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CONCEPTOS BASICOS DEL DERECHO PROCESAL


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2012  •  Informes  •  1.063 Palabras (5 Páginas)  •  667 Visitas

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CONCEPTOS BASICOS DEL DERECHO PROCESAL

El derecho penal es la rama del derecho público interno relativa a los delitos, a las penas y a las medidas de seguridad, que tiene por objetivo inmediato la creación y la conservación del orden social.

Como disciplina científica es el conjunto sistemático de principios relativos al delito, a la pena y a las medidas de seguridad.

Mientras el derecho punitivo es conjunto de normas, la ciencia del derecho penal integrase por principios cuyo objeto es el estudio de las normas positivas y fijar la naturaleza del delito, las bases, la naturaleza y los alcances de las responsabilidad y de la peligrosidad, así como la naturaleza, la adecuación y los límites de la respuesta respectiva por parte del Estado.

Mantener el orden social mediante el respeto de los bienes jurídicos tutelados por la ley.

Explicar la justificación del derecho penal.

Objetivo: Normas jurídicas emanadas del poder público que establecen delitos, penas y medidas de seguridad y sus formas de aplicación.

Subjetivo: Potestad jurídica del Estado de Amenazar a la colectividad.

“El primero es la ley y el segundo es la coercibilidad del Estado.”

Distinguir el derecho penal en cuanto a su sentido objetivo y subjetivo.

Dará conceptos estableciendo la diferencia entre derecho penal sustantivo o material y adjetivo o instrumental.

Derecho Penal Sustantivo o material: son las normas relativas al delito, al delincuente y a la pena o medida de seguridad.

Derecho Penal Adjetivo o instrumental: Normas que se ocupan de aplicar el Derecho sustantivo.

“La diferencia es que el primero es la norma aplicable al delincuente, la pena o medida de seguridad y el segundo es la forma de aplicarlo.”

Diferenciar el Derecho Penal como conjunto de normas jurídicas y como disciplina científica.

• Derecho Romano: es el antecedente directo del actual Derecho Mexicano, de modo que diversas instituciones actuales provienen de aquel y ambos guardan una relación estrecha.

• Derecho Civil: Perteneciente al Derecho Privado, diversas figuras y nociones del D. C. Forzosamente van aparejadas al Derecho Penal, pues este implica conocer nociones civiles, por Ej. Para entender el adulterio el incesto y la bigamia se deben conocer que son el Matrimonio, el parentesco y la noción de persona física, asimismo para entender cualquier delito patrimonial se requiere conocer la noción civilista de patrimonio y la clasificación de los bienes.

• Derecho Mercantil: Como rama del Derecho Privado tiene una relación estrecha con el Derecho Penal, pues en materia de sociedades mercantiles y títulos de crédito se presentan diversas figuras típicas.

• Derecho Procesal: Las normas procésales constituyen el complemento indispensable del Derecho Penal Sustantivo, pues el procedimiento Penal es la consecuencia directa que ocurre una vez cometido el delito.

• Derecho Constitucional: en esta se establecen las bases a que debe sujetarse el derecho penal.

• Derecho administrativo: Diversos delitos acontecen en el Ámbito administrativo; esta rama del Derecho Publico Prevé la organización de diversos organismos que atañen al Derecho Penal.

• Derecho Agrario: En esta materia pueden ocurrir innumerables delitos como el despojo de parcelas, otros ilícitos en materia de ejidos que derivan conflictos como lesiones, homi9cidios, etc.

• Derecho del Trabajo: Las relaciones laborales dan origen al surgimiento de diversos delitos, como fraude en materia de salarios, de asensos, plazas y prestaciones diversas, además de lesiones, homicidio, etc. De trabajadores y patrones.

• Derecho Fiscal: En materia impositiva, es frecuente la defraudación fiscal y otros delitos especiales contemplados en el propio código fiscal de la Federación.

• Derecho Internacional: existen delitos en materia Internacional que son objeto de estudio de esta rama del Derecho; incluso, el titulo segundo del C. P. D. F. Los contempla. También se habla de un Derecho Penal Internacional así como de un Derecho Internacional Penal.

• Derechos Humanos: Son los inherentes a la naturaleza humana sin los cuales no se puede vivir como ser humano. En su aspecto positivo, son los que reconoce la C. P. E. U. M. Y los que se recogen en los pactos, convenios y los tratados Internacionales suscritos y ratificados por México.

DIFERENCIA ENTRE CRIMINALISTICA Y CRIMINOLOGIA

Criminalística es la disciplina que aplica fundamentalmente los conocimientos, métodos y técnicas de investigación de las ciencias naturales en el examen de material sensible significativo relacionado con un presunto hecho delictuoso, con el fin de determinar, en auxilio de los órganos de administrar justicia, su existencia, o bien reconstruirlo o bien señalar y precisar la intervención de uno o varios sujetos en el mismo.-

Siendo el estudio de los hechos físicos relacionados con un delito o crimen, realizado para ayudar al investigador en la identificación y reconstrucción del hecho. La mayoría de las disciplinas científicas se ocupan de lo que es común o usual, se relacionan con lo que es poco común e inusitado.-

Para Montiel Sosa "La Criminalística es una ciencia penal auxiliar, que mediante la aplicación de sus conocimientos, metodología y tecnología, al estudio de las evidencias materiales, descubre y verifica científicamente la existencia de un hecho presuntamente delictuoso y al o los responsables aportando las pruebas a los órganos que procuran y administran justicia".-

La Criminología, como ciencia, es una ciencia práctica.-

Criminología: La Criminología puede definirse como la disciplina científica que tiene por objeto el estudio de los factores del delito, de las conductas desviadas relacionadas con él, del delincuente y de su víctima.

La Criminología es una Ciencia. Aporta una información válida, fiable y contrastada sobre el problema criminal; información obtenida gracias a un método (empírico) que descansa en el análisis y observación de la realidad. En consecuencia, la cientificidad de la Criminología solo significa que esta disciplina, por el método que utiliza, está en condiciones de ofrecer una información viable y fiable (no refutada) sobre el complejo problema del crimen, insertando los numerosos y fragmentarios datos obtenidos del examen de éste en un marco teórico definido. Es una ciencia Causal-Explicativa, Empírica e Interdisciplinaria,

La Criminología adquirió autonomía y rango de ciencia cuando el Positivismo generalizó el empleo del Método Empírico, esto es, cuando el análisis, la observación, y la inducción sustituyeron a la especulación y el silogismo, superando el razonamiento abstracto, formal y deductivo del mundo clásico. Someter la imaginación a la observación y los fenómenos sociales a las leyes implacables de la naturaleza era una de las virtudes según Comte., del método positivo, del método empírico.

La Criminología es una ciencia del "ser", Empírica; el derecho, una ciencia cultural del "deber ser".

Derecho constitucional:

La Constitución de cada Estado es la que fija las bases y los límites a los que el Derecho penal deberá sujetarse (limitaciones al ius puniendi), con principios como el de presunción de inocencia, debido proceso, entre otros.

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