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DELITOS DE INSTANCIA PRIVADA


Enviado por   •  20 de Marzo de 2014  •  2.451 Palabras (10 Páginas)  •  430 Visitas

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DELITOS DE INSTANCIA PRIVADA

EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL

Entendida como la movilización de los mecanismos del Estado, para aperturar la persecución penal como consecuencia de la comisión de un hecho delictivo.

En los delitos perseguibles de oficio, el titular de la acción penal es el Ministerio Público; y en los delitos para cuyo enjuiciamiento se requiere instancia privada, el titular de la acción penal es la víctima; en este caso, se sigue el procedimiento especial para los delitos dependiente de instancia de parte.

DELITOS DE ACCIÓN PÚBLICA

El Art. 24 del COPP se refiere al EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL EN LOS DELITOS DE ACCIÓN PÚBLICA, ratificando el principio de la titularidad de la acción penal del Ministerio Público, concretándose de esta manera los principios de oficialidad y legalidad determinantes en el carácter específicos de algunas instituciones que determinan la naturaleza del proceso acusatorio.

DELITOS DE INSTANCIA PRIVADA

En los delitos de instancia privada, el titular de la acción penal es la víctima y su enjuiciamiento se hará conforme al procedimiento especial (Arts. 391 y sigtes. COPP); no obstante, por aplicación de la norma supletoria contenida en el Art. 353 COPP, en lo no previsto y siempre que no se opongan a ellas, se aplicarán las reglas del procedimiento ordinario.

El Art. 25 COPP establece:

“Sólo podrán ser ejercidas por la víctima, las acciones que nacen de los delitos que la ley establece como de instancia privada, y su enjuiciamiento se hará conforme al procedimiento especial regulado en este Código…”

Esta disposición contempla dos excepciones:

1. En los delitos contra las buenas costumbres y el buen orden de las familias bastará la denuncia por la víctima o por sus representantes legales o guardadores, si aquella fuere entredicha o inhabilitada ante el Fiscal del Ministerio Público o ante los Órganos de Policía de Investigaciones Penales competentes.

2. Cuando la víctima no pueda hacer por sí misma la denuncia o la querella, a causa de su edad o estado mental, ni tiene representantes legales, o si éstos están imposibilitados o complicados en el delito, el Ministerio Público está en la obligación de ejercer la acción penal.

Es de hacer notar que en los supuestos anteriormente señalados el perdón, desistimiento o renuncia de la víctima pondrá fin al proceso, salvo que se tratare de un menor de 18 años.

Análisis de los Artículos del Código Penal Venezolano Vigente

Titulo I

De los Delitos Contra la Independencia y Seguridad de Nación.

Capítulo I

De la Traición a la Patria y otros delitos contra está.

Art. 128 al 142

Por su contenido indudablemente que son de Acción Pública, bajo la titularidad del Ministerio Público.

Capítulo II

De los Delitos contra los Poderes Nacionales y de los Estados.

Art. 144 al 151

Art. 151. El enjuiciamiento por los hechos de que hablan los artículos precedentes no se hace lugar sino mediante requerimiento de la persona o cuerpo ofendido, hecho por conducto del representante del Ministerio Público, ante el Juez competente.

Capítulo III

De los Delitos contra el Derecho Internacional.

Art.152 al 165

Articulo 158. Cualquiera que por acto de menosprecio a una potencia extranjera, arrebate, rompa o destruya la bandera o cualquier otro emblema de dicha nación, será castigado con arresto en fortaleza o cárcel política por tiempo de uno a seis meses. El enjuiciamiento no se hará lugar sino a instancia del Gobierno extranjero.

Articulo159. En los casos de delitos cometidos contra los representantes de potencias extranjeras acreditadas cerca del Gobierno de Venezuela, en razón de sus funciones, se aplicarán las penas establecidas para los mismos hechos cometidos contra los funcionarios públicos venezolanos, por razón de sus funciones. Si se trataré de ofensas cometidas, el enjuiciamiento no podrá hacerse lugar sin mediante la instancia correspondiente de la parte agraviada.

Título II

Delitos contra La Libertad.

Capítulo I

Delitos contra las Libertades Políticas. Art. 166

Por su contenido indudablemente que son de Acción Pública, bajo la titularidad del Ministerio Público.

Capítulo II.

Delitos contra la Libertad de Cultos

Art.167 al 172.

Por su contenido indudablemente que son de Acción Pública, bajo la titularidad del Ministerio Público.

Capítulo III

Delitos contra la Libertad Individual.

Art. 173 al 182.

Por su contenido indudablemente que son de Acción Pública, bajo la titularidad del Ministerio Público.

Capítulo IV

Delitos contra la Inviolabilidad del domicilio.

Art. 183 y 184.

Por su contenido indudablemente que son de Acción Pública, bajo la titularidad del Ministerio Público.

Capitulo V

Delitos contra la inviolabilidad del Secreto.

Art. 185 a 190

Art.190. En lo que concierne a los delitos previstos en los artículos 185, 186,187 y 189 siempre que el hecho no hubiese ocasionado algún perjuicio que interese al orden público, el enjuiciamiento no se hará sino por acusación de la parte agraviada.

Capítulo VI

Delitos contra la Libertad del Trabajo.

Art. 191 al 193

Por su contenido indudablemente que son de Acción Pública, bajo la titularidad del Ministerio Público.

Título III

De los Delitos contra la Cosa Pública.

Capítulo I

Del Peculado Art. 194

Por su contenido indudablemente que son de Acción Pública, bajo la titularidad del Ministerio Público.

Capítulo II

De la Concusión

Art. 195 y 196.

Por su contenido indudablemente que son de Acción Pública, bajo la titularidad del Ministerio Público.

Capítulo III

De la Corrupción de Funcionarios.

Art. 197 al 202.

Por su contenido indudablemente que son de Acción Pública, bajo la titularidad del Ministerio Público.

Capítulo IV.

De los abusos de la autoridad y de las infracciones de los deberes de los funcionarios públicos.

Art. 203 al 208

Por su contenido indudablemente que son de Acción Pública, bajo la titularidad del Ministerio Público.

Capitulo V

De los abusos de los ministros de culto en el ejercicios de sus funciones.

Art. 209 al 212

Por su contenido indudablemente que son de Acción Pública, bajo la titularidad del Ministerio

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