el Derecho Constitucional (de cuya raíces surge la función), sino, también de la ciencia de la administración, que concierne a eficiencia, organización, economía y moralidad, es decir, lo que se considera como política específica y propia de la administración.

a Ley de Carrera Administrativa, publicada en gaceta oficial el bajo el número 1746, de fecha 23-05-75, pretendía regular los derechos y deberes de los funcionarios públicos, mediante el establecimiento de un sistema de administración de personal estructurado técnicamente sobre la base de méritos. Pero factores como: el clientelismo; la falta de voluntad política para desarrollar un cuerpo de funcionarios al servicio del Estado y no de intereses particulares, sean éstos partidistas, sindicales, burocráticos o tecnocrático; la desviación del legítimo ejercicio de la Administración Pública y las limitaciones del propio instrumento jurídico, no lo hicieron posible.

En su conjunto, el sistema de la función pública de la Ley de Carrera Administrativa fue mixto, integrado por un sistema de administración de personal, propio de los sistemas abiertos de empleo público y por un estatuto de derechos, propio de los sistemas cerrados de carrera puros.

La Ley de Carrera Administrativa permitió, en su momento, estructurar un ámbito de la Administración Pública nunca antes atendido, sin embargo su regulación no alcanzó a prever la evolución de la propia Administración, ni los efectos que sobre las relaciones estatutarias causaría el Derecho Laboral.

Es importante señalar que La administración o Funcion pública tiene su antecedente más remoto en la previsión constitucional de 1947 que ordenaba a dictar un estatuto destinado a regir las relaciones del Estado con los funcionarios y empleados públicos, en el cual se establecerían las normas de ingreso a la Administración y las de ascenso, traslado, suspensión y retiro, ya que en los textos constitucionales anteriores apenas se incluían disposiciones dispersa, consagratorias, sobre todo, de deberes y prohibiciones para los funcionarios públicos como por ejemplo en las constituciones de los años 1929, 1931 y 1936. En efecto, de 1947 se agrupan en un solo capítulo las normas que antes se hallaban diseminadas bajo rubros diferentes de las normas generales y que presiden el funcionamiento del poder público y entre esas normas se incluyó la que impone al estado el deber de dictar un estatuto que regule sus relaciones con empleados y funcionarios públicos.

Durante más de treinta años estuvo vigente la Ley de Carrera Administrativa, sistema de la Función Pública venezolana de carácter mixto, integrado por un sistema de administración de personal, propio de los sistemas abiertos de empleo público y por un estatuto de derechos, propio de los sistemas cerrados o de carreras puros. Dicha Ley pretendió regular los derechos y deberes de los funcionarios públicos, mediante el establecimiento de un sistema de administración de personal estructurado técnicamente sobre la base de méritos. Sin embargo, factores como el clientelismo, la falta de voluntad política para desarrollar un cuerpo de funcionarios al servicio del Estado y no de intereses particulares, sean éstos partidistas, sindícales, burocráticos o tecnocráticos, la desviación del legítimo ejercicio de la Administración Pública y las limitaciones del propio instrumento jurídico no lo hicieron posible.

Constitucionalmente, es a partir de 1947 cuando de una manera clara, se plantea la voluntad de tecnificar las labores del funcionariado. En efecto, la Carta Magna de la época en su artículo 90, disponía que un estatuto regiría las relaciones de los funcionarios con el Estado. En dicho estatuto deberían establecerse normas de ingreso, de ascenso, de traslado, de suspensión y de retiro en la Administración, lo efímero de la vigencia del Texto Constitucional y del régimen político que la aprobara, así como el período político que se abre a partir de 1948 hasta el 23-01- 1958, del gobierno del Gral. Marcos Pérez Jiménez, no propiciaron que el ejercicio de una función pública tecnificada formara parte de la estructura administrativa del Estado. Es bueno señalar, al efecto, que la Constitución de 1953 no sólo eliminó la disposición

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