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CONTRATOS MERCANTILES La importancia de las obligaciones mercantiles en el Derecho Positivo


Enviado por   •  29 de Octubre de 2017  •  Apuntes  •  13.829 Palabras (56 Páginas)  •  799 Visitas

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CONTRATOS MERCANTILES

La importancia de las obligaciones mercantiles en el Derecho Positivo.

Derecho Positivo. Se denominan así a todas las normas de carácter jurídico que se encuentran vigentes en un lugar y tiempo determinados. Por ejemplo, la Constituci6n Política vigente en nuestro país fue expedida en, 1917, ella se constituye en tanto esté vigente, en derecho positivo. Para comprender mejor lo antes dicho vamos a definir los conceptos de derecho y de positividad. A) Concepto de Derecho. Existe consenso general de que derecho es el conjunto de normas jurídicas obligatorias, cuya inobservancia conllevan a imponer una sanci6n; tales normas tienden a regular la conducta externa de los hombres a fin de consolidar y desarrollar el orden en sociedad.B). Positividad. Desde el punto de vista gramatical este vocablo implica lo cierto, lo verdadero o bien lo que no ofrece duda. En efecto, si, unimos los dos conceptos mencionados se llega al conocimiento de lo debemos entender por derecho positivo. Así, en sentido estricto, se establece como el conjunto de normas que regulan la conducta externa de los hombres, respaldadas para el caso de ser vulneradas de un castigo para el infractor, y- las mismas deben además estar vigentes, esto es, con factibilidad de aplicarse de inmediato porque tienen el reconocimiento social de ser válidas.2. Derecho Positivo Mexicano. Ahora bien, de lo expuesto surge la inquietud de saber, ¿Cuál es el derecho que se encuentra vigente en nuestro país?. Sin lugar a dudas será aquél que se encuentre aprobado por los medios y canales adecuados de difusión y por tanto, constituye el derecho que se aplica en el presente en nuestrc país. Esos medios y canales adecuados pueden sustituir una ley vigente y, en ese momento deja de ser derecho positivo para convertirse en un antecedente histórico de carácter legislativo. Cabe mencionar que en el sistema jurídico mexicano sólo es válida la norma que proviene de una ley, pues esta es la única fuente de nuestro derecho. 1. - El anuncio de la calidad mercantil significa que no pueden existir establecimientos mercantiles ocultos, cerrados o exclusivos si no que deben permitir el paso a los consumidores y anunciarse, para garantizar el libre acceso a la población.Cabe la posibilidad de que los establecimientos seleccionen su clientela cuándo se dirijan a un segmento a un segmento muy definido de compradores y que solo a estos les permitan el acceso pero siempre anunciando su calidad y él limite de las características que deben llenar sus clientes. Obligación de llevar contabilidad.- consiste en él deber de conservar de manera organizada los documentos y evidencias de las operaciones que realiza el comerciante para poder demostrar que en cualquier momento todos los movimientos de su patrimonio.Los comerciantes cuándo son personas físicas deben llevar contabilidad por sus operaciones realizadas como tales ya que como simples personas no tienen obligación de contabilizar sus actos privados.Las sociedades mercantiles, contabilizan todos sus hechos económicos mediante los siguientes libros..a) libro de mayor..b) libro de diario..c) libro de actas de asambleas.- en donde aparezcan las aprobaciones a su información financiera y a sus salarios de sus administradores..d)libro de registro de socios - Obligación de conservar su correspondencia.- relativa a sus operaciones mercantiles tanto, la recibida como la copia de la enviada a sus clientes y proveedores. Normalmente esta correspondencia que incluye documentos de comercio como contratos, que se convierten en elementos de contabilidad por que son evidencias de los negocios realizados.Tanto la contabilidad como la correspondencia deben conservarse durante diez años. Es posible que se reglamente el uso de sistemas de scanner para sustituir al papel en los archivos conforme de diferentes paquetes que existen en materia de informática legal.. - Obligación de especular.- que implica la búsqueda de ganancias mediante la toma de riegos al concurrir al mercado. Esta obligación equivale al deber de buscar ganancias de acuerdo alas condiciones del mercado.. - Obligación de publicidad.- que consiste en que las sociedades mercantiles se inscriban al registro publico de comercio correspondiente a la ciudad donde se ubique su domicilio social. En dicho registro se anotaran los datos relativos a la fundación de las compañías, las modificaciones a sus estatutos, las designaciones de sus administradores y apoderados y sus principales contratos que celebren, así como las sentencias judiciales que afecten su vida u operación.Las personas físicas dedicadas al comercio tienen derecho a inscribirse en dicho registro de manera voluntaria.El registro publico de comercio es una institución que tiene por objeto registrar la información esencial de los comerciantes haciéndola publica mediante un sistema de consulta abierto para que cualquier persona pueda enterrarse de dicha información. El registro puede expedir confianza sobre los hechos registrados a petición de cualquier persona. Cuando un acto que deba inscribirse no se registre solo producirá efectos entre quienes lo celebraron pero no perjudicara a terceros, quienes podrán aprovecharse de tales circunstancias.

En que consiste la consensualidad mercantil

Acuerdo de voluntades para crear o transmitir derechos y obligaciones; es una especie dentro del género de los convenios. El contrato crea derechos reales o personales, o bien los transmite; pero el contrato no puede crear derechos distintos. El contrato no puede referirse ni a la creación ni a la transmisión de derechos no patrimoniales. En los derechos y obligaciones que engendra o transmite el contrato, no solo hay derechos personales, sino también reales. Existen contratos que originan exclusivamente derechos personales, otros que crean derechos reales y personales, y puede haber contratos que exclusivamente tengan el objeto dar nacimiento a derechos reales. El contrato consignatorio se regirá por lo siguiente:I. El consignatario tendrá la obligación de pagar el precio pactado con el consignante o de devolver el bien, salvo lo dispuesto por el tercer párrafo, de la fracción VI, de este artículo.II.- El consignante transmitirá la posesión de los bienes al consignatario, y en su momento, la propiedad de los mismos al adquirente; en caso contrario, estará obligado a responder por los daños y perjuicios causados, así como por el saneamiento en caso de evicción de los bienes dados en consignación o por los vicios ocultos respectivos.III.- Las partes contratantes podrán pactar una retribución para el consignatario que consistirá en una suma determinada de dinero, en un porcentaje sobre el precio de venta o en algún otro beneficio, pudiéndose facultar al consignatario para que retenga el porcentaje establecido en el contrato.Si el bien objeto del contrato

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