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Constitucion Politica Del Peru De 1856


Enviado por   •  20 de Abril de 2014  •  1.649 Palabras (7 Páginas)  •  413 Visitas

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Constitución de la República Peruana de 1856

Constitución de la República Peruana

Constitucion de Peru 1856.jpg

Tipo de texto Texto constitucional

Ratificación 13 de octubre de 1856

Promulgación 19 de octubre de 1856

Derogación 13 de noviembre de 1860

Ubicación Perú

Autores Convención Nacional del Perú

Signatarios Ramón Castilla

Ministros de Estado

Diputados de la Convención Nacional

La Constitución de la República Peruana de 1856 fue la sexta Constitución política que rigió en el Perú, elaborada y aprobada por una Asamblea Constituyente que con el nombre de Convención Nacional se reunió en Lima en 1855, luego del triunfo de la revolución liberal sobre el gobierno de José Rufino Echenique, acusado de corrupción, en la batalla de La Palma. Fue promulgada el 19 de octubre de 1856, por el presidente provisorio de la República, mariscal Ramón Castilla. Tuvo una tendencia marcadamente liberal, antimilitarista, descentralista y un sesgo anticlerical, que suscitó la guerra civil de 1856-1858, tras la cual se estableció una Constitución de consenso en 1860, que se convirtió en la más duradera de la historia peruana.

Índice

1 Reunión de la Convención Nacional

2 Discusión y promulgación

3 Estructura

4 Principales disposiciones

5 Fin

6 Bibliografía

7 Véase también

8 Enlace externo

Reunión de la Convención Nacional

Triunfante la revolución liberal a principios de 1855, se instaló un gobierno provisional con el general Ramón Castilla como Presidente, en cuyo gabinete ministerial figuraban conspicuos liberales como Pedro Gálvez Egúsquiza, Manuel Toribio Ureta y Domingo Elías. Siguiendo la tendencia pendular de la política peruana, luego de un gobierno conservador se dio así pase a otro de carácter liberal, aunque Castilla, en el fondo, no comulgase con el liberalismo.

Castilla convocó a elecciones para la reunión de una Asamblea Constituyente o Convención Nacional, cuyo misión sería reformar la Constitución conservadora de 1839. Por primera vez se convocó a elecciones con sufragio directo y universal: directo, pues no se elegiría a los Colegios Electorales, sino directamente a los representantes del nuevo Congreso; y universal, porque todos los peruanos votarían sin ninguna limitación, sin importar ser analfabeto o no tener fortuna.

Realizadas las elecciones y elegidos los representantes de la Convención Nacional, esta se instaló el 14 de julio de 1855. Su primera medida fue la ratificación de Castilla como Presidente Provisorio; luego dictó un Estatuto Provisorio, promulgado por Castilla el 27 de julio de ese mismo año. En dicho Estatuto, que debía regir mientras se discutiera la nueva Constitución, quedaron fijados las atribuciones del Jefe de Estado y señaladas las garantías individuales y nacionales.

Discusión y promulgación

Retrato de don Ramón Castilla.

Reafirmado en el poder, Castilla, de naturaleza autoritaria, se separó de sus ministros liberales y convocó a sus amigos. Se iniciaba así el rompimiento con el bando liberal.

En la Convención Nacional surgió una tensa disputa entre la mayoría liberal y la minoría conservadora partidaria de Castilla. El más notable de los tribunos liberales era José Gálvez Egúsquiza. La Convención, además de funcionar como asamblea constituyente, ejerció el Poder Legislativo en toda su extensión, dictando leyes de carácter permanente y también circunstancial. Por fin, después de grandes debates, en octubre de 1856 se terminó de discutir la nueva Constitución, de marcado carácter liberal, que reemplazaba a la Constitución conservadora de 1839.

El Presidente Castilla juró esta Constitución que fue promulgada el 19 de octubre de 1856, pero expresó su disconformidad con ella, sobre todo por la disminución de las atribuciones del presidente, aumentando así la situación de tirantez entre el Gobierno y el Congreso. Para agravar las cosas estalló en Arequipa la revolución conservadora del general Manuel Ignacio de Vivanco que derivó en la sangrienta guerra civil de 1856-58.

La Convención fue disuelta el 2 de noviembre de 1857 por una patrulla de soldados a órdenes del coronel Pablo Arguedas, quienes aprovecharon que Castilla se hallaba asediando la ciudad de Arequipa. Si bien Castilla condenó este acto, era evidente que tal situación le convenía, tanto así que una vez que retornó a Lima no restituyó el parlamento e incluso envió al destierro a los principales líderes liberales.

Estructura

Constaba de 140 artículos, ordenados en 19 títulos.

Título I: De la nación

Título II: De la religión.

Título III: Garantías nacionales.

Título IV: Garantías individuales.

Título V: De los peruanos.

Título VI: De la ciudadanía.

Título VII: De la forma de gobierno.

Título VIII: Del poder legislativo.

Título IX: Cámaras legislativas.

Título X: De la formación y promulgación de las leyes.

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