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Audiencia Preliminar


Enviado por   •  6 de Julio de 2011  •  1.635 Palabras (7 Páginas)  •  2.566 Visitas

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Audiencia: Acto de oír los soberanos u otras autoridades a las personas que exponen, reclaman o solicitan alguna cosa. También, ocasión para aducir razones o pruebas que se ofrece a un interesado en juicio o en expediente. Lugar destinado para dar audiencias, las diligencias que se practican ante el juez o tribunal, principalmente para probar o alegar.

Audiencia Preliminar: Es uno de los momentos fundamentales y estelares en el juicio de trabajo, es un acto fundamenta, esencial en el proceso, constituye la primera fase de la primera instancia en el procedimiento oral que la nueva ley ha instituido para oír a las partes en el proceso e incitarlo a la conciliación en la búsqueda de arreglar sus diferencias.

Alternativas de una Audiencia Preliminar

12/2008

Es difícil ser acusado por un delito. Si finalmente se encuentra al acusado culpable del delito por el cual fue arrestado, entonces pocas personas tendrán compasión por los sufrimientos soportados por el acusado mientras estaba siendo juzgado. Sin embargo, para los acusados que son arrestados por un delito que no han cometido, un juicio penal puede ser una verdadera carga.

Por esa razón, existen muchas etapas en un caso penal las que han sido diseñadas para proteger los derechos de los acusados de un delito. Una de las etapas que es de la mayor importancia es la audiencia preliminar para la protección de los derechos de los acusados de un delito.

¿Qué es una Audiencia Preliminar?

El papel de un juez en una audiencia preliminar es determinar si existe suficiente evidencia contra el acusado para ir al juicio. Los jueces utilizan la norma de la causa probable cuando deciden si el caso es susceptible de un juicio. En otras palabras, el juez debe decidir si los fiscales gubernamentales tienen suficiente evidencia para convencer a un jurado razonablemente de que el acusado ha cometido un delito.

Existen partes de la audiencia preliminar que dan la apariencia de un juicio. Tanto el fiscal como la defensa formulan argumentos acerca de porque sí y porque no debería proceder un juicio. El gobierno puede llamar a los testigos e introducir evidencias en la audiencia preliminar y la defensa puede efectuar un examen cruzado de los testigos y refutar la evidencia.

Otros aspectos, tales como la jurisdicción, también pueden decidirse en la audiencia preliminar. Si, por ejemplo, el acusado cree que el caso no ha sido llevado ante el tribunal federal o estatal que le corresponde, entonces el juez puede decidir este aspecto en la audiencia preliminar.

¿Cuándo se Lleva a Cabo la Audiencia Preliminar?

En los estados que llevan a cabo audiencias preliminares, éstas, usualmente, tienen lugar tan pronto sea posible después de que el acusado es arraigado. Algunos estados requieren audiencias preliminares para todos los casos en los que el acusado entra en una negociación de inocencia y otros solamente requieren la audiencia preliminar si se hacen al acusado cargos por felonía.

Algunos estados utilizan un sistema de gran jurado en lugar de la audiencia preliminar. Un sistema de gran jurado es un grupo de ciudadanos ordinarios que escuchan la evidencia producida por los fiscales del gobierno y determina si debe o no haber un juicio.

Es importante recordar el objetivo de una audiencia preliminar. No es papel del juez en la audiencia preliminar decidir si el acusado es culpable o inocente del(os) supuesto(s) delito(s). En lugar de ello, el juez solamente debe decidir si existe una causa probable para creer que el acusado cometió el(os) delito(s). Aún si el juez no encuentra una causa probable de que el delito fue cometido por el acusado y el caso procede al juicio, entonces un jurado todavía puede encontrar que el acusado es inocente.

Si el juez encuentra que no existe una causa probable para que el acusado haya cometido el(os) delito(s), entonces el caso usualmente es desestimado. Si se encuentra que hay una causa probable, entonces el asunto procederá de acuerdo con las reglas del tribunal para la jurisdicción donde el caso está siendo oído.

Audiencia Preliminar

La Audiencia Preliminar es un acto procesal concentrado, que se desarrolla en forma oral y que tiene lugar una vez que se ha instruido la causa. El fin principal de la Audiencia Preliminar Laboral es lograr que las partes negocien y logren a través de la mediación del Juez llegar a un acuerdo para poner fin al proceso. La Audiencia Preliminar la preside y dirige el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución. Este, es el primer acto para el que son emplazadas las partes (art.126) y al que deben comparecer obligatoriamente por sí o por medio de apoderados (art. 129).Se considerará concluida la Audiencia Preliminar, cuando esta ha alcanzado su fin esencial, que no es otro que la conciliación entre las partes y con ello la culminación del proceso; o cuando ha resultado infructuosa la mediación del Juez por no haberla logrado, caso en el cual el proceso continuará su curso y se abrirá una nueva fase ante un Juez distinto

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