DEPRECIACION
almons7213 de Mayo de 2014
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CONTENIDO
INTRODUCCION…………………………………………………………..…2
COCEPTOS DE DEPRECIACION…………………………………………..5
FUNDAMENTO LEGAL DE DEPRECIACION………………………...……6
PORCENTAJES DE DEPRECIACION……………………………….……10
METODO DE LA LINEA RECTA………………………………………..….14
METODO DE TANTO POR CIENTO………………………………………15
METODO DE SUMA DE DIJITOS………………………………………….16
CONCEPTO DE BALANCE GENERAL………………………………...…18
EJEMPLO DE BLANCE GENERAL………………………………………...19
CONCLUSION………………………………………………………………21
BIBLIOGRAFIA……………………………………………………………...22
INTRODUCCION
En este trabajo se pretende conocer diferentes términos de Depreciación así mismo como los diferentes métodos que se aplican para estimar el gasto por depreciación de los activos fijos tangibles, método de línea recta, el método de tanto porciento y el método de suma de dígitos.
Los términos legales y de igual manera el porcentaje que se debe aplicar para los diferentes casos que se marcan.
Definición de balance general y ejemplo del mismo.
Al término se tendrá una mayor información del concepto de depreciación y conocer su aplicación en el área financiera.
DEPRECIACION
La depreciación es un reconocimiento racional y sistemático del costo de los bienes, distribuido durante su vida útil estimada, con el fin de obtener los recursos necesarios para la reposición de los bienes, de manera que se conserve la capacidad operativa o productiva del ente público. Su distribución debe hacerse empleando los criterios de tiempo y productividad, mediante uno de los siguientes métodos: línea recta, suma de los dígitos de los años, saldos decrecientes, número de unidades producidas o número de horas de funcionamiento, o cualquier otro de reconocido valor técnico, que debe revelarse en las notas a los estados contables.
http://www.gestiopolis.com/recursos2/documentos/fulldocs/fin/depcontfiscal.htm
DEPRECIACIÓN
La depreciación es el mecanismo mediante el cual se reconoce el desgaste que sufre un bien por el uso que se haga de él. Cuando un activo es utilizado para generar ingresos, este sufre un desgaste normal durante su vida útil que el final lo lleva a ser inutilizable. El ingreso generado por el activo usado, se le debe incorporar el gasto, correspondiente desgaste que ese activo ha sufrido para poder generar el ingreso, puesto que como según señala un elemental principio económico, no puede haber ingreso sin haber incurrido en un gasto, y el desgaste de un activo por su uso, es uno de los gastos que al final permiten generar un determinado ingreso.
http://es.wikipedia.org/wiki/Depreciaci%C3%B3n
DEPRECIACIÓN
Pérdida de valor experimentada por los elementos de activo fijo o inmovilizado de la empresa o de cualquier otra institución al prestar la función que le es propia, por el mero transcurso del tiempo o a causa del progreso tecnológico. Mientras que, en general, los bienes de activo circulante se agotan con un solo acto de consumo, del mismo modo que los bienes de consumo corriente, los bienes de activo fijo o inmovilizado se van consumiendo poco a poco, esto es, se deprecian, al igual que ocurre con los bienes de consumo duradero.
Los principales tipos de depreciación son los siguientes:
a) depreciación física; b) depreciación por obsolescencia, y c) depreciación por agotamiento o caducidad
http://www.economia48.com/spa/d/depreciacion/depreciacion.htm
DEPRECIACIÓN
La depreciación es una disminución del valor o del precio de algo. Esta caída puede detectarse a partir de la comparación con el valor o el precio previo, o en relación a otras cosas de su misma clase.
Depreciación Por ejemplo: “Los economistas sostienen que la depreciación de la moneda contribuirá a mejorar la competitividad del país”, “Quiero vender el coche antes de que avance su depreciación”, “Lo mejor de este tipo de inversión es que la depreciación tarda mucho en llegar”.
Lo habitual es que la depreciación de un producto se origine por tres causas: el desgaste que le genera el uso, la obsolescencia o el paso del tiempo. Un automóvil pierde valor (es decir, se deprecia) a medida que aumenta su kilometraje, ya que el uso afecta el rendimiento y el estado de las partes. Una computadora (ordenador), por su parte, se vuelve obsoleta cuando empiezan a surgir nuevos modelos que ofrecen un funcionamiento más eficiente. Una casa, por último, baja su precio de venta cuando es muy antigua.
