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Aspectos Esenciales De La Convención Política De Un País, La Constitución Política.


Enviado por   •  26 de Junio de 2014  •  2.527 Palabras (11 Páginas)  •  346 Visitas

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Aspectos Esenciales de la Convención Política de un país, la Constitución Política.

Entre las cuestiones fundamentales que encontramos dentro de una convención política, como lo es la Constitución de un Estado, tenemos los siguientes:

1. Soberanía

2. Deberes y Derechos fundamentales (humanos)

3. Forma de Gobierno

4. Supremacía Constitucional

a. Reformabilidad

b. Inviolabilidad / Inalterabilidad

Tomando en cuenta que la Constitución, es según su término jurídico, una Ley fundamental de un Estado que define el régimen básico de los derechos y libertades de los ciudadanos y los poderes e instituciones de la organización política; de ahí que, las mismas se dividan usualmente en dos partes, una dogmática y una orgánica. Aunado a ello, es menester precisar que es un documento meramente ideológico en razón de que se establece lo que el grupo del poder idealiza.

Lo anterior, sin que sea obligatorio el contener la parte dogmática, pues como señalan diversos autores, entre ellos Giovanni Sartori, lo importante es definir la organización del Estado, pues de antemano se asume que éste respetará y garantizará los derechos humanos inherentes a toda persona, por lo que resulta innecesario que una Constitución contenga la mencionada sección.

Dentro de este entendimiento, en el presente trabajo se analizará cada uno de los aspectos fundamentales en forma esencial.

Así, tomando en consideración los aspectos fundamentales y el orden de importancia de los mismos, comenzamos por analizar el concepto de Soberanía, según el Diccionario de la Real Lengua Española es la autoridad suprema del poder público, o bien, en su diversa acepción, soberanía es la que reside en el pueblo y se ejerce por medio de sus órganos constitucionales representativos.

Bajo este esquema, y tomando en consideración las diversas teorías político-jurídicas que han surgido a lo largo de la historia, vamos a abordar las más relevantes, por una parte la teoría de la autolimitación del Estado o la “autoobligación”, así como teoría de la soberanía popular, la de la soberanía por autoridades, y la soberanía nacional.

Presentada por el alemán George Jellinek, la Teoría de la Autolimitación del Estado o de la Autoobligación, sostiene que la soberanía es una facultad que se determina por el Estado, pues éste es quien se autolimita jurídicamente y se obliga a sí mismo. Sin embargo, esta teoría olvida que el Estado es creado por sus habitantes, que es una creación producto de una convención política, y que son ellos quienes instituyen los límites del Estado, y no éste en sí.

Por su parte, el francés Jean Jaques Rousseau analizó el concepto de soberanía a través de su obra El Contrato Social, en la que refiere que el hombre es bueno por naturaleza, sin embargo, para poder vivir en una sociedad debe ceder parte de su libertad a un ente, en este caso el Estado, el cual proveerá de protección a sus integrantes. A lo anterior, Rousseau lo enuncia como el contrato social, que de forma tácita aceptamos, dando origen a la Soberanía Popular, que no es más que basar la soberanía en la voluntad general, así, para Rousseau el soberano es el pueblo que emerge del pacto social, y decreta la voluntad general manifestada en la ley.

De la teoría de la soberanía popular podemos obtener ciertas características de ésta: infalible, indivisible, inalienable. Afirmando Rousseau que el gobierno era un comisionado del pueblo, ya que únicamente el pueblo es quien ejerce la soberanía.

Por otra parte, tenemos la teoría clásica de la Soberanía, propuesta entre otros, por Jean Bodin en su obra Los seis libros de la República de 1576, en donde manifiesta que la soberanía es el poder absoluto y perpetuo de una República, siendo soberano quien tiene el poder de decisión, de dar leyes sin recibirlas de otro, estando únicamente sujeto a la ley divina y no así a leyes escritas, por ende, según Bodin no hay Estado soberano en virtud de estar sujeto a las leyes de Dios y de la naturaleza, algunas de las cuales están escritas.

Es impreciso lo sostenido por Bodin, sin embargo, para su época (1576) representó una idea trascendental, sin embargo, retomando a Rousseau pues es la teoría de la soberanía que impera desde la revolución francesa (1789) y con la cual estamos de acuerdo, en virtud de ser el pueblo quien ejerce la soberanía a través de las decisiones y acciones que toma, pues es éste quien da la autodeterminación al Estado.

Recordando que bajo esta teoría, el ciudadano es soberano y súbdito a la vez; por una parte favorece la creación de la autoridad y forma parte de ella al crearla, y por otro lado es súbdito de ésta al obligarse a obedecerla.

Finalmente, tenemos la teoría de la Soberanía Nacional del abate Sieyès, quien sostuvo que la soberanía radicaba en la Nación, de modo que debía la autoridad tomar en cuenta a la mayoría del pueblo, tomando en cuenta el legado histórico y cultural, así como los principios bajo los cuales se fundó dicha Nación.

Además, el concepto de nación contemplaría a todos los habitantes de un territorio, sin exclusiones ni discriminaciones. Sieyès indica que los parlamentarios son representantes y no mandatarios, puesto que éstos gozan de autonomía propia una vez han sido electos y ejercerán sus cargos mediando una cuota de responsabilidad y objetividad al momento de legislar, en cambio los mandatarios deben realizar lo que su mandante le indica, en este caso el pueblo.

Así, tenemos que analizadas las anteriores teorías sobre soberanía, tenemos que las que se han adoptado en las constituciones modernas, son la de soberanía popular y la de soberanía nacional, retomándose con más fuerza la teoría de Rousseau después de la Segunda Guerra Mundial en virtud de tener más cercano al pueblo y sus ciudadanos.

De tal modo que, en las constituciones que se analizan y comparan en el presente trabajo, la teoría de La Soberanía Popular es la que impera en nuestro país, por su parte en Chile y Francia, dominan las dos, siendo contradictorio en virtud de que no puede ostentar la soberanía el Pueblo y la Nación en forma conjunta pues son conceptos diferentes.

Pueblo es

Nación es

Para

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