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DEMANDA DE DIVORCIO INCAUSADO


Enviado por   •  3 de Enero de 2014  •  1.788 Palabras (8 Páginas)  •  6.721 Visitas

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C. JUEZ FAMILIAR ORAL DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHETUMAL, QUINTANA ROO.

P R E S E N T E.

CIPRIANO TORRES LÓPEZ, mexicano por nacimiento, mayor de edad legal, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos aún los de carácter estrictamente personal, el ubicado en la avenida Álvaro Obregón, número 504, esquina con avenida Revolución, Col. del ISSSTE, de esta ciudad de Chetumal, Quintana Roo, y autorizo para los mismos efectos a los Licenciados en Derecho Emir Machain Ramírez y Linda Ruperta Osorio Leo, indistintamente el uno del otro, a quienes otorgo la representación legal para que me puedan asistir jurídicamente en todas las audiencias que se lleven a cabo, fungiendo como mis abogados patronos y con facultades amplias para verificar el convenio correspondiente, en caso de hacer uso de algún medio alterno de resolución de conflictos; ante Usted, con el debido respeto comparezco para exponer lo siguiente:

Con fundamento en los artículos 892 Fracción VI, 985 BIS y demás relativos aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de Quintana Roo, por medio de la vía civil, VENGO A SOLICITAR LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL EXISTENTE CON MI CÓNYUGE A TRAVÉS DE LA PRESENTE DEMANDA DE DIVORCIO INCAUSADO, TODA VEZ QUE ES MI VOLUNTAD NO CONTINUAR CON EL MATRIMONIO QUE TENGO CELEBRADO CON LA C. SAIDE ROSALÍA GONZÁLEZ MALDONADO, quien puede ser debidamente emplazada en su domicilio ubicado en la calle Felipe Ángeles, número 528-a, esquina con la calle Ignacio Manuel Altamirano, de la colonia Adolfo López Mateos, de esta ciudad de Chetumal, Quintana Roo, de quien demando las siguientes:

P R E S T A C I O N E S

a) La disolución del vínculo matrimonial que me une con la C. Saide Rosalía González Maldonado.

Baso la presente demanda en los hechos y Derechos que a continuación señalo:

H E C H O S

I. En fecha nueve de septiembre del año mil novecientos ochenta y uno, el suscrito contrajo matrimonio civil con la C. Saide Rosalía González Maldonado, bajo el Régimen de Sociedad Conyugal, lo cual se da constancia con la copia debidamente certificada y copia simple para cotejo, del acta de matrimonio con número de folio 1619544, expedida por la Oficialía 04 del Registro Civil, de esta ciudad de Chetumal, Quintana Roo, misma que se anexa a la presente demanda; sin embargo desde hace tres años vivimos separados, por lo que no hay razón por la que siga subsistiendo el matrimonio citado.

II. Al principio de nuestro matrimonio nuestro hogar fue de armonía y respeto mutuo, y establecimos como nuestro último Domicilio Conyugal hasta el día de nuestra separación definitiva, el ubicado en la calle Felipe Ángeles, número 528-a, esquina con la calle Ignacio Manuel Altamirano, de la colonia Adolfo López Mateos, de esta ciudad de Chetumal, Quintana Roo.

III. Resultado de nuestro matrimonio procreamos dos hijas de nombres SAIDE DEL CARMEN y MARIE MICHELLE, ambas de apellidos TORRES GONZÁLEZ, según lo acredito con la copia certificada del acta de nacimiento con numero de control 1623000, de la Oficialía numero 04, del Registro Civil del Estado de Quintana Roo, y con la copia certificada del acta de nacimiento con numero de control 1617870, de la Oficialía Central, del Registro Civil del Estado de Quintana Roo, respectivamente.

IV. Como todo matrimonio teníamos problemas comunes en nuestra relación conyugal, pero con el transcurso del tiempo éstos se fueron agravando, ya que tuve necesidad de viajar a otros estados de la república constantemente por motivos de trabajo, para obtener mejores ingresos, situación que no le pareció a la hoy demandada, por lo que, a principios del mes de marzo del año dos mil diez, se comenzó a hacer más difícil la convivencia familiar con la hoy demanda, ya que las pocas ocasiones que teníamos para estar juntos la pasábamos muy mal, es decir, ya no nos sentíamos bien juntos, es decir, por cualquier situación discutíamos muy fuerte y en ocasiones frente a nuestros menores hijos, sin embargo, esta situación la soportábamos por ellos, ya que es lo más importante para nosotros. Pero esto ha sido inútil, sobre todo porque esto siempre ocurre frente a nuestros menores hijos los cuales han vivido y sufrido esta problemática. Por lo que, nuestras relaciones conyugales se fueron deteriorando hasta hacer imposible la convivencia cotidiana.

V. Es por lo anterior, que el suscrito tomo la decisión de salir del domicilio antes mencionado, con la finalidad de ya no tener problemas y discusiones con la hoy demandada y no seguir perjudicando a nuestras hijas, aunado a que por estos problemas comencé a enfermarme del estomago, tenía la presión arterial alta, tenía constantemente dolores de cabeza, etc. Así que, por salud física y mental tuve que salir de dicho domicilio ya que no se podía hacer vida en común con la hoy demandada, por lo que, comencé a proporcionar por concepto de pensión alimenticia para nuestras hijas la cantidad en dinero de $4,000.00 (Son: Cuatro mil pesos 00/100 M.N.) de forma quincenal, mediante depósito ante el fondo para el Mejoramiento de la Administración de Justicia del Estado de Quintana Roo, a nombre de la hoy demandada, mismo que quedo bajo el número de expediente 1181/2013, tramitado ante el Juzgado Primero de lo Familiar de esta Ciudad.

VI. Es el caso que el suscrito y la hoy demandada vivimos separados desde mediados del mes de marzo del año dos mil diez, habiendo transcurrido más de dos años sin cohabitación y desde esa fecha y hasta el momento no hemos vuelto a realizar vida en común. Razón

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