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El Articulo 3 Y Sus Reformas


Enviado por   •  20 de Septiembre de 2011  •  1.080 Palabras (5 Páginas)  •  1.109 Visitas

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Todo Nuestro Sistema Educativo Nacional está dirigido por la principal autoridad llamada Secretaría de Educación Pública.

Todo Nuestro Sistema Educativo Nacional está dirigido por la principal autoridad llamada Secretaría de Educación Pública, llamada así desde 1921 y es una estructura gigantesca que depende del jefe del Poder Ejecutivo, quien, por apego a la constitución, tiene el poder para decidir quien será el Secretario de Educación durante su sexenio El Sistema Educativo Nacional actual se rige por la Constitución de 1917 a través del Artículo 3° Constitucional, el cual se ha reformado varias veces y que, por razones de actualización y de mejorar su aplicación, fue necesario la reforma de este artículo en distintos años.

Actualmente, el Artículo 3° Constitucional señala lo siguiente: "Todo individuo tiene derecho a recibir educación.

El Estado-Federación, Estados y Municipios impartirá educación preescolar, primaria y secundaria.

La educación primaria y la secundaria son obligatorias. La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia".

La primera reforma del artículo 3° Constitucional se realizó el 13 de diciembre de 1934.

y propone que la educación que imparta el Estado sea socialista, excluyendo toda enseñanza religiosa, proporcionando una cultura basada en la verdad científica, que forme el concepto de solidaridad necesario para la socialización progresiva de los medios de producción económica; que la educación, en todos sus tipos y grados, se imparta con el carácter de servicio público, por la Federación, los Estados y los Municipios y, señala las condiciones mediante las cuales el Estado otorgue a los particulares la concesión para el desarrollo de actividades educacionales.

La segunda reforma se hizo el 30 de diciembre de 1946 y plantea que la educación que imparta el Estado: Federación, Estados, Municipios, tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional en la independencia y en la justicia.

El criterio que orientará a dicha educación se mantendrá por completo ajeno a cualquier doctrina religiosa y, basado en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.

La tercera reforma se realizó el 9 de junio de 1980 y tiene por objetivo brindar la autonomía a la universidad y demás instituciones de educación superior, dándoles la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas para así realizar los fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de ideas.

La cuarta reforma se realizó el 28 de enero de 1992 la cual precisa que la Educación que imparta el Estado: Federación, Estados, Municipios, sea laica, buscando evitar que la educación oficial privilegie a alguna religión o promueva el profesar una religión.

Además, establece que la educación primaria, secundaria y normal, así como aquella destinada a obreros y campesinos que impartan los particulares, deberá requerir expresa autorización, debiendo ajustarse a los planes y programas que al efecto establezca la autoridad.

Y la quinta y última reforma que se

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