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Conceptos generales para Marco Jurídico


Enviado por   •  5 de Noviembre de 2021  •  Síntesis  •  447 Palabras (2 Páginas)  •  73 Visitas

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Marco Jurídico 5to Año Escuelas Técnicas

DERECHOS, OBLIGACIONES, RESPONSABILIDAD Y TIPOS DE PERSONAS

Conceptos previos:

Derechos: Son las acciones que pueden hacerse en el contexto de una sociedad, en tanto uso racional de la libertad, es decir sin entorpecer el mismo derecho igualitario de otra u otras personas.

Obligaciones: son las acciones que deben hacerse o cumplirse. La obligación implica la existencia de un mandato social, escrito o moral que lleva a las personas a cumplir ese deber, bajo la condición de que si no se cumple queda una deuda “social” o vacío que conlleva consecuencias. Toda orden, normativa o reglamentación de carácter obligatorio no cumplimentada trae aparejada como componente indivisible un aspecto sancionatorio.

Los derechos y obligaciones subyacen a las relaciones o vínculos sociales, naturales o creados.

Personas físicas: son los seres humanos; es todo miembro de la especie humana susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones. Se las llama también personas de existencia visible, de existencia real, física o natural.

Persona jurídica: es todo ente (ideal) con capacidad para adquirir derechos y obligaciones y que existe socialmente, pero no como individuo, sino como institución; es creada por una o más personas físicas para cumplir un objetivo social, con o sin ánimo de lucro. Son entidades con capacidad para actuar como sujetos de derecho, adquirir bienes, contratar, etc. La ley les asigna una identidad, llamada personería jurídica. Por ejemplo, las asociaciones cooperadoras, ONG, colegios profesionales, etc.

Responsabilidad: implica la capacidad de una persona (física o jurídica) para hacerse cargo de sus actos o los de otros, y las consecuencias. Precisamente el término responsabilidad deriva de responder: desde esta faz implica responder por las consecuencias de los actos propios o de terceros. Desde este punto de vista, está directamente relacionado con las obligaciones. El cumplimiento o incumplimiento de una obligación conlleva necesariamente responsabilidades.

Ahora bien, responsabilidad y culpabilidad no es lo mismo. La culpa refiere a la atribución a una persona de los actos culpables, es decir el hacedor de un daño o perjuicio.

Un sujeto puede haber cometido un error y ser culpable de dicho acto, pero no necesariamente responsable.

Por otro lado, puede sí una persona ser culpable y responsable si la situación así lo justifica.

Culpabilidad y responsabilidad pueden o no correr por el mismo carril.

Hasta que los hijos cumplan mayoría de edad, los padres son responsables de sus actos. Un obrero de una empresa constructora puede cometer un hecho que acarrea un accidente del cual es culpable, pero la responsabilidad recae en el patrón. Quien contrata mano de obra es responsable por la mano de obra contratada.

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