ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Calendario Oficial De Suspensión De Labores Del Instituto Nacional De Estadística Y Geografía Para El año 2014.


Enviado por   •  27 de Enero de 2014  •  582 Palabras (3 Páginas)  •  680 Visitas

Página 1 de 3

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO OFICIAL DE SUSPENSIÓN DE LABORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA PARA EL AÑO 2014.

Con fundamento en los artículos 26 Apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 29 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado reglamentaria del apartado B del artículo 123 Constitucional, 52, 76 último párrafo y 77 fracción XIV de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, 5 fracción XIV del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, el Decreto por el que se reforma el Artículo Segundo del Decreto por el que se establece el Calendario Oficial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2006, y 45 de las Condiciones Generales de Trabajo del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y

Considerando

Que la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, reconoce expresamente en el párrafo tercero de su artículo 76, que las relaciones laborales de los trabajadores del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Instituto), se sujetarán a lo dispuesto en el apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Que el artículo 29 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B del artículo 123 Constitucional, establece que serán días de descanso obligatorio los que señale el Calendario Oficial.

Que el Decreto que reforma el Artículo Segundo del Decreto por el que se establece el Calendario Oficial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2006, determinó modificaciones al Calendario Oficial.

Que en adición a lo establecido por el Calendario Oficial vigente, el artículo 45 de las Condiciones Generales de Trabajo del Instituto, determina el 8 de julio, día del trabajador del Instituto, como día de descanso obligatorio.

Que existen fechas de descanso que han sido otorgadas a los trabajadores del Instituto, en forma reiterada durante años anteriores.

Que de igual forma es menester determinar los días que no se considerarán hábiles en el Instituto, por lo que los miembros de su Junta de Gobierno, han tenido a bien aprobar el siguiente:

ACUERDO

UNICO.- Se establecen como días de suspensión de labores del Instituto, para el año 2014, durante los cuales no correrán plazos ni vencerán términos legales, además de los sábados y domingos, los siguientes:

1o. de enero

El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (3 de febrero)

El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (17 de marzo)

17

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (4 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com