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DEMANDA DE DESPIDO INJUSTIFICADO


Enviado por   •  10 de Abril de 2014  •  3.352 Palabras (14 Páginas)  •  681 Visitas

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Actor: Arnulfo Arellano Antimo

Vs.

Plega Envases de Occidente, S.A. de C.V.

Escrito inicial de demanda por despido injustificado

H. JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN

Y ARBITRAJE DEL ESTADO

PRESENTE.

ALBERTO SOLORIO BECERRA, PATRICIA GUILLERMINA SEPÚLVEDA GARCIA, FRANCISCO JAVIER GUTIERREZ DE JESUS, JORGE ADRIAN GARCIA SANCHEZ, DANIELA PAZ VÉLEZ, MARTHA ALICIA VAZQUEZ MARQUEZ, HUGO ENRIQUE CONTRERAS HERRERA Y FERNANDO ANTONIO LOPEZ PAMPLONA mexicanos mayores de edad, abogados, señalando domicilio para recibir notificaciones el ubicado en la finca marcada con el numero 705 setecientos cinco interior 3 tres de la calle Pavo, en el Sector Juárez de esta ciudad, con el debido respeto comparecemos ante usted a:

E X P O N E R:

Como apoderados especiales del Trabajador ARNULFO ARELLANO ANTIMO, personería que acreditamos con la carta poder que para tal efecto se acompaña al presente escrito, nos presentamos a entablar formal DEMANDA LABORAL ORDINARIA POR DESPIDO INJUSTIFICADO, en contra de la fuente de trabajo ubicada en la calle Doctor Ángel Leaño, número 401 cuatrocientos uno en el Fraccionamiento Robles, Código Postal número 45200 cuarenta y cinco mil doscientos, en el municipio de Zapopan, Jalisco, la que se hace denominar “PLEGA ENVASES DE OCCIDENTE, S.A. DE C.V.”, a través de la persona o personas que resulten ser su o sus propietarios o representantes legales, pudiendo los antes señalados ser notificados en el mismo domicilio de la fuente de trabajo demandada y mencionada anteriormente, la cual se dedica al DISEÑO E IMPRESIÓN DE ENVASES Y EMPAQUES EN GENERAL; personas que demandamos por los siguientes

C O N C E P T O S:

A) Por la REINSTALACIÓN en los puestos que venía desempeñando en dos turnos: el primero, como montacarguista en el horario de las 8:00 ocho horas a las 14:00 catorce horas; y el segundo como coordinador de inventarios almacén Servigraf de dicha empresa, de las 14:00 catorce horas a las 18:00 dieciocho horas, con las condiciones y funciones que realizaba al momento de ser despedido injustificadamente, lo anterior con fundamento en el artículo 123 Constitucional y 48 de la Ley Federal del Trabajo.

B) Por el pago de SALARIOS VENCIDOS desde la fecha en que se llevó a cabo el despido, hasta el momento en que se cumplimente el laudo, de conformidad con los numerales que se mencionan en el párrafo que antecede, todo lo anterior deberá pagarse con salario diario integrado en términos de lo previsto por el artículo 89 de la citada ley laboral.

C) Por el pago de las VACACIONES y PRIMA VACACIONAL en los términos de los artículos 76 y 80 de la LEY FEDERAL DEL TRABAJO, correspondientes al año 2009 dos mil nueve y proporcionales al año 2010 dos mil diez.

D) Por el pago de los AGUINALDOS en los términos del artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo que le adeudan al trabajador Arnulfo Arellano Antimo, correspondientes al año 2009 dos mil nueve y proporcionales al presente año.

E) Por el pago de PRIMA DE ANTIGÜEDAD, consistentes en el importe de doce días de salario, por cada año de servicios en los términos del artículo 162 de la Ley laboral.

F) Por la acreditación del pago de las aportaciones al IMSS, INFONAVIT y AFORES desde el momento en que empezó a trabajar el actor y hasta la fecha en que fue despedido, solicitando se gire oficio de manera subsidiaria para que en su caso, se finque la constitución del capital que se haya gestado por la omisión, tanto de la falta de inscripción como el pago de las aportaciones correspondientes.

J) Por el pago por concepto y entrega de la PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES que al trabajador actor le corresponden conforme a la última declaración fiscal que hizo la demandada ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y conforme a lo ordenado en los artículos 120 al 123, 784 fracción XIII, 804 fracción IV y 805 de la Ley Federal del Trabajo.

A N T E C E D E N T E S:

1.- El trabajador vino laborando para los demandados conforme a los siguientes datos y condiciones de trabajo:

A).-ANTIGÜEDAD: La relación laboral inició, mediante contrato de prestación de servicios con fecha 28 veintiocho de junio del 2000 dos mil, por tiempo indefinido, creando así el trabajador Arnulfo Arellano Antimo, una antigüedad de nueve años y un mes.

B). ACTIVIDAD.- Al trabajador, en el tiempo que laboró en la empresa hoy demandada, le fueron asignando diferentes cargos que a continuación mencionamos:

Cargo Tiempo laborado

1.- Guillotinista 3 años (2000-2003)

2.- Jefe de guillotina 1 año (2003-2004)

3.- Coordinador de almacenes 3 años (2004-2007)

En el año 2007 dos mil siete fue trasladado a otro departamento de la empresa PLEGA ENVASES DE OCCIDENTE, S.A. DE C.V., conocido como Servicios para las Artes Gráficas de Guadalajara, S.A. de C.V., trabajando de:

Cargo Tiempo laborado

1.- Guillotinista 1 año (2007-2008)

2.- Tanto de Montacarguista como Hasta el día que fue objeto

de coordinador inventarios de despido injustificado.

Almacén servigraf (2008- Enero 2010)

C). SALARIO: Se estableció al inicio de su relación de trabajo, el pago de $95.00 (noventa y cinco pesos 00/100 M.N.) diarios como monto por su servicio subordinado, cantidad que aumentó conforme fue cambiando de labores durante todo su periodo laboral, ascendiendo a $202.40 (doscientos dos pesos 40/100 M.N.) diarios, monto que por semana daba una cantidad de $1,416.80 (mil cuatrocientos dieciséis pesos 80/100 M.N.), más $100.00 (cien pesos 00/100 M.N.) por concepto de bono por puntualidad, quedando desglosado así su salario semanal:

CONCEPTO IMPORTE

Séptimo día $202.40

Bono por puntualidad $100.00

Salario $1214.40

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Total $1516.80 (mil quinientos dieciséis

pesos 80/100 M.N.)

El sueldo en mención le era pagado al trabajador mediante depósito a la cuenta de banco Banamex, con número de cuenta 5177126217926699, bajo los conceptos de:

1.-Abono por nómina:

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