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El Sobreseimiento Del Juicio De Amparo


Enviado por   •  28 de Diciembre de 2014  •  775 Palabras (4 Páginas)  •  737 Visitas

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El sobreseimiento del juicio de amparo.

Introducción

El juicio de amparo tiene su base en los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como su ley especializada.

Ahora bien, esta figura jurídica protege los derechos de un individuo por actos de la autoridad los cuales garantiza su bienestar, es decir a través del juicio de amparo, las personas que se consideren afectadas por un acto de autoridad (en este caso la junta de conciliación o tribunales al dictar el laudo), que estimen violatorio de sus derechos, pueden impugnar esos actos invocando sus garantías, el resultado de esta figura es que el tribunal puede impugnar el laudo que infringe los derechos del individuo ordenando la inaplicación o desaplicación del acto o los actos reclamados.

¿Qué conflictos pueden tener como resultado el sobreseimiento del juicio de amparo?

El sobreseimiento en el juicio de amparo constituye la institución jurídica procesal en la cual se deja sin curso el procedimiento y queda sin resolverse la cuestión constitucional objeto del amparo sometido.

Por lo anterior, una resolución judicial que, al actualizarse alguna de las causas previstas en la Constitución o en la Ley de Amparo, ordena dar por terminado el juicio sin estudiar si la actuación atribuida a la autoridad responsable es o no violatoria de garantías individuales o de los derechos derivados de la distribución competencial entre Federación y Estados.

Luego, en caso de que se decrete el sobreseimiento en el juicio de amparo éste concluye en relación con los actos respecto de los cuales operó, de modo que ante la imposibilidad de que el juzgador analice si son o no constitucionales, los referidos actos quedan intocados.

Ahora bien, la inactividad procesal. De conformidad con la fracción V del artículo 74 de la Ley de Amparo, en los juicios de amparo directos y en los indirectos que se encuentren en trámite ante los Jueces de Distrito, cuando el acto reclamado sea del orden civil, administrativo o laboral en este último caso sólo si el quejoso es el patrón, si no se efectúa acto procesal alguno durante el término de trescientos días naturales, ni el quejoso promueve en ese lapso, debe decretarse el sobreseimiento en el juicio.

De lo anterior podemos dirimir que los conflictos que se darían ante esa figura sería la falta de legalidad e igualdad ante la cosa juzgada, dejando en total estado de indefensión al trabajador en caso de que este sea afectado con el sobreseimiento, por lo que en la práctica se debe de tener cuidado con la actividad procesal que el caso amerite para evitar que el juzgador proclame esta figura jurídica por este rubro.

Sabemos

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