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ENSAYO DE DISCRIMINACION A LOS TRABAJADORES


Enviado por   •  12 de Diciembre de 2013  •  1.130 Palabras (5 Páginas)  •  1.976 Visitas

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DISCRIMINACION A LOS TRABAJADORES.

Primero que nada debemos e conocer el concepto de discriminación en materia laboral que seria cuando el proceso de selección de un trabajador no se basa en la capacidad laboral, sino en cuestiones subjetivas, se produce la primera discriminación, ya en el acceso al mercado de trabajo. Esta discriminación laboral empieza cuando se le niega el trabajo a una persona por razón de la edad, la apariencia, la nacionalidad, etc. quedando rechazado y negándole una oportunidad para trabajar.

DESARROLLO

La discriminación en lo que es el empleo. Implica un trato diferente a causa de ciertas características como raza, color o sexo, discapacidades, personas que portan tatuajes perforaciones o simplemente que tengan preferencias sexuales distintas y genera un deterioro en la igualdad de oportunidades y trato. La discriminación produce y fortalece las desigualdades. Limita la libertad de las personas de desarrollar capacidades, de escoger y realizar sus aspiraciones profesionales y personales sin importar las calificaciones. Profesionalidad y competencia no pueden ser desarrolladas, no hay gratificación por el trabajo y se genera un sentido de humillación frustración e impotencia.

En México los requisitos principales que piden la mayoría de las empresas para poder otorgar empleo son la edad y el género, provocando con esto que miles de profesionistas, técnicos y obreros estén desempleados actualmente.

Cada vez es menor la edad máxima para poder conseguir empleo en México, la edad máxima que ponen la mayoría de las empresas se encuentra entre los 25 a los 35 años de edad.

En cuanto al género, la mayoría de las vacantes ofrecidas hacen distinción entre hombres y mujeres para poder otorgar empleo, esta distinción por género esta prohibida en el estado mexicano.

La discriminación laboral en México es más frecuente de lo que podríamos imaginar: cinco de cada 10 profesionistas han sido víctimas de discriminación laboral; mientras que siete de cada 10 han sido testigos de algún caso.

Estas estadísticas fueron reveladas por OCC Mundial, compañía de empleo por Internet; en su última investigación sobre discriminación en el trabajo se encontró que la experiencia laboral es considerada, por los entrevistados, como la primera causa de segregación en dicho entorno, con 29 por ciento.

A ello le siguió la edad con 28 por ciento; la apariencia física con 27 por ciento; condición socioeconómica con 14 por ciento; responsabilidades profesionales o familiares con 12.5 por ciento; el embarazo con 11.5 por ciento; género 11 por ciento, entre otras.

El momento en el que los entrevistados vivieron o atestiguaron la discriminación con mayor frecuencia fue al buscar empleo, seguido por el desarrollo profesional en la empresa con 22 por ciento, el despido y promoción con 12 por ciento y aumento de sueldo 11 por ciento.

La investigación también reveló que los entrevistadores, reclutadores o jefes directos fueron señalados por los encuestados como los principales responsables de la marginación sufrida.

Estos actos de discriminación han afectado a los trabajadores en algún sentido, por ejemplo, 42 por ciento dijo que vio afectada su autoestima; mientras que 60 por ciento afirmó haber sentido impotencia; 56 por ciento frustración; 31 por ciento humillación; 27 por ciento desconfianza y 21.5 depresión.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Art. 1º.- Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Art. 5º.- A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos.

Art. 123.- Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil.

Ley Federal del Trabajo

Art. 3°.- No se puede discriminar a ningún trabajador con motivo de su raza, sexo, edad, religión, doctrina política o condición social.

Art. 4°.- No se podrá impedir el trabajo a ninguna persona ni que se dedique a la profesión, industria o comercio que le acomode, siendo lícitos.

Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación

Art. 4º.- Se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas.

Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores

Art. 5º.- Esta Ley tiene por objeto garantizar a las personas adultas mayores los siguientes derechos:

V. Del trabajo: A gozar de igualdad de oportunidades en el acceso al trabajo o de otras opciones que les permitan un ingreso propio y desempeñarse en forma productiva tanto tiempo como lo deseen, así como a recibir protección de las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de otros ordenamientos de carácter laboral.

Ley General de las Personas con Discapacidad

Art. 9º.- Las personas con discapacidad tienen derecho al trabajo y la capacitación, en términos de igualdad de oportunidades y equidad. Para tales efectos, las autoridades competentes establecerán entre otras, las siguientes medidas:

I. Promover el establecimiento de políticas en materia de trabajo encaminadas a la integración laboral de las personas con discapacidad; en ningún caso la discapacidad será motivo de discriminación para el otorgamiento de un empleo;

II. Promover programas de capacitación para el empleo y el desarrollo de actividades productivas destinadas a personas con discapacidad;

III. Diseñar, ejecutar y evaluar un programa federal, estatal y municipal de trabajo y capacitación para personas con discapacidad, cuyo objeto principal será la integración laboral.

Art.14- Las empresas privadas deberán contar con facilidades arquitectónicas para sus trabajadores con alguna discapacidad.

CONCLUSION

Las luchas que han tenido que enfrentar los distintos grupos humanos discriminados, entre ellos las mujeres y los jóvenes, por la igualdad de oportunidades no son un fenómeno reciente sino que tienen antecedentes históricos. Es casi imposible negar que la existencia de discriminación basada en sexo, raza, edad, clase social, religión ó etnia se ha manifestado desde siempre, lo que la convierte en un fenómeno muy arraigado dentro de la sociedad, y es por este mismo motivo que aunque se ha avanzado bastante en el campo de la equidad y la igualdad en los últimos años, aún falta mucho terreno por recorrer. Todavía es posible observar innumerables casos en los que las diferencias de ciertas categorías de individuos hacen que estos tengan oportunidades significativamente distintas y pueden en alguna medida determinar sus opciones.

Una explicación satisfactoria de este fenómeno requiere la intervención de varias disciplinas: dentro de estas hay análisis de tipo ideológico, político, cultural y económico. Aunque el interés por la discriminación como tema de análisis económico es relativamente reciente, se ha logrado contribuir con importantes trabajos tanto teóricos como empíricos.

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