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Contrato De Deposito


Enviado por   •  23 de Mayo de 2012  •  1.342 Palabras (6 Páginas)  •  820 Visitas

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Contrato de Depósito Mercantil:

Regulado por el Código de Comercio, y referidas al depósito irregular y al depósito en Almacenes Generales de Depósito (Decreto 1746). En ambos se hace referencia a depositarios profesionales (Almacenes de Depósito o Bancos).

 Concepto

Es aquel por medio del cual una persona llamada depositante, entrega una cosa a otra llamada depositario, para su guarda y custodia, quien adquiere la obligación de devolverla dentro del plazo establecido. (1974 CC); “por el contrato de depósito una persona recibe de otra alguna cosa para su guarda y conservación, con la obligación de devolverla cuando lo pida el depositante, o la persona a cuyo favor se hizo o cuando lo ordene el Juez.”

Requisitos para que sea depósito mercantil:

1. Que al menos uno de los sujetos sea comerciante - “hecho de dedicarse profesionalmente a recibir depósitos” – servicio de depósito es una actividad mercantil. (Art. 2 y 3 CCo.)

2. Que las cosas depositadas sean objeto de comercio

3. Que el depósito constituya una operación mercantil.

 Elementos

1. Personales: Al menos uno de ellos debe ser comerciante.

a. Depositante: entrega el bien y debe retribuir al

b. Depositario: recibe el bien para su guarda y custodia y debe restituirlo en el plazo determinado.

2. Reales:

a. Objeto: cosas que se encuentren dentro del comercio, fungibles o no fungibles.

b. Precio: retribución que debe pagar el depositante al depositario.

3. Formales: Varia según la naturaleza y organización empresarial del sujeto depositario. Puede ser que se formalice mediante simple acuerdo verbal, por un contrato de adhesión; y por escrito, como en el caso del deposito bancario o el que se hace en los almacenes generales de depósito.

 Características

1. contrato de conservación y custodia – se asume la misma

2. es un contrato real – perfecciona con entrega

3. bilateral

4. oneroso

5. conmutativo

6. principal o accesorio

7. intuito personae (confianza en el depositario).

 Modalidades

Clases de depósito:

1. Por la retribución:

a. Retribuido: casi en todos los casos

b. Gratuito: en casos excepcionales.

2. Por su objeto:

a. de dinero

b. de títulos valores

c. de mercancías en general

3. Por la forma de constituirse los depósitos de numerario:

a. con o sin especificación de monedas

b. abiertos y cerrados o sellados

4. Por las obligaciones del depositario:

a. simple

b. administrado, cuando se trata de títulos valores o documentos que devenguen intereses.

5. Según su contenido:

a. Regular: su contenido típico es conservar la cosa y devolverla con sus aumentos al depositante, la restitución pone fin al contrato. La responsabilidad del depositario en cuanto a la conservación de la cosa es amplia, ya que por la retribución que recibe debe tener especial cuidado en asegurar la misma, será responsable por los daños causados por malicio o negligencia, así como por los causados por la naturaleza o vicio de las cosas. En el caso de depósito de dinero ya sea con especificación del numerario o se entreguen sellados.

b. Irregular: Cuando el depositario hace suya la cosa recibida, limitándose su obligación a devolver una cantidad igual. Esto surge en el depósito de cosas fungibles, el depositario adquiere su propiedad y puede consumirlas, devolviendo al final otras de la misma especie y calidad.

Depósitos Mercantiles Especiales:

A. Depósito en almacenes generales de depósito:

Certificado de Depósito:

 Definición

Es un título de crédito representativo de la propiedad de los productos o mercancías depositadas en un almacén general de depósito, que contiene el contrato celebrado entre depositante y depositario. El título representa el derecho de propiedad sobre el objeto depositado.

 Características

1. El librador del título solo puede ser un almacén general de depósito.

2. El obligado es siempre el almacén.

3. El tenedor del título es el depositante

4. Es un título nominativo (para que circule el tenedor inicial puede hacerlo circular mediante el endoso, entrega del título y cambio del registro en la persona del creador)

5. Contiene el contrato de depósito, contenido en machos prerredactados (contrato de adhesión) aprobados por la Superintendencia de Bancos.

6. Requisitos del título:

a. nombre y dirección almacén emisor,

b. indicación clara y precisa que es o no un título transferible,

c. nombre y dirección de la persona a favor de quien se emite

d. descripción de los productos y mercancías depositadas

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