Disposiciones generales de la ley de educación
Enviado por fanyglz95 • 10 de Mayo de 2015 • Informes • 3.071 Palabras (13 Páginas) • 228 Visitas
Capítulo I.-
Disposiciones generales.
Artículo 1.
Este articulo habla sobre la adaptación de los programas a cada uno de los estados y municipios de la Republica.
Artículo 2.-
Todo individuo tiene derecho a recibir educación; una educación que le ayude a desarrollar sus habilidades y lo haga crecer con los mejores valores para que pueda ser un ciudadano capaz de valerse autónomamente.
Artículo 3.-
El Estado está obligado a prestar servicios educativos para que tosa la población pueda cursar los niveles de educación básica, en el marco del federalismo y la concurrencia previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y conforme a la distribución de la función social educativa establecida en la presente Ley.
Artículo 4.-
Es deber de todos los habitantes cursar la educación primaria y secundaria.
Artículo 5.-
La educación que se brinda será sin relación alguna con cualquier doctrina religiosa.
Artículo 6.-
La educación será gratuita.
Artículo 7.-
Gracias a la educación el individuo será autónomo, crítico y reflexivo, valorará la historia, símbolos patrios, instituciones nacionales, tradiciones, etc, respetará los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas; los hablantes indígenas tendrán acceso a la educación obligatoria en su propia lengua y español, será democrático y justo, conocerá los Derechos Humanos, será investigador e innovador, conocerá la cultura universal, será activo en educación física y practicará algún deporte, conocerá acerca de la planificación familiar y paternidad responsable así como las prevenciones de la salud sin privar de la libertad y dignidad humana así como el rechazo de vicios, también sobre el desarrollo sustentable ciencia ambiental, valoración y conservación del medio ambiente y formará actitudes solidarias y positivas hacia el trabajo, el ahorro y el bienestar general.
Artículo 8.-
La educación se basará en educación primaria, secundaria y la normal en el progreso científico, luchara contra la ignorancia y efecto, servidumbres, fanatismos y los prejuicios. Además será democrático, será nacional y contribuirá al mejoramiento de la convivencia humana.
Artículo 9.-
Se dará apoyos financieros así como el soporte de la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal.
Artículo 10.-
La educación es un servicio público.
Contribuyen el sistema educativo nacional: los educandos y educadores, autoridades educativas, planes, programas, métodos y materiales, instituciones educativas del estado y de sus organismos descentralizados, instituciones de los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, y las instituciones de educación superior a las que la ley otorga autonomía.
El trabajador tendrá oportunidades de estudiar.
Artículo 11.-
En cada municipio de la Republica estará un encargado para representar a la SEP de una autoridad ejecutiva.
Capítulo II.-
Del federalismo educativo.
Sección Primera.
De la Distribución de la Función Social Educativa.
Artículo 12.-
Establecer planes y programas y el calendario escolar para educación básica y normalistas.
Actualización de libros gratuitos de nivel básico y normales.
Adaptación de libros y materiales para las niveles de educación primaria y secundaria.
Regular un sistema nacional de formación, actualización, capacitación y superación profesional para maestros de educación básica.
Establecer los requisitos para la educación privada en el nivel inicial y preescolar.
Establecer los requisitos que deben tener os alumnos cuando vayan de un nivel o modalidad a otro.
Llevar un registro nacional de instituciones pertenecientes al sistema educativo nacional.
Coordinar reuniones culturales a nivel mundial.
Artículo 13.-
Las autoridades educativas son las encargadas de acezar la educación tanto a los alumnos como a los maestros.
Proponer a la SEP los regionalismos que correspondan a cada entidad federativa.
Ajustar el calendario de acuerdo tanto para a alumnos de nivel básico como para universitarios docentes.
Prestar los servicios educativos de acuerdo a los lineamentos que establezca la Secretaria.
Revalidar y otorgar equivalencias de la educación primaria, secundaria y normal según los lineamientos de la SEP.
Otorgar o negar autorización de la educación privada en los diferentes niveles y de formación de maestros.
Artículo 14.-
Promover las investigaciones que sirvan como base en el nivel educativo.
Impulsar e innovar la enseñanza tecnológica y científica.
Formar y difundir las actividades artísticas, culturales y deportivas.
Vigilar el cumplimiento de la ley antes mencionada y las demás que con tal carácter establezcan esta Ley y otras disposiciones aplicables.
Artículo 15.-
El gobierno apoyara la educación con equipos básicos a escuelas públicas estatales y municipales.
El gobierno de cada entidad federativa y los ayuntamientos podrán celebrar convenios para coordinar o unificar sus actividades educativas y cumplir de mejor manera las responsabilidades a su cargo.
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