ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Boletin 7010 Normas Para Atestiguar


Enviado por   •  23 de Marzo de 2013  •  1.009 Palabras (5 Páginas)  •  1.623 Visitas

Página 1 de 5

Boletín 7010

NORMAS PARA ATESTIGUAR

El boletín 7010 “Normas para atestiguar” se publica en agosto de 2001 entrando en vigor y de aplicación obligatoria para trabajos de atestiguar que se inicien a partir del 1 de diciembre de 2001, recomendándose su aplicación anticipada.

Este boletín nace de la necesidad de la comunidad de negocios, de las autoridades y de la sociedad en general, que cada vez con mayor frecuencia solicitan a los miembros de la Contaduría Pública informes sobre diversos asuntos diferentes a la auditoría de estados financieros.

Las normas para atestiguar no eliminan o modifican a ninguna de las normas de auditoria generalmente aceptadas (Normas de Auditoria) ni a los procedimientos de auditoría.

Las normas para atestiguar no modifican la responsabilidad profesional que tiene el Contador Público de cumplir cabalmente con las Normas de Auditoria cuando es contratado para llevar a cabo una auditoria de estados financieros.

Por tanto las normas para atestiguar no son aplicables cuando el Contador Público realiza una auditoria de estados financieros, ya que en este caso deben aplicarse, sin excepción, las Normas de Auditoria.

Las normas para atestiguar constituyen una guía y establecen un amplio marco de referencia para una variedad de servicios profesionales que cada vez con mayor frecuencia se solicitan a la profesión contable.

Estos servicios requieren de una seguridad sobre aseveraciones o afirmaciones que hace la administración de una entidad, las cuales son diferentes a las contenidas en los estados financieros y en informes distintos a dictámenes.

Las normas para atestiguar son una extensión natural de las normas de auditoría generalmente aceptadas, y al igual que éstas, las normas para atestiguar tratan acerca de la necesidad de competencia técnica, actitud de independencia mental, cuidado y diligencia profesionales, planeación y supervisión, obtención de evidencia suficiente y competente, e información apropiada.

El trabajo de atestiguar, cuya finalidad es la de rendir un informe profesional independiente, debe ser desempeñado por personas que, teniendo título profesional de Contador Público o equivalente, legalmente expedido y reconocido, tengan entrenamiento técnico adecuado así como, tener conocimiento adecuado del asunto del que se trate el trabajo.

El trabajo de atestiguar solamente se puede llevar a cabo si se tiene razón para pensar que existen las siguientes dos condiciones:

1. Es posible evaluar la aseveración a revisar con criterios razonables establecidos por un cuerpo colegiado reconocido o esos criterios se describen en la aseveración, de una manera suficientemente clara y completa para que un lector conocedor esté en posibilidad de entenderlos.

2. La aseveración a revisar puede estimarse y medirse en forma consistente y razonable, utilizando esos criterios.

Existen dos principales diferencias conceptuales entre las normas para atestiguar y las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGA) vigentes. Primero, las normas para atestiguar proporcionan un marco de referencia para la función de atestiguar más allá de los estados financieros. Consecuentemente, las referencias a "estados financieros" y "Normas de Información Financiera", que existen en las NAGA, se omiten en las normas para atestiguar. Segundo, como es aparente en las normas de ejecución del trabajo y de información, las normas para atestiguar regulan el cada vez más creciente número de servicios de atestiguar en los que el Contador Público expresa seguridad inferior del nivel de seguridad que se expresa en la auditoría tradicional

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (6.8 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com