Para la economía y las finanzas, la depreciación puede asociarse a la devaluación, que es la disminución del valor nominal de una moneda frente a una divisa extranjera. Esto puede producirse por diversos motivos que se resumen un incremento de la demanda de la divisa extranjera y una disminución de la demanda de la moneda local
http://definicion.de/depreciacion/#ixzz2vW373sw0
DEPRECIACIÓN
La depreciación de una moneda es una variación en el tipo de cambio que supone una reducción en su valor respecto a otra moneda.
II. DEPRECIACIÓN VERSUS DEVALUACIÓN
Aunque tanto el término depreciación como el término devaluación suponen una reducción en el valor de una moneda respecto a otra, ambos términos no significan lo mismo.
Hablamos de depreciación cuando nos encontramos en un sistema de tipos de cambio flexibles y, por tanto, la reducción en el valor de la moneda es resultado de la oferta y demanda de divisas. Por ello, emplearemos la voz activa y diremos “la moneda se ha depreciado”.
Hablamos de devaluación cuando nos encontramos en un sistema de tipos de cambio fijos y la reducción en el valor de la moneda nacional se produce como consecuencia de una decisión política del gobierno y no de las fuerzas del mercado.
http://www.expansion.com/diccionario-economico/depreciacion.html
FUNDAMENTO LEGAL DE DEPRECIACIÓN
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Porcentajes mayores de depreciación En ningún caso se podrá autorizar porcentajes de depreciación mayores a los establecidos en el reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, por lo tanto es inaplicable lo establecido en el inciso d) del artículo 22° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta que establece que el contribuyente puede depreciar un monto mayor si la SUNAT lo autoriza, tal como lo podemos ver en la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 6137-3-2007 (06.07.07).
Base legal: Art. 40º TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.
5. Base de cálculo para la depreciación.
Las depreciaciones se calculan sobre el valor de adquisición o producción de los bienes o sobre los valores que resulten del ajuste por inflación del balance efectuado conforme a las disposiciones legales en vigencia. A dicho valor se agregará, en su caso, el de las mejoras incorporadas con carácter permanente.
En los casos de bienes importados no se admitirá, salvo prueba en contrario, un costo superior al que resulte de adicionar al precio ex fábrica vigente en el lugar de origen, los gastos a que se refiere el inciso
1) del Artículo 20 de la Ley del Impuesto a la Renta.
2) No integrarán el valor depreciable, las comisiones reconocidas a entidades con las que se guarde vinculación que hubieran actuado como intermediarios en la operación de compra, a menos que se pruebe la efectiva prestación de los servicios y la comisión no exceda de la que usualmente se hubiera reconocido a terceros independientes al adquirente.
Base legal: Art. 41º TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.
6. Sustento del costo de adquisición o producción
A fin de que la depreciación sea aceptable como gasto para fines del Impuesto a la Renta, debe sustentarse la propiedad y costo de adquisición o producción con los correspondientes comprobantes de pago, tal ha sido el criterio en la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 01707-5-2005 (16.03.2005).
7. Explotaciones forestales y plantaciones agrícolas
En las explotaciones forestales y plantación de productos agrícolas de carácter permanente que den lugar a la depreciación del valor del inmueble o a la reducción de su rendimiento económico, se admitirá una depreciación del costo de adquisición, calculada en proporción al agotamiento sufrido. A solicitud del interesado, la SUNAT podrá autorizar la aplicación de otros sistemas de depreciación referidos al valor del bien agotable, en tanto sean técnicamente justificables.
Base legal: Art. 42º TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.
8. Bienes obsoletos o fuera de uso
Los bienes depreciables, excepto inmuebles, que queden obsoletos o fuera de uso, podrán, a opción del contribuyente, depreciarse anualmente hasta extinguir su costo o darse de baja, por el valor aún no depreciado a la fecha del desuso, debidamente comprobado.
Base legal: Art. 43º TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.
A efecto de lo dispuesto anteriormente, en caso que alguno de los bienes depreciables quedara fuera de uso u obsoleto, el contribuyente podrá optar por:
1. Seguir depreciándolo
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