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El Principio De Proporcionalidad Y Los Derechos Fundamentales.


Enviado por   •  13 de Febrero de 2015  •  605 Palabras (3 Páginas)  •  250 Visitas

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Tema central: El principio de proporcionalidad y los derechos fundamentales.

Principales ideas de la lectura:

• La teoría de los derechos fundamentales en el estado social pretende dar cuenta de las repercusiones que la irrupción del principio del Estado Social en el armazón del Estado de Derecho, originó en el ámbito de los derechos fundamentales.

• Las teorías del Estado Social conciben un Estado que atiende a las necesidades básicas de los individuos, y por tanto traducen las cláusulas de derechos en normas que imponen el cumplimiento de determinadas prestaciones.

• Para que las normas iusfundamentales tengan validez de manera definitiva, es necesario que el legislador no intervenga en ellas, o bien, que las intervenciones sean declaradas inconstitucionales por incumplir las exigencias del principio de proporcionalidad.

Resumen:

La expresión Estado Social sugiere un pleonasmo, es imposible imaginar un Estado que no sea social, si por social se entiende lo atinente a la sociedad. Es inconcebible un estado sin sociedad, un estado construido en el vacío, carente de individuos.

El estado social es el producto de la simbiosis entre el estado y la sociedad, o como especifica el tópico es el resultado de la estatalización de la sociedad y de la socialización del Estado.

Tugendhat define a la persona como un individuo titular de ciertas necesidades.

El estado social se define como un estado intervencionista y la persona que presupone es un individuo carente, necesitado.

La primera repercusión del principio del estado social en el ámbito de los derechos consistió en la consagración de disposiciones de derechos de prestación en las constituciones de los estados.

El segundo efecto de la irrupción del principio del estado social la órbita de los derechos se proyecta en el nivel de las normas adscritas de derecho fundamental.

En términos generales puede decirse que las normas iusfundamentales de prestación, y sus correlativas posiciones jurídicas, se adscriben a las disposiciones que consagran el derecho de la igualdad, los derechos prestaciones, los derechos políticos y las libertades.

Las agrupaciones más significativas en aquellas que consideran a las normas iusfundamentales de prestación como disposiciones programáticas, las que conciben estas normas como normas de fines del estado, las que les adscriben deberes estatales objetivos y las que les adscriben posiciones iusfundamentales que revisten la estructura tríadica de las posiciones iusfudamentales con un carácter definitivo y con un carácter de prima facie.

Las teorías del estado social conciben un estado que atiende a las necesidades básicas de los individuos, y por tanto traducen las

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