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DERECHO CONSTITUCIONAL


Enviado por   •  8 de Enero de 2015  •  1.597 Palabras (7 Páginas)  •  201 Visitas

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DETERMINACION ANALITICA DEL CONOCIMIENTO DEL ESTADO

ESTADO:

Es una sociedad necesaria, orgánicamente perfecta, establecida en un territorio determinado, que regida por un poder supremo e independiente, procura la realización de los fines humanos.

EL VOCABLO ESTADO:

Los griegos llamaron a su organización estatal, polis, que era igual a ciudad; era un estado en miniatura con su derecho, su idiosincrasia, su estructura democrática sui géneris expuesta por los sofistas y cantada por los rapsodas, creando así la ciencia política, pero no crearon un vocablo que expresara la unidad existente en que se conjuga el territorio, el pueblo y el poder.

Estado se origina en Italia, estatus en latín que significa Estado, en el siglo XV.

En el siglo XVI y XVII Alemania, Francia e Inglaterra adquieren la palabra Estado y la traducen en los demás Estados.

ELEMENTOS QUE FORMAN UN ESTADO:

• POBLACION

• TERRITORIO

• PODER

POBLACION:

Es el conjunto de personas establecidas en un lugar determinado susceptible a contarse.

TERRITORIO:

Es donde tienen asiento o convive un grupo de personas, determinado por fronteras y el estado tiene su autoridad.

El Territorio que comprende el Estado Son:

• Terrestre

• Marítimo

• Aéreo

PODER:

Es la suprema autoridad, la potestad que va tener esa minoría elegida por una mayoría de personas para satisfacer sus necesidades.

FORMAS DE GOBIERNO:

• Democrático

• Dictatorial

• Monarquía

ORGANISMOS DEL ESTADO:

• Poder Ejecutivo

• Poder Judicial

• Poder Legislativo

• Poder Electoral

• Poder Ciudadano o Moral

MAR TERRITORIAL:

En 1959, se establece la necesidad de medir el mar territorial, 12 millas náuticas por el mar territorial. 200 millas para establecer el territorio económico correspondiente a Venezuela.

Para el siglo XVII se llega aceptar que el límite marítimo de un estado se extendía desde la costa hasta el punto de alcance de un tiro de cañón. Supuesto basado en la publicación de la obra de Dominio Maris, escrita en 1702 por el holandés Bynkershoek, quien expuso: En conjunto parece más conveniente aceptar la regla de que el control de la tierra, sobre el mar, se extiende a la distancia de un disparo de cañón, por que hasta esa distancia consideramos que tenemos poder y posesión…. Este principio fue sostenido, y se le adoptó la distancia de tres millas, o lo que es igual: la que podía alcanzar un cañón de la época.

Hoy reconocen todas las naciones la plena libertad de alta mar. La navegación libre es principio de derecho natural reconocido por todos los gobiernos, contra el cual no cabe alegar uso, prescripción, ni tratado alguno. Ni la alta mar puede ser objeto de posesión, ya que no se puede alegar la posesión sobre lo que se puede retener.

ZONA CONTIGUA:

Es la franja que rodea todo el mar territorial 5.5 kilómetros después de las costas. Se crea por seguridad para impedir contrabandos.

Desde el punto de vista del Derecho Internacional, es una faja de alta mar donde el estado, unilateralmente, adopta medidas de seguridad en base a su propia soberanía para evitar las posibilidades de infracción a la ley. De forma tal que se ejercen funciones aduanera, de seguridad, de inmigración, de conservación, de la riqueza marina, de sanidad y otras determinadas por los estados.

Para los fines de vigilancia y policía marítima, para seguridad de la nación y para resguardar los intereses de esta, Venezuela establece: una zona de 5 kilómetros y 556 metros, equivalente a tres millas náuticas, contiguas al mar territorial.

PLATAFORMA CONTINENTAL:

Es aquella que se extiende desde la playa hasta llegar a una profundidad de 200 m, por debajo del nivel de las aguas. En Venezuela, según el artículo 11 de la Constitución de la República, la plataforma continental se extiende mucho más allá, hasta donde sean explotables los fondos marinos, por ejemplo en la perforación petrolera la cual se hace cada vez más a profundidades mayores.

ESPACIO ULTRATERRESTRE:

También llamado espacio cósmico, el cual se encuentra más allá de la atmósfera, a partir de los años 1950 – 1960, algunos juristas comenzaron a ocuparse del espacio cósmico o extraterrestre, años más tardes la O.N.U. así como algunos institutos científicos, prepararon y aprobaron los instrumentos jurídicos sobre la materia, debemos hacer mención a la “Declaración de las Naciones Unidas” sobre los principios jurídicos que deben regir las actividades de los estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre.

PERSONALIDAD DEL ESTADO:

Es la capacidad que tiene el estado para ser titular de Derechos y Obligaciones, y celebrar Derechos jurídicos, el estado es la personalidad jurídica mayor.

PRINCIPIOS PARA LA EXPLOTACION Y UTILIZACION DEL ESPACIO ULTRATERRESTRE:

• La libertad de exploración y utilización del espacio cósmico a todos los estados sin discriminación.

• Igualdad en la explotación y utilización de dicho espacio.

• No apropiación del referido espacio incluyendo la luna y otros cuerpos celestes.

• Imputabilidad de responsabilidad por las actividades que realicen los estados y sus organismos

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