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EL CONSTITUCIONALISMO MEXICANO EN EL SIGLO XIX.


Enviado por   •  24 de Junio de 2016  •  Ensayos  •  2.497 Palabras (10 Páginas)  •  640 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

DIVISIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA FACULTAD

DE DERECHO

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO CONSTITUCIONAL

MATERIA: DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL

PROFESOR: MTRA. LETICIA QUINTANA ROLDAN

“EL CONSTITUCIONALISMOS MEXICANO DEL SIGLO XIX”

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EL CONSTITUCIONALISMO MEXICANO EN EL SIGLO XIX.

Constitución de Cádiz: Durante el periodo comprendido entre los años 1808 a 1814 se suscitan dos fenómenos que llevarán al país hacia el liberalismo: el alzamiento popular contra la invasión francesa y la abdicación de Carlos IV y Fernando VII a favor de Napoleón, formarán las Juntas Provinciales que originarán una Junta Central, y ésta a su vez un Consejo de Regencia y posteriormente unas Cortes que tratarán de protagonizar la revolución española con la Constitución de 1812, la cual considera integrantes de la nación a los españoles de ambos hemisferios, establece que la nación, no puede ser patrimonio de familia o persona alguna, mientras que la soberanía reside en la nación, y por tanto el derecho de establecer sus leyes fundamentales. La nación esta obligada a proteger mediante leyes la libertad civil, la propiedad y los derechos legítimos de los individuos, crea la Diputación Provincial, establece como religión oficial a la católica. Señalando que la felicidad de la nación como objeto del gobierno. Establece tres poderes del estado; Ejecutivo el Rey, Legislativo en las cortes con el Rey y judicial en los tribunales de gobierno y su forma de gobierno es la monarquía moderada y hereditaria.

Sentimientos de la Nación: Durante la Guerra de Independencia, en 1811 las victorias de Morelos en el sur le dan un fuerte impulso, permitiéndole tomar Chilpancingo, Tixtla y Cuautla. En esas ciudades los pobladores se unirán a su movimiento, así como la clase media. Morelos tomará ideas propias de la clase media y las pretensiones del campesino al plasmar los sentimientos de la nación. Establece que América es libre e independiente de España y cualquier otra nación, como religión oficial a la católica, además indica que la soberanía dimana directamente del pueblo, que la felicidad de la nación como objeto del gobierno, abole la esclavitud, la distinción de castas y la tortura, establece tres poderes del estado Ejecutivo, Legislativo y judicial, así como la protección a la propiedad y a la casa.

Constitución de Apatzingán: El 6 de noviembre de 1813, el congreso de las regiones liberadas, proclamó el Acta solemne de la declaración de la Independencia de la América Septentrional, estableció la República, y a partir de los Sentimientos de la Nación y del Reglamento para la instalación, funcionamiento y atribuciones del Congreso de 11 de septiembre de 1813, emite la primera constitución mexicana o Decreto Constitucional para la libertad de la América Mexicana, conocida como Constitución de Apatzingán. En esta se establece como religión oficial a la católica. Señala que la Soberanía es la facultad de dictar leyes y establecer la forma de gobierno que más convenga a la sociedad, y por tanto es imprescriptible, enajenable e indivisible. Así como que los gobernados tienen el derecho de establecer su gobierno, alterarlo, modificarlo y abolirlo. Contempla que son ciudadanos de América  todos los nacidos en ella, establece los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Además señala que la ley es la expresión de la voluntad general en orden a la felicidad y al orden común y la felicidad del pueblo es el goce de igualdad, seguridad, propiedad y libertad.

Plan de Iguala: Después del fracaso los primeros levantamientos, debido a su corte radical, y por tanto inaceptables para la clase política de México. En el mes de noviembre de 1820, Agustín de Iturbide es nombrado jefe del ejército que debía atacar a Vicente Guerrero. Sin embargo, promulga el Plan de Iguala de 24 de febrero de 1821, jurado en el pueblo de Iguala el 2 de marzo de ese año, por el cual se proclama la independencia y mantiene la monarquía, por tanto es el primer plan aceptable políticamente. Es base fundamental para la constitución del Estado mexicano, y los principios de organización política, establece como religión oficial a la católica, la independencia absoluta de España, así como un gobierno monárquico templado por una constitución, indica que Fernando VII será el emperador, o en su caso algún integrante de la casa reinante, que el Gobierno será sostenido por el ejército de las tres garantías, en tanto se reúnen las Cortes una Junta Gubernativa gobernará hasta se elija quien debe gobernar en caso de que el Rey no se presenté. Asimismo, las Cortes resolverán si la Junta Gubernativa sigue en funciones y prepararán la Constitución del Imperio, precisando que las personas y propiedades de todos los ciudadanos serán respetadas.

Tratados de Córdoba: Una Junta de Regencia ocupa el poder. Los criollos son unificados bajo el Plan de Iguala. En poco tiempo, el ejército de Iturbide ocupa las principales ciudades. Mientras tanto, las tropas expedicionarias destituyen a Apodaca y queda en su lugar Francisco Novella. El 03 de agosto de 1821 desembarca en Veracruz, Juan O´Donujú, nuevo Jefe Político  Superior de la Nueva España, quien al ver el Estado de la revolución, entra en tratos con Iturbide en Córdoba, firmándolos el 24 de agosto de 1821. En ellos  se reconoce independencia de México, estableciendo que su gobierno será monárquico, constitucional moderado, llama a reinar a Fernando VII quien será el emperador, o en su caso algún integrante de la casa reinante, en caso de renuncia o no admisión de estos él que designen las Cortes del Imperio. Se establece como capital del Imperio será la Ciudad de México. Se integrará una Junta Gubernativa, la cual gobernará hasta que se elija emperador, y quien aplicará las leyes vigentes que no se opongan al Plan de Iguala y hasta que se forme la Constitución del Imperio.

Acta Constitutiva de la Federación Mexicana: En el México independiente se presenta la disyuntiva entre centralismo y federalismo, que con el tiempo derivó en la oposición entre conservadores y liberales, entre 1822 y 1824, los constituyentes estaban divididos entre centralistas y federalistas y no entre liberales y conservadores, postura que se fijó en años posteriores. Durante el segundo Congreso dada la urgente necesidad de contar con un texto constitucional se preparó un Acta Constitutiva de la Federación Mexicana aprobada el 31 de enero de 1824. Se decidió que la nación mexicana adoptaría la forma de República representativa, popular y federal, sin embargo la misma no contempla una declaración de derechos humanos.

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