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CELEBRACION DE CONTRATO SIN CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES


Enviado por   •  12 de Junio de 2017  •  Ensayos  •  424 Palabras (2 Páginas)  •  177 Visitas

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ALEGATOS DE CONCLUSION

Buenos días señor juez y los demás presentes en esta audiencia, mi nombre es HÉCTOR JAVIER PEREA RENTERIA me desempeño como fiscal 19 seccional Neiva, para delitos contra la administración pública, para razones de notificación mi dirección es calle 76abis # 80ª-24.

Al inicio de este juicio oral, público y contradictorio esta fiscalía se ha comprometido con su señoría a demostrar más allá de toda duda razonable la responsabilidad de los señores FABIO ROJAS Y ANTONIO SANIN que se desempeñaban como gerente y jefe de presupuesto del hospital de Neiva   en el delito de CELEBRACION DE CONTRATO SIN CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES consagrado en el artículo 410 del código penal. cabe recordar que este es el escenario natural para desplegar una teoría argumentativa que sustente todo lo dicho por el ente acusador, por tal razón después de haber agotado toda la etapa probatoria, todo el debate que se ha llevado a cabo, las pruebas incorporadas y controvertidas en este juicio nos permitirán y le permitirán a usted señor juez tenga suficientes herramientas para llegar a una conclusión sólida, en el debate probatorio que antecedió y que inicio con la teoría del caso de la fiscalía que a continuación va a reafirmarse.

Así las cosas, pudimos observar en este debate probatorio y llegar a la conclusión que los señores FABIO ROJAS Y ANTONIO SANIN si dieron el visto bueno a la adicción de 600 millones de pesos al presupuesto, para realizar la reparación de unas máquinas de diálisis que recientemente habían sido compradas por valor de 2000 millones de pesos, este desembolso se realizó sin la autorización de la junta directiva del hospital que en los casos de adicción presupuestal es obligatoria su consentimiento, quiero que recuerde señor juez los testimonios que trajimos para acreditar esta situación el de MARIANA DURAN Y CARLOS CAMPOS, además de eso quiero recordarle el completo y consistente informe de la contraloría quien nos señalaba la forma en que los hoy acusados orquestaron, organizaron y consumaron este desfalco.

En este sentido señor juez los sujetos activos de la conducta punible antes mencionada no son otros que los señores FABIO ROJAS Y ANTONIO SANIN quienes perpetraron actos contrarios a la legislación colombiana.

Tras esta argumentación señor juez la fiscalía no tiene más que decir solo que estamos frente a un hecho punible cometido por los señores FABIO ROJAS Y ANTONIO SANIN, solicito así señor juez que su sentido del fallo sea de carácter condenatorio por el delito de CELEBRACIÓN DE CONTRATO SIN CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES artículo: 410 del código penal.

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