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Derecho Penal General


Enviado por   •  5 de Febrero de 2014  •  4.502 Palabras (19 Páginas)  •  544 Visitas

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TEMA 4

1) Los delitos comunes son aquellos que pueden ser cometidos por cualquier persona. VERDADERO

Delito Común y Delito Especial

El Delito Común es el sancionado por la Legislación Penal Ordinaria; es decir; la que está en los Códigos aplicables a todos los ciudadanos por igual, sin excepsión de rangos, cargos o funciones, sin fueros ni privilegios". En este sentido dice Cabanellas "los delitos comunes se contraponen a los delitos especiales, que son castigados por otras leyes especiales".

2) La Escuela Clásica mantuvo el criterio legitimante de justicia a través de las “teorías absolutas” de la pena. VERDADERO

3) Las medidas de seguridad se aplican a ciertos “estados” que revelan la peligrosidad del autor. VERDADERO

4) Las legislaturas provinciales pueden tipificar delitos. FALSO

5) La tipificación de contravenciones se encuentra reservada a las provincias. VERDADERO

6) Nadie puede ser penado por un hecho que al tiempo de comisión no era delito. VERDADERO

7) La inmunidad penal implica que ningún senador o diputado, desde el día de su elección hasta su cese, puede ser detenido, excepto el caso de ser sorprendido in fraganti comisión de delito. FALSO

8) La antropología Lombrosiana se dedicó a la búsqueda de caracteres animales en los delincuentes. FALSO

9) Las personas jurídicas pueden ser sujetos activos de la comisión de delitos. FALSO

Responsabilidad de la persona jurídica

Tradicionalmente se ha rechazado la posibilidad de que una persona jurídica tenga responsabilidad penal por un delito. El argumento es que el dolo o la culpa no puede recaer en ella, sino en las personas físicas que están detrás de una persona jurídica y toman las decisiones. Según esta concepción doctrinal, la persona jurídica sería sólo responsable civilmente, es decir, tendría que resarcir daños y perjuicios. Además, históricamente la teoría del delito se ha construido sobre la base de la persona natural.

En la actualidad, sin embargo, existen ordenamientos donde es posible sancionarpenas, existen algunas, como las pecuniarias o las inhabilitaciones, que pueden ser adecuadas para los delitos económicos o tributarios. No obstante, parte de la doctrina considera estas situaciones como propias del derecho administrativoderecho penal. penalmente a una persona jurídica por un delito. Si bien no pueden imponérsele todo los tipos de sancionador y no del De todos modos, por lo general, en el Common Law se acepta la posibilidad de exigir responsabilidad penal a una persona jurídica, mientras que en el Derecho continental, solo algunos países, como Italia o Alemania, lo admiten.

10) La involuntabilidad es la incapacidad psíquica de conducta. VERDADERO

11) En nuestro sistema jurídico los tipos penales son judiciales, no legales. FALSO

12) El dolo requiere siempre conocimiento efectivo al momento de la comisión del hecho. VERDADERO

13) En el error en la persona, la desviación causal resulta irrelevante y se aplica la pena correspondiente al delito consumado. VERDADERO

14) El error de tipo insalvable excluye el dolo y la culpa. VERDADERO

15) La violación del deber de cuidado es un componente normativo del tipo culposo. (V)

16) El derecho penal admite responsabilidad objetiva. V

17) En las omisiones propias el autor puede ser cualquier persona. (V)

18) Aquel que durante la noche rechazare el escalamiento o fractura de los cercados, paredes o entradas de su casa, cualquiera sea el daño causado al agresor, se encuentra en situación de legitima defensa presunta. (V)

19) El error de prohibición indirecto supone el desconocimiento liso y llano de la norma penal. FALSO

20) La accesoriedad de la participación respecto del hecho principal del autor se rige en nuestro sistema, por la teoría de la accesoriedad mínima. ¿F? POR LA ACCESORIEDAD LIMITADA

TEMA 1

21) La prevención general positiva es una teoría absoluta de la pena. FALSO

TEORIAS DE LAS PENAS.

1. ABSOLUTAS. ESCUELA CLASICA. Castigo al reo por el daño que causo.

- Teoria de la reparacion. El mal del delito no esta en el resultado externo sino en la voluntad misma del actor, la pena se aplica para destruir esa voluntad inmoral del delincuente.

- Teoria de la retribución. El mal esta en el acto externo. La pena no es una reparacion, se basa en la justa retribución, en la justicia, sirve para castigar. Ley del Talion. Fundamento de esta retribucion: Divino. Manifestación terrena de la voluntad de Dios.

Moral. Kant. Maxima kantiana: “Obra de modo tal que tu conducta puede hacerse de una norma universal”.

Jurídico. De Hegel, el delito destruye el derecho, solo aparentemente, el castigo demuestra que el derecho es superior e invulnerable.

RELATIVAS. Escuela positiva. Prevención de que el mismo autor o la sociedad, al conocer la pena, cometan delitos en el futuro.

Prevención = utilidad. (no de castigo).

a. Prevención general negativa. Disuadir o intimidar potenciales autores indeterminados de delilitos: “fijense lo que les va a pasar si lo hacen”…

b. Prevención general positiva. Restablecer la confianza en las instituciones.

c. Prevención especial negativa. Amenaza al autor, evitar que el autor reincida.

d. Prevención especial positiva. Resociabilizar al autor del delito evitando su reincidencia.

Para tener en cuenta:

General: tiene en cuenta a los que no han delinquido, se dirige a potenciales autores.

Especial; Tiene en cuenta a los autores concretos.

Positiva: Su fin es restablecer la confianza de la sociedad y resocializar al reo.

Negativa: su fin es

